El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) solicitó al diputado federal electo Mario Riestra Piña difuminar el rostro de los menores de edad y retirar de su Twitter las imágenes que motivaron la denuncia en su contra.
Por unanimidad de tres votos, la Sala Regional Especializada aprobó exhortar al otrora candidato de la coalición Va por México, integrada por el PAN, PRI y PRD, a que cuando use la imagen de niñas, niños y adolescentes en sus publicaciones cuide y atienda lo establecido en la Constitución federal y la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, que lo obliga a proteger el interés superior de la niñez, es decir sus derechos a la imagen, intimidad y honor.
“Así también, ante la imposibilidad de realizar lo anterior (difuminar el rostro de los menores de edad), deberá eliminar las publicaciones o imágenes en las que aparezcan rostros de niñas, niños y adolescentes”, acordaron los magistrados.
Para resolver la queja en contra de Mario Riestra, la Sala Especializada remitió a la 12 Junta Distrital Ejecutiva del INE en Puebla las constancias digitalizadas del expediente para que realice el debido emplazamiento de las partes, a fin de agotar la garantía de audiencia y debida defensa. Luego deberá remitirlas al órgano jurisdiccional para que prosiga con la resolución del procedimiento sancionador.
Determinó que el INE podrá apercibir —imponer una sanción—al diputado federal electo del distrito 12 de Puebla capital, en caso de incumplir total o parcialmente con lo requerido, de estimarlo necesario en tutela del interés superior de la niñez.
La Junta Distrital 12 deberá realizar las diligencias e implementar cualquier otra que considere necesaria para el esclarecimiento de los hechos; solicitar al panista la capacidad económica, así como la información relativa al financiamiento actualizado de los partidos que integraron la coalición Va por México.
La queja contra Mario Riestra fue presentada por el representante electoral de Morena, Christian Jaramillo Ruanova, quien denunció la posible transgresión a la Constitución y los Lineamientos Generales para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en Materia de Propaganda y Mensajes Electorales emitidos por el INE y lo señalado en las Jurisprudencias 5/20171 y 20/20192 emitidas por la Sala Superior del TEPJF, por uso indebido de la imagen de menores de edad en su propaganda y/o mensajes electorales divulgados a través de medios de difusión.