/ domingo 25 de octubre de 2020

Presentan la iniciativa para avalar bodas gay en Puebla, tras llamado de la SCJ

La nueva propuesta retoma la eliminación de los conceptos “un solo hombre y una sola mujer”

La diputada Vianey García Romero presentó una iniciativa de reforma para permitir el matrimonio igualitario en Puebla y eliminar del Código Civil del Estado el concepto de “un solo hombre y una sola mujer” como la única forma de matrimonio e incluir el de “dos personas” que se unen en sociedad.

Luego que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) llamó al Congreso del Estado a reformar la ley para permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo, la morenista promovió la propuesta que se encuentra en análisis de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que ella dirige.

Su iniciativa plantea reformar el artículo 294 del Código Civil para señalar que el matrimonio es un contrato civil por el cual dos personas se unen voluntariamente en sociedad, para llevar una vida en común, con igualdad de derechos y obligaciones, y para ayudarse en la lucha por la existencia.

Sugiere modificar el artículo 297 para establecer que el concubinato es la unión voluntaria y de hecho entre dos personas y no solo entre un hombre y una mujer, que estando en aptitud de contraer matrimonio entre sí, no lo han celebrado en los términos de la ley; haciendo vida en común de manera notoria y permanente.

Propone cambiar el artículo 298 para señalar que los concubinos se deben mutuamente en los mismos casos, términos y proporciones que la ley señala para los cónyuges, mientras perdure la unión, es decir se quitaría el concepto “concubino y concubina” y se cambiaría por la palabra “concubinos”.

Otro artículo que Vianey García propone reformar es el 321 con el fin de adicionar la fracción VIII, la cual quedaría de la siguiente manera:

“Tratándose de matrimonios entre personas del mismo sexo y de no existir común acuerdo, el Juez podrá designar al cónyuge que le corresponderá el uso del domicilio conyugal, previa audiencia y analizando las particularidades de cada caso”.

En su exposición de motivos, la diputada de Morena refiere que la Constitución federal prevé en su artículo primero los principios de igualdad y no discriminación motivada por las preferencias sexuales de las personas.

Afirma que Ciudad de México, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo y San Luis Potosí garantizan el matrimonio igualitario dentro de sus códigos civiles o familiares.

INICIATIVAS EN LA CONGELADORA LEGISLATIVA

Aunque en el documento, Vianey García no lo menciona, desde el 17 de octubre de 2018 la diputada del PRI, Rocío García Olmedo, presentó una iniciativa de reforma al Código Civil para retirar el concepto de “un solo hombre y una sola mujer” como la única forma de matrimonio e incluir el de “personas”.

El 18 de diciembre de 2018, José Juan Espinosa Torres, del PT, promovió una iniciativa que reforma diversas disposiciones del Código Civil; el 25 de septiembre de 2019 el diputado sin partido Marcelo García Almaguer propuso adicionar, derogar y reformar disposiciones del mismo ordenamiento.

Sin embargo, las tres iniciativas siguen en “la congeladora” de las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, Procuración y Administración de Justicia, Derechos Humanos, de la Familia y los Derechos de la Niñez.

Inclusive desde 2015, el Congreso recibió un exhorto del Senado para que en el ámbito de sus competencias, implementara reformas a la legislación civil a fin de garantizar el reconocimiento al matrimonio entre personas del mismo sexo.

Ese mismo año, la entonces diputada Socorro Quezada Tiempo presentó una iniciativa al respecto, que no fue aprobada por la LIX Legislatura.

El 1 de agosto de 2017, la Corte anuló porciones de los artículos 294, 297 y 300 del Código Civil de Puebla y estableció que las alusiones a “un solo hombre y una sola mujer”, deben entenderse en el sentido de que tanto el matrimonio como el concubinato son accesibles también a parejas del mismo sexo.

Invalidó la mención a que el matrimonio tiene el propósito de “perpetuar la especie” al concluir que se violan derechos humanos de trato igualitario, no discriminación por orientación sexual y libre desarrollo de la personalidad.

Pese a la resolución de la Suprema Corte y las iniciativas presentadas por diversos diputados, el 8 de octubre de 2019, la mayoría en el Congreso rechazó despenalizar el aborto y legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo.

La diputada Vianey García Romero presentó una iniciativa de reforma para permitir el matrimonio igualitario en Puebla y eliminar del Código Civil del Estado el concepto de “un solo hombre y una sola mujer” como la única forma de matrimonio e incluir el de “dos personas” que se unen en sociedad.

Luego que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) llamó al Congreso del Estado a reformar la ley para permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo, la morenista promovió la propuesta que se encuentra en análisis de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que ella dirige.

Su iniciativa plantea reformar el artículo 294 del Código Civil para señalar que el matrimonio es un contrato civil por el cual dos personas se unen voluntariamente en sociedad, para llevar una vida en común, con igualdad de derechos y obligaciones, y para ayudarse en la lucha por la existencia.

Sugiere modificar el artículo 297 para establecer que el concubinato es la unión voluntaria y de hecho entre dos personas y no solo entre un hombre y una mujer, que estando en aptitud de contraer matrimonio entre sí, no lo han celebrado en los términos de la ley; haciendo vida en común de manera notoria y permanente.

Propone cambiar el artículo 298 para señalar que los concubinos se deben mutuamente en los mismos casos, términos y proporciones que la ley señala para los cónyuges, mientras perdure la unión, es decir se quitaría el concepto “concubino y concubina” y se cambiaría por la palabra “concubinos”.

Otro artículo que Vianey García propone reformar es el 321 con el fin de adicionar la fracción VIII, la cual quedaría de la siguiente manera:

“Tratándose de matrimonios entre personas del mismo sexo y de no existir común acuerdo, el Juez podrá designar al cónyuge que le corresponderá el uso del domicilio conyugal, previa audiencia y analizando las particularidades de cada caso”.

En su exposición de motivos, la diputada de Morena refiere que la Constitución federal prevé en su artículo primero los principios de igualdad y no discriminación motivada por las preferencias sexuales de las personas.

Afirma que Ciudad de México, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo y San Luis Potosí garantizan el matrimonio igualitario dentro de sus códigos civiles o familiares.

INICIATIVAS EN LA CONGELADORA LEGISLATIVA

Aunque en el documento, Vianey García no lo menciona, desde el 17 de octubre de 2018 la diputada del PRI, Rocío García Olmedo, presentó una iniciativa de reforma al Código Civil para retirar el concepto de “un solo hombre y una sola mujer” como la única forma de matrimonio e incluir el de “personas”.

El 18 de diciembre de 2018, José Juan Espinosa Torres, del PT, promovió una iniciativa que reforma diversas disposiciones del Código Civil; el 25 de septiembre de 2019 el diputado sin partido Marcelo García Almaguer propuso adicionar, derogar y reformar disposiciones del mismo ordenamiento.

Sin embargo, las tres iniciativas siguen en “la congeladora” de las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, Procuración y Administración de Justicia, Derechos Humanos, de la Familia y los Derechos de la Niñez.

Inclusive desde 2015, el Congreso recibió un exhorto del Senado para que en el ámbito de sus competencias, implementara reformas a la legislación civil a fin de garantizar el reconocimiento al matrimonio entre personas del mismo sexo.

Ese mismo año, la entonces diputada Socorro Quezada Tiempo presentó una iniciativa al respecto, que no fue aprobada por la LIX Legislatura.

El 1 de agosto de 2017, la Corte anuló porciones de los artículos 294, 297 y 300 del Código Civil de Puebla y estableció que las alusiones a “un solo hombre y una sola mujer”, deben entenderse en el sentido de que tanto el matrimonio como el concubinato son accesibles también a parejas del mismo sexo.

Invalidó la mención a que el matrimonio tiene el propósito de “perpetuar la especie” al concluir que se violan derechos humanos de trato igualitario, no discriminación por orientación sexual y libre desarrollo de la personalidad.

Pese a la resolución de la Suprema Corte y las iniciativas presentadas por diversos diputados, el 8 de octubre de 2019, la mayoría en el Congreso rechazó despenalizar el aborto y legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo.

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