/ miércoles 25 de agosto de 2021

Proponen pena de cárcel por publicidad engañosa de productos milagro

La sanción se aplicaría a quienes vendan productos que prometen cualidades terapéuticas, preventivas, curativas o cosméticas

El diputado local de Morena, Miguel Trujillo de Ita presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de Puebla para considerar como fraude la publicidad engañosa de productos milagro, así como imponer pena de cárcel.

La propuesta consiste en agregar la fracción XXVI al artículo 404 para sancionar con multa y prisión de hasta diez años “al que realice por cualquier medio publicidad engañosa de productos que prometen cualidades terapéuticas, preventivas, curativas o cosméticas, y los comercialice sin contar con autorización sanitaria o con autorizaciones no ajustadas a su verdadera naturaleza”.

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En la iniciativa se expone que los productos milagro pueden clasificarse como suplementos dietéticos, medicamentos o remedios herbolarios no identificados como tales, en cuyo caso no es obligatorio por ley someterlos a rigurosas pruebas de calidad, eficacia y seguridad que deben pasar los fármacos de patente.

Si bien la propuesta fue turnada para su estudio y resolución a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso local, ya no será posible su discusión ni votación en el Pleno pues ya no habrá sesiones porque el 14 de septiembre terminan las funciones de los diputados que integran la LX Legislatura.

El delito de fraude, según el Código Penal, se sanciona con multa de cinco a 50 días de salario y prisión de seis a tres años, si no se puede determinar el valor de lo defraudado; la sanción más alta asciende a 500 a mil días de salario y prisión de siete a diez años, cuando el valor de lo defraudado exceda mil días de salario.

Te interesa: Pagar la renta de casas en Puebla se complicó por pandemia de Covid-19

En febrero de 2018 la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Secretaría de Salud del Estado retiraron del mercado mil 139 productos milagro que ponían en riesgo la salud de la población y suspendieron actividades en cuatro establecimientos en la ciudad de Puebla.

Algunas de las marcas de los productos irregulares fueron: Puro Campeón, Lipo 6 Black, After Shock, ISO100 Hydrolyzed, Yellow Scorpion, Insane Focus, I am god, Psychotic, Vitalum Henzer Mujer/Hombre, Super HD, Beastmode Black, Animal Fury, Superpump Max y Pennywise, entre otros.

Además, en julio de 2020 la Secretaría de Salud estatal recomendó no consumir productos para supuestamente contener el contagio por Covid-19, como el dióxido de cloro, que era utilizado por algunas personas vía oral o parenteral.


El diputado local de Morena, Miguel Trujillo de Ita presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de Puebla para considerar como fraude la publicidad engañosa de productos milagro, así como imponer pena de cárcel.

La propuesta consiste en agregar la fracción XXVI al artículo 404 para sancionar con multa y prisión de hasta diez años “al que realice por cualquier medio publicidad engañosa de productos que prometen cualidades terapéuticas, preventivas, curativas o cosméticas, y los comercialice sin contar con autorización sanitaria o con autorizaciones no ajustadas a su verdadera naturaleza”.

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En la iniciativa se expone que los productos milagro pueden clasificarse como suplementos dietéticos, medicamentos o remedios herbolarios no identificados como tales, en cuyo caso no es obligatorio por ley someterlos a rigurosas pruebas de calidad, eficacia y seguridad que deben pasar los fármacos de patente.

Si bien la propuesta fue turnada para su estudio y resolución a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso local, ya no será posible su discusión ni votación en el Pleno pues ya no habrá sesiones porque el 14 de septiembre terminan las funciones de los diputados que integran la LX Legislatura.

El delito de fraude, según el Código Penal, se sanciona con multa de cinco a 50 días de salario y prisión de seis a tres años, si no se puede determinar el valor de lo defraudado; la sanción más alta asciende a 500 a mil días de salario y prisión de siete a diez años, cuando el valor de lo defraudado exceda mil días de salario.

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En febrero de 2018 la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Secretaría de Salud del Estado retiraron del mercado mil 139 productos milagro que ponían en riesgo la salud de la población y suspendieron actividades en cuatro establecimientos en la ciudad de Puebla.

Algunas de las marcas de los productos irregulares fueron: Puro Campeón, Lipo 6 Black, After Shock, ISO100 Hydrolyzed, Yellow Scorpion, Insane Focus, I am god, Psychotic, Vitalum Henzer Mujer/Hombre, Super HD, Beastmode Black, Animal Fury, Superpump Max y Pennywise, entre otros.

Además, en julio de 2020 la Secretaría de Salud estatal recomendó no consumir productos para supuestamente contener el contagio por Covid-19, como el dióxido de cloro, que era utilizado por algunas personas vía oral o parenteral.


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