/ jueves 28 de enero de 2021

Pide Nancy de la Sierra al Congreso considerar sentencias de la SCJN

Explicó que los pronunciamientos de la Suprema Corte deben ser estudiados y atendidos seriamente

La senadora Nancy de la Sierra Arámburo solicitó al Congreso del Estado y a la presidenta de la Mesa Directiva, Nora Merino Escamilla, considerar y no minimizar las sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para no caer en inconstitucionalidad como ocurrió con la desaparición forzada de personas.

En la última sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, la petista presentó un punto de acuerdo para exhortar a Merino a girar instrucciones para que las diputadas y diputados tomen en consideración los criterios de la Suprema Corte durante los procesos de discusión y aprobación de dictámenes.

Recordó que recientemente, el Alto Tribunal invalidó los artículos 128 bis, en la porción normativa “desaparición forzada de personas, y de desaparición cometida por particulares”, así como los artículos 304 bis, 304 ter y 304 ter 1, del Código Penal del Estado de Puebla, al determinar que el Congreso local invadió la competencia del Congreso de la Unión prevista en el artículo 73, fracción XXI, de la Constitución federal, para legislar en materia de desaparición forzada.


Explicó que los pronunciamientos de la Suprema Corte deben ser estudiados y atendidos seriamente por los mexicanos, pero sobre todo por quienes ocupan cargos públicos a través de los cuales crean normas, ya que si hacen caso omiso a los criterios al reformar, expedir o derogar normas, están poniéndose una trampa para que en el futuro esas normas sean consideradas inconstitucionales.

Nancy de la Sierra refirió que el Alto Tribunal determinó que al Congreso de la Unión le corresponde tipificar y sancionar en materia de desaparición forzada de personas, así como en los delitos de secuestro y trata de personas.

Por ello solicitó a Nora Merino abstenerse de restar importancia a las sentencias con expresiones como: “el fallo referido no representa problema alguno, ni implica que el Congreso poblano haya hecho algo malo o haya violado algún derecho”.


Señaló que si bien el fallo constitucional sería acatado por el Poder Legislativo, las afirmaciones de la diputada reflejan un franco desconocimiento de los principios rectores de la democracia y del contenido de la ejecutoria citada de la Corte.

Cabe mencionar que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió la acción de inconstitucionalidad en contra de los artículos reformados en materia de desaparición forzada, al señalar que violan el derecho fundamental de seguridad jurídica y el principio de legalidad; además, las disposiciones impugnadas implicarían una doble regulación de los delitos, lo cual generaría incertidumbre y dificultaría la exigibilidad de justicia para las víctimas.

La senadora Nancy de la Sierra Arámburo solicitó al Congreso del Estado y a la presidenta de la Mesa Directiva, Nora Merino Escamilla, considerar y no minimizar las sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para no caer en inconstitucionalidad como ocurrió con la desaparición forzada de personas.

En la última sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, la petista presentó un punto de acuerdo para exhortar a Merino a girar instrucciones para que las diputadas y diputados tomen en consideración los criterios de la Suprema Corte durante los procesos de discusión y aprobación de dictámenes.

Recordó que recientemente, el Alto Tribunal invalidó los artículos 128 bis, en la porción normativa “desaparición forzada de personas, y de desaparición cometida por particulares”, así como los artículos 304 bis, 304 ter y 304 ter 1, del Código Penal del Estado de Puebla, al determinar que el Congreso local invadió la competencia del Congreso de la Unión prevista en el artículo 73, fracción XXI, de la Constitución federal, para legislar en materia de desaparición forzada.


Explicó que los pronunciamientos de la Suprema Corte deben ser estudiados y atendidos seriamente por los mexicanos, pero sobre todo por quienes ocupan cargos públicos a través de los cuales crean normas, ya que si hacen caso omiso a los criterios al reformar, expedir o derogar normas, están poniéndose una trampa para que en el futuro esas normas sean consideradas inconstitucionales.

Nancy de la Sierra refirió que el Alto Tribunal determinó que al Congreso de la Unión le corresponde tipificar y sancionar en materia de desaparición forzada de personas, así como en los delitos de secuestro y trata de personas.

Por ello solicitó a Nora Merino abstenerse de restar importancia a las sentencias con expresiones como: “el fallo referido no representa problema alguno, ni implica que el Congreso poblano haya hecho algo malo o haya violado algún derecho”.


Señaló que si bien el fallo constitucional sería acatado por el Poder Legislativo, las afirmaciones de la diputada reflejan un franco desconocimiento de los principios rectores de la democracia y del contenido de la ejecutoria citada de la Corte.

Cabe mencionar que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió la acción de inconstitucionalidad en contra de los artículos reformados en materia de desaparición forzada, al señalar que violan el derecho fundamental de seguridad jurídica y el principio de legalidad; además, las disposiciones impugnadas implicarían una doble regulación de los delitos, lo cual generaría incertidumbre y dificultaría la exigibilidad de justicia para las víctimas.

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