El gobierno de Puebla publicó en el Periódico Oficial del Estado el acuerdo para exhortar a los propietarios de escuelas particulares a no cobrar e incluso condonar las cuotas o colegiaturas a los padres de familia que hayan sido despedidos de sus trabajos y que sea legalmente comprobable dentro de la temporalidad de la pandemia del Covid-19.
El acuerdo fue publicado el 17 de abril para exhortar a las personas físicas o morales propietarios de escuelas particulares en el estado de Puebla a realizar el cobro al 75 por ciento de los montos establecidos como colegiatura al inicio del ciclo escolar, evitando el cobro de cuotas especiales o extraordinarias, así como el de intereses o recargos.
Por cuestión humanitaria el gobierno del estado también recomendó implementar un Sistema de Pagos diferido a quienes no puedan cubrir las colegiaturas durante el tiempo de la pandemia.
El 9 de abril el gobernador Luis Miguel Barbosa anunció el decreto para solicitar a las escuelas privadas que se “solidaricen” con el pago de colegiaturas, toda vez que, ante la falta de actividades económicas, a los padres de familia se les dificultará cubrir este gasto.
En el acuerdo el mandatario expuso que el país, a través de sus entidades federativas, ha adoptado diversas acciones para la contención de la enfermedad infecciosa, la cual pone en riesgo la salud y que, ante los niveles alarmantes de su propagación y gravedad, el 11 de marzo la Organización Mundial de la Salud declaró que el virus es una pandemia.
ESCUELAS PRIVADAS DEBEN COLABORAR CON LA SOCIEDAD
Refirió que las escuelas privadas realizan cobros correspondientes, de acuerdo a los servicios prestados, cuotas que deben estar establecidas en moneda nacional y según el grado de estudios, mismas que no pueden aumentar de manera unilateral ni establecerse aportaciones extraordinarias a los padres de familia.
El gobierno sostuvo que ante la contingencia las instituciones de educación privadas deben colaborar con la sociedad, ya que si bien no se elimina la obligación del pago de los servicios y no pueden continuar otorgando clases presenciales, es necesario reconsiderar y acordar una cuota reducida o una adecuación en el pago de colegiaturas sin intereses.