/ martes 31 de marzo de 2020

Niega Tribunal Electoral registro de partido a Movimiento Antorchista

Reportará a la Fiscalía presuntos ilícitos, advierte

El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) desechó los recursos de apelación del Movimiento Antorchista Poblano y negó otorgar el registro como partido político a dicha asociación civil, debido a irregularidades cometidas por el representante Elieser Popócatl Castillo y otros integrantes en el procedimiento ante el Instituto Electoral del Estado (IEE).

Sin embargo, también resolvió que el Instituto no tenía facultades para suspender la formación del partido a pesar de las ilegalidades, ya que debía imponer otras sanciones, además determinó reportar a la Fiscalía General del Estado (FGE) presuntos ilícitos cometidos durante la formación del nuevo partido para que investigue y sancione.

Este martes en sesión a puerta cerrada, los magistrados resolvieron 97 recursos que interpusieron integrantes de la asociación civil Movimiento Antorchista y la representante de la organización Podemos Puebla, Camerina Viveros Domínguez, en la que confirmaron el acuerdo del IEE que el pasado 29 de enero negó el registro como partido a Antorcha.

Se declara como no procedente el otorgamiento del registro como partido político local a Movimiento Antorchista. No cumplió con el requisito que exige la ley de presentar al IEE en tiempo y forma a más tardar el 31 de enero de 2019 la carta de manifestación de intención para constituirse como partido localdeterminaron por unanimidad de votos.

El Movimiento Antorchista tampoco presentó en tiempo y forma los informes de origen y destino de los recursos utilizados en el procedimiento para la constitución de su partido en Puebla. Además el tribunal declaró que no es válida la certificación de las asambleas distritales y la estatal que realizaron los antorchistas, ya que el personal electoral que las verificó no fue designado por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado.

El magistrado presidente Gerardo Saravia Rivera que se encargó de integrar el proyecto, expuso que no fue posible verificar el resto de los requisitos legales, ya que no existe certeza de que las asambleas distritales y la estatal hayan cumplido con los requerimientos.

Confirmar el contenido del acuerdo impugnado en términos de los agravios revisados a excepción de los relativos al agravio consistente en que el IEE no tenía facultades para suspender el procedimiento de constitución de partidos políticos locales resolvió.

ESTUDIARÁN POSIBLE VIOLENCIA CONTRA CAMERINA VIVEROS

Los magistrados determinaron que se debe estudiar la probable violencia política de género y violación de los derechos político-electorales a Camerina Viveros, debido a que Elieser Popócatl entonces integrante de Podemos Puebla no pidió su autorización para cambiar el nombre de la organización a Movimiento Antorchista Poblano ante el Instituto Electoral.

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El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) desechó los recursos de apelación del Movimiento Antorchista Poblano y negó otorgar el registro como partido político a dicha asociación civil, debido a irregularidades cometidas por el representante Elieser Popócatl Castillo y otros integrantes en el procedimiento ante el Instituto Electoral del Estado (IEE).

Sin embargo, también resolvió que el Instituto no tenía facultades para suspender la formación del partido a pesar de las ilegalidades, ya que debía imponer otras sanciones, además determinó reportar a la Fiscalía General del Estado (FGE) presuntos ilícitos cometidos durante la formación del nuevo partido para que investigue y sancione.

Este martes en sesión a puerta cerrada, los magistrados resolvieron 97 recursos que interpusieron integrantes de la asociación civil Movimiento Antorchista y la representante de la organización Podemos Puebla, Camerina Viveros Domínguez, en la que confirmaron el acuerdo del IEE que el pasado 29 de enero negó el registro como partido a Antorcha.

Se declara como no procedente el otorgamiento del registro como partido político local a Movimiento Antorchista. No cumplió con el requisito que exige la ley de presentar al IEE en tiempo y forma a más tardar el 31 de enero de 2019 la carta de manifestación de intención para constituirse como partido localdeterminaron por unanimidad de votos.

El Movimiento Antorchista tampoco presentó en tiempo y forma los informes de origen y destino de los recursos utilizados en el procedimiento para la constitución de su partido en Puebla. Además el tribunal declaró que no es válida la certificación de las asambleas distritales y la estatal que realizaron los antorchistas, ya que el personal electoral que las verificó no fue designado por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado.

El magistrado presidente Gerardo Saravia Rivera que se encargó de integrar el proyecto, expuso que no fue posible verificar el resto de los requisitos legales, ya que no existe certeza de que las asambleas distritales y la estatal hayan cumplido con los requerimientos.

Confirmar el contenido del acuerdo impugnado en términos de los agravios revisados a excepción de los relativos al agravio consistente en que el IEE no tenía facultades para suspender el procedimiento de constitución de partidos políticos locales resolvió.

ESTUDIARÁN POSIBLE VIOLENCIA CONTRA CAMERINA VIVEROS

Los magistrados determinaron que se debe estudiar la probable violencia política de género y violación de los derechos político-electorales a Camerina Viveros, debido a que Elieser Popócatl entonces integrante de Podemos Puebla no pidió su autorización para cambiar el nombre de la organización a Movimiento Antorchista Poblano ante el Instituto Electoral.

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