La resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) es prueba plena de la Comisión de Delitos cometidos por los consejeros del Instituto Electoral del Estado (IEE) y los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), que podrían ameritar su remoción, estimó Víctor León Rueda, abogado especialista en la materia.
A decir de León Rueda, el recuento voto por voto que instruyó el máximo órgano de justicia electoral es relevante no sólo porque es la primera vez que se instruye la apertura y cómputo de todos los paquetes electorales y porque podría ser el antecedente de la anulación total de los comicios, sino porque aportará más pruebas de las irregularidades del proceso electoral y de los miembros de los órganos electorales.
Y es que según el especialista, la conclusión de que tanto el IEE como el TEEP incurrieron en errores y omisiones que afectaron la certeza y legalidad del proceso electoral, que fue motivo fundamental del fallo aprobado por unanimidad, la hace trascender a prueba de las irregularidades.
Aún más, añadió, esta resolución, por ser irregularidades graves y ser señaladas por unanimidad por el máximo órgano de justicia electoral, da pie a la destitución de los involucrados.
“La sentencia por unanimidad es suficiente, sin necesidad de lo que pase por el recuento o si se anula la elección, para su remoción inmediata, no tendrán defensa alguna para controvertir ante ningún tribunal su remoción del cargo porque lo determinó las irregularidades graves la sala superior y por unanimidad”, aseveró.
Además, consideró, el recuento voto por voto lejos de favorecer a la candidata de la alianza “Por Puebla al Frente” y gobernadora electa, Martha Erika Alonso, revelará más sospechas de las anomalías que se cometieron durante el proceso electoral, pues es muy posible que los resultados del conteo que llevará a cabo el TEPJF sean diferentes a los que ya detectó en diferentes documentos oficiales, “ahora va a salir una cuarta o quinta (cifra), entonces el recuento va a ser un motivo más (de la anulación)”, completó.
Es decir, previó, la revelación de más o resultados con números diferentes, será un motivo adicional e irrefutable, toda vez que el recuento habrá sido hecho por el TEPJF, para la procedencia de la nulidad de la elección.