/ sábado 15 de septiembre de 2018

Multarán hasta con 120 mil pesos publicidad sexual en Puebla capital

Las sanciones serán para anuncios que promuevan la violencia sexual

Luego de que encontraron publicidad que denigra a las mujeres en bares y centro nocturnos como “table dance” de la capital, el Ayuntamiento de Puebla aprobó sancionar hasta con 120 mil pesos a quien utilice la imagen de hombres, mujeres e infantes para emitir mensajes con connotación sexual.

En sesión ordinaria de Cabildo, los regidores aprobaron por unanimidad las modificaciones a la fracción XII del artículo 1255 bis del Código Reglamentario Municipal (Coremun), que permitirá multar a los anunciantes, propietarios, poseedores, titulares y responsables solidarios de cualquier modalidad de publicidad.

Durante la exposición del tema, Myriam Arabián, presidenta de la Comisión de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente señaló que los cambios en la ley son con el objetivo de evitar que se use la imagen de una mujer de manera lasciva asimismo de mejorar las condiciones para grupos vulnerables como ancianos o menores de edad.

La ley señala que se castigará el contenido con ideas ofensivas o denigrantes y/o promuevan la violencia sexual en contra de niños, niñas, adolescentes, hombres y mujeres.

“Se sancionará a quien realice publicidad en detrimento a su dignidad, intimidación, hostilidad, degradación, humillación, daño o genere un ambiente inseguro y ofensivo”, agregó la regidora del PAN quien aclaró que esta medida no es moralista.

Para quienes incumplan la ley, las multas irán de 150 a mil 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), que representa 12 mil 90 pesos a 120 mil 900 pesos además del retiro inmediato de anuncio.

EL DATO

Con los cambios a la ley, que serán válidos hasta su publicación en el diario oficial quedarán de la siguiente manera:

Artículo 1255 bis.- Los anuncios, independientemente de su tipo, podrán contener la información gráfica y escrita necesaria para publicar el mensaje que se pretenda difundir, en la cual se prohíbe el uso de textos, imágenes, figuras, animaciones, fotografías, videos o audios que inciten a la violencia, promuevan o provoquen conductas ilícitas o faltas administrativas, discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas y que contengan ideas ofensivas o denigrantes y/o promuevan la violencia sexual en contra de niños, niñas, adolescentes, hombres y mujeres”.

Luego de que encontraron publicidad que denigra a las mujeres en bares y centro nocturnos como “table dance” de la capital, el Ayuntamiento de Puebla aprobó sancionar hasta con 120 mil pesos a quien utilice la imagen de hombres, mujeres e infantes para emitir mensajes con connotación sexual.

En sesión ordinaria de Cabildo, los regidores aprobaron por unanimidad las modificaciones a la fracción XII del artículo 1255 bis del Código Reglamentario Municipal (Coremun), que permitirá multar a los anunciantes, propietarios, poseedores, titulares y responsables solidarios de cualquier modalidad de publicidad.

Durante la exposición del tema, Myriam Arabián, presidenta de la Comisión de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente señaló que los cambios en la ley son con el objetivo de evitar que se use la imagen de una mujer de manera lasciva asimismo de mejorar las condiciones para grupos vulnerables como ancianos o menores de edad.

La ley señala que se castigará el contenido con ideas ofensivas o denigrantes y/o promuevan la violencia sexual en contra de niños, niñas, adolescentes, hombres y mujeres.

“Se sancionará a quien realice publicidad en detrimento a su dignidad, intimidación, hostilidad, degradación, humillación, daño o genere un ambiente inseguro y ofensivo”, agregó la regidora del PAN quien aclaró que esta medida no es moralista.

Para quienes incumplan la ley, las multas irán de 150 a mil 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), que representa 12 mil 90 pesos a 120 mil 900 pesos además del retiro inmediato de anuncio.

EL DATO

Con los cambios a la ley, que serán válidos hasta su publicación en el diario oficial quedarán de la siguiente manera:

Artículo 1255 bis.- Los anuncios, independientemente de su tipo, podrán contener la información gráfica y escrita necesaria para publicar el mensaje que se pretenda difundir, en la cual se prohíbe el uso de textos, imágenes, figuras, animaciones, fotografías, videos o audios que inciten a la violencia, promuevan o provoquen conductas ilícitas o faltas administrativas, discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas y que contengan ideas ofensivas o denigrantes y/o promuevan la violencia sexual en contra de niños, niñas, adolescentes, hombres y mujeres”.

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