Una reforma a la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Puebla otorga facultades al Sistema Estatal Anticorrupción para denunciar o dar aviso al Ministerio Público de posibles bienes que podrían ser sujetos al procedimiento de extinción de dominio.
En sesión de la Comisión de Participación Ciudadana y Combate a la Corrupción del Congreso del Estado, los diputados avalaron reformas para que el Comité Coordinador Estatal del Sistema Estatal pueda realizar sesiones ordinarias y extraordinarias a distancia mediante el uso de herramientas tecnológicas ante circunstancias inevitables o impredecibles como la pandemia del coronavirus, que impidan trabajar en presencia.
La iniciativa fue presentada originalmente por el diputado Oswaldo Jiménez López, quien planteó establecer que el Comité Coordinador pueda celebrar sesiones vía internet.
Las modificaciones aún no concluyen pues los diputados de la comisión determinaron un receso, por lo que al concluir la revisión el dictamen será sometido a votación del pleno.
Durante la sesión participaron los integrantes del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal: Daniel Alejandro Valdés Amaro, María del Carmen Leyva Bátory y José Alejandro Guillén Reyes, quienes explicaron las razones para modificar la ley.
Mediante la extinción de dominio una persona puede perder el derecho de propiedad sobre bienes de origen ilícito o usados para cometer ilícitos. Esto significa que los bienes pasan al poder del Estado, tras la sentencia de una autoridad judicial, sin ninguna compensación o contraprestación, es decir que el gobierno no tiene que pagar ni dar nada a cambio.