/ martes 2 de mayo de 2023

Reformas al Poder Judicial, sin dedicatoria para presidentes del TSJ: diputada

Los diputados locales aprobaron por unanimidad de votos el proyecto con el que se busca armonizar la separación de funciones del nuevo modelo del Poder Judicial

A menos de una semana de que la Junta de Gobierno y Coordinación Política presentó una serie de reformas constitucionales para delimitar las atribuciones de los órganos del Poder Judicial, las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y la de Procuración y Administración de Justicia avalaron el proyecto que fue remitido al pleno para su análisis. La diputada local del Partido del Trabajo (PT), Mónica Silva Ruiz, rechazó que el proyecto tenga dedicatoria para el presidente del Consejo de la Judicatura, Carlos Palafox Galeana, o la presidenta del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Margarita Gayosso Ponce.

Durante la tarde del 2 de mayo, los legisladores aprobaron por unanimidad de votos el proyecto con el que se busca armonizar la separación de funciones del nuevo modelo del Poder Judicial para mejorar la impartición de justicia.


Medio año después de que las reformas al Poder Judicial promovidas por el exgobernador Miguel Barbosa Huerta fueron publicadas en el Periódico Oficial del Estado (POE), los coordinadores de las diferentes fracciones parlamentarias presentaron el proyecto que busca reformar el artículo 63, 86, 87, 88 y 89 de la Constitución Política de Puebla.

De acuerdo con lo expuesto por el área jurídica, entre los cambios más relevantes se encuentra la ampliación de la posibilidad para que los plenos de los órganos del Poder Judicial tengan la facultad de iniciar leyes y decretos, situación que solo ocurría con el Tribunal Superior de Justicia.

“El objeto de esta reforma es precisar los alcances de las funciones del Consejo de la Judicatura, del Poder Judicial del Estado de Puebla a fin de que exista armonía entre la separación de estas, tal y como lo prevé el nuevo modelo del Poder Judicial”.

Se estipula que las funciones de administración vigilancia y disciplina del Poder Judicial del Estado quedarán a cargo del Consejo de la Judicatura. Lo anterior significa que aquellos casos de jueces y magistrados serán resueltos por dicho órgano. Además, el Tribunal Superior de Justicia decidirá sobre las controversias particulares, los asuntos de la Constitución y las leyes, a excepción de los que sean de los que sean de competencia reservada de la Sala Constitucional.


De igual forma detalló que la administración del presupuesto es una obligación del Consejo de la Judicatura. Lo anterior incluye al Tribunal Superior de Justicia, la Sala Constitucional y el Tribunal de Justicia Administrativa. Otro de los puntos más destacados es los presidentes de los órganos jurisdiccionales no podrán integrar ni presidir el Consejo de la Judicatura.

Reformas constitucionales sin dedicatoria: Mónica Silva

Posterior a la aprobación, la presidenta de la Comisión de Gobernación aclaró que las reformas constitucionales no tienen dedicatoria para alguno de los presidentes de los órganos que conforman el TSJ y expresó que una de las bondades del proyecto es darles certeza a los ciudadanos sobre la impartición de justicia.

“La finalidad es darle certeza a la ciudadanía de que pueda acceder a la justicia sin que se vea entorpecida por cuestiones administrativas, al final dentro de todo, es una iniciativa que responde a una realidad de esta gran reforma al Poder Judicial que aprobados en octubre del año pasado”, comentó.

Asimismo, rechazó que lo aprobado el año pasado haya caído en temas de inconstitucionalidad o vicios legales.

Una vez que las reformas constitucionales fueron aprobadas en las comisiones se remitieron al pleno para su análisis. Aunque, derivado de que los integrantes de la actual legislatura se encuentran en receso, el proyecto podrá ser analizado después del 15 de mayo, fecha en la que da inicio el tercer periodo de sesiones. Sin embargo, existe la posibilidad de que solicitan a convoquen a sesión extraordinaria para analizar el tema.

Al tratarse de reformas constitucionales se requiere de una mayoría calificada para ser aprobadas, es decir, al menos 28 votos. Cabe mencionar que el proyecto fue presentado después de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió una acción de inconstitucionalidad para invalidar dos artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla por vulnerar el derecho humano de seguridad pública y el principio de legalidad. Hasta la publicación de este texto, el proyecto del registro 00223 que será analizado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no ha sido analizado.

A menos de una semana de que la Junta de Gobierno y Coordinación Política presentó una serie de reformas constitucionales para delimitar las atribuciones de los órganos del Poder Judicial, las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y la de Procuración y Administración de Justicia avalaron el proyecto que fue remitido al pleno para su análisis. La diputada local del Partido del Trabajo (PT), Mónica Silva Ruiz, rechazó que el proyecto tenga dedicatoria para el presidente del Consejo de la Judicatura, Carlos Palafox Galeana, o la presidenta del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Margarita Gayosso Ponce.

Durante la tarde del 2 de mayo, los legisladores aprobaron por unanimidad de votos el proyecto con el que se busca armonizar la separación de funciones del nuevo modelo del Poder Judicial para mejorar la impartición de justicia.


Medio año después de que las reformas al Poder Judicial promovidas por el exgobernador Miguel Barbosa Huerta fueron publicadas en el Periódico Oficial del Estado (POE), los coordinadores de las diferentes fracciones parlamentarias presentaron el proyecto que busca reformar el artículo 63, 86, 87, 88 y 89 de la Constitución Política de Puebla.

De acuerdo con lo expuesto por el área jurídica, entre los cambios más relevantes se encuentra la ampliación de la posibilidad para que los plenos de los órganos del Poder Judicial tengan la facultad de iniciar leyes y decretos, situación que solo ocurría con el Tribunal Superior de Justicia.

“El objeto de esta reforma es precisar los alcances de las funciones del Consejo de la Judicatura, del Poder Judicial del Estado de Puebla a fin de que exista armonía entre la separación de estas, tal y como lo prevé el nuevo modelo del Poder Judicial”.

Se estipula que las funciones de administración vigilancia y disciplina del Poder Judicial del Estado quedarán a cargo del Consejo de la Judicatura. Lo anterior significa que aquellos casos de jueces y magistrados serán resueltos por dicho órgano. Además, el Tribunal Superior de Justicia decidirá sobre las controversias particulares, los asuntos de la Constitución y las leyes, a excepción de los que sean de los que sean de competencia reservada de la Sala Constitucional.


De igual forma detalló que la administración del presupuesto es una obligación del Consejo de la Judicatura. Lo anterior incluye al Tribunal Superior de Justicia, la Sala Constitucional y el Tribunal de Justicia Administrativa. Otro de los puntos más destacados es los presidentes de los órganos jurisdiccionales no podrán integrar ni presidir el Consejo de la Judicatura.

Reformas constitucionales sin dedicatoria: Mónica Silva

Posterior a la aprobación, la presidenta de la Comisión de Gobernación aclaró que las reformas constitucionales no tienen dedicatoria para alguno de los presidentes de los órganos que conforman el TSJ y expresó que una de las bondades del proyecto es darles certeza a los ciudadanos sobre la impartición de justicia.

“La finalidad es darle certeza a la ciudadanía de que pueda acceder a la justicia sin que se vea entorpecida por cuestiones administrativas, al final dentro de todo, es una iniciativa que responde a una realidad de esta gran reforma al Poder Judicial que aprobados en octubre del año pasado”, comentó.

Asimismo, rechazó que lo aprobado el año pasado haya caído en temas de inconstitucionalidad o vicios legales.

Una vez que las reformas constitucionales fueron aprobadas en las comisiones se remitieron al pleno para su análisis. Aunque, derivado de que los integrantes de la actual legislatura se encuentran en receso, el proyecto podrá ser analizado después del 15 de mayo, fecha en la que da inicio el tercer periodo de sesiones. Sin embargo, existe la posibilidad de que solicitan a convoquen a sesión extraordinaria para analizar el tema.

Al tratarse de reformas constitucionales se requiere de una mayoría calificada para ser aprobadas, es decir, al menos 28 votos. Cabe mencionar que el proyecto fue presentado después de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió una acción de inconstitucionalidad para invalidar dos artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla por vulnerar el derecho humano de seguridad pública y el principio de legalidad. Hasta la publicación de este texto, el proyecto del registro 00223 que será analizado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no ha sido analizado.

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