/ domingo 29 de diciembre de 2019

Pide Derechos Humanos invalidar artículo en favor del matrimonio igualitario

El Código Civil no reconocen estas uniones pese a que existe una sentencia que sí las aprueba, señala

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para solicitar la invalidez del artículo 294 del Código Civil en el que no se reconocen los matrimonios igualitarios; cuando ya hay una sentencia que aprobaba estas uniones.

A través de un comunicado, la Comisión de Derechos Humanos informó que el proceso se inició el pasado 27 de diciembre, derivado de la sentencia que ya había emitido la Corte en febrero del 2018 para invalidar el mismo artículo, en el que el reconocimiento del matrimonio está limitado a las parejas integradas por un hombre y una mujer.

Foto: Cuartoscuro

El organismo detalla que, si hasta ahora se realiza el proceso de acción de inconstitucionalidad, es porque las reformas al Código Civil se publicaron en el Periódico Oficial del Estado el 6 de diciembre de este año.

Para la CDH Puebla el artículo impugnado es violatorio de la dignidad humana, en su vertiente de libre desarrollo de la personalidad, de los principios de igualdad y no discriminación, así como de la organización y desarrollo de la familia, establecidos en los artículos 1º y 4º de la Constitución Federal, expone el organismo.

Fue a inicios del mes de octubre que el Congreso local, con mayoría de Morena, aprobó reformas al Código Civil para el cumplimiento de recomendaciones de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), en donde no reconocieron el matrimonio igualitario pese a la sentencia de la SCJN.

La reforma aprobada por el Congreso y enviada por el Ejecutivo, no tomó en cuenta las uniones entre personas del mismo sexo, pues el artículo 294 del Código Civil indica que: El matrimonio es un contrato civil, por el cual un solo hombre y una sola mujer, se unen en sociedad para ayudarse en la lucha por la existencia

Tras la aprobación de las reformas, la diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Rocío García Olmedo, solicitó a la Comisión de Derechos Humanos que interpusiera una acción de inconstitucionalidad porque la modificación era contradictoria al fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que validaba los matrimonios entre personas del mismo sexo.

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La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para solicitar la invalidez del artículo 294 del Código Civil en el que no se reconocen los matrimonios igualitarios; cuando ya hay una sentencia que aprobaba estas uniones.

A través de un comunicado, la Comisión de Derechos Humanos informó que el proceso se inició el pasado 27 de diciembre, derivado de la sentencia que ya había emitido la Corte en febrero del 2018 para invalidar el mismo artículo, en el que el reconocimiento del matrimonio está limitado a las parejas integradas por un hombre y una mujer.

Foto: Cuartoscuro

El organismo detalla que, si hasta ahora se realiza el proceso de acción de inconstitucionalidad, es porque las reformas al Código Civil se publicaron en el Periódico Oficial del Estado el 6 de diciembre de este año.

Para la CDH Puebla el artículo impugnado es violatorio de la dignidad humana, en su vertiente de libre desarrollo de la personalidad, de los principios de igualdad y no discriminación, así como de la organización y desarrollo de la familia, establecidos en los artículos 1º y 4º de la Constitución Federal, expone el organismo.

Fue a inicios del mes de octubre que el Congreso local, con mayoría de Morena, aprobó reformas al Código Civil para el cumplimiento de recomendaciones de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), en donde no reconocieron el matrimonio igualitario pese a la sentencia de la SCJN.

La reforma aprobada por el Congreso y enviada por el Ejecutivo, no tomó en cuenta las uniones entre personas del mismo sexo, pues el artículo 294 del Código Civil indica que: El matrimonio es un contrato civil, por el cual un solo hombre y una sola mujer, se unen en sociedad para ayudarse en la lucha por la existencia

Tras la aprobación de las reformas, la diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Rocío García Olmedo, solicitó a la Comisión de Derechos Humanos que interpusiera una acción de inconstitucionalidad porque la modificación era contradictoria al fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que validaba los matrimonios entre personas del mismo sexo.

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