El TEPJF revocó la sentencia del tribunal local que ordenó repetir la elección del Comité Directivo Municipal del PAN en Libres, además determinó dar vista a la Comisión de Orden y Disciplina Intrapartidista para que investigue y en su caso sancione a quienes retrasaron por más de un año la resolución de una queja.
El Comité Directivo Estatal que preside Genoveva Huerta Villegas tendrá que emitir una nueva convocatoria dentro del plazo máximo de tres meses después de concluido el proceso electoral federal y estatal, abierta a toda la militancia.
“Deberá desarrollar todos los actos necesarios para obtener la autorización de su órgano directivo superior para emitirla”, se resolvió este jueves.
Los magistrados de la Sala Regional Ciudad de México resolvieron el juicio ciudadano SCM-JDC-130/2020, que la planilla encabezada por Wendy Ramírez Luna, electa en noviembre de 2019, promovió contra la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) que ordenó reponer la elección.
El Pleno de la Sala Regional advirtió una violación procesal durante la sustanciación del medio de impugnación local que trascendió al fondo de la resolución emitida por el TEEP, por lo cual revocó la sentencia impugnada.
No obstante, dado el inminente inicio del proceso electoral 2020-2021 en Puebla, la renovación del Comité Directivo Municipal del PAN en Libres, se realizará una vez concluido el mismo en términos de lo dispuesto en los estatutos de ese partido, por lo cual la Sala Regional dejó a salvo los derechos de la militancia para poder participar en la convocatoria que se emita.
Por unanimidad de votos, los magistrados determinaron que la Comisión Permanente Estatal del PAN deberá designar a las personas que ocupen la dirigencia municipal temporal en Libres, mientras se realiza la nueva elección.
La Sala vinculó al Comité Ejecutivo Nacional para que en el ámbito de su competencia realice las diligencias para cumplir con esta sentencia, y deberá vigilar que la dirigencia estatal emita la convocatoria en el plazo establecido.
Advirtió que la Comisión de Justicia del PAN fue negligente al proporcionar información incorrecta y retrasar por más de un año la resolución de la queja presentada por Rubén Darío Chacón, a quien le negó participar en la renovación del comité con el argumento de que su registro fue extemporáneo.
Leer más: Sin tregua, coronavirus repunta en Puebla
Por ello, la Sala dará vista a la Comisión de Orden y Disciplina Intrapartidista para que investigue y en su caso imponga las sanciones a las personas que desde la presentación de dicha demanda han integrado la Comisión de Justicia.