/ domingo 16 de diciembre de 2018

Se acaba el plazo para recibir aguinaldo

Como mínimo, los empleados de Puebla y el país deben recibir 15 días de salario

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, los empleados de Puebla y el país deben recibir su aguinaldo antes del 20 de diciembre, que corresponde a 15 días de salario, como mínimo.

Diciembre es una de las fechas más esperadas para los empleados que gozan de esta prestación, aunque podrían presentarse anomalías que empañen esa expectativa, como entrega incompleta del recurso o a destiempo. Por ello, cada año, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) se pone al servicio de los asalariados para recibir quejas, además de hacer un operativo para verificar que se cumpla la ley.

El Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo señala que “Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos”.

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Esto significa que si un empleado gana 6 mil pesos al mes (200 pesos diarios), en su aguinaldo, la empresa para la que labora debe pagarle por lo menos 3 mil pesos, equivalente a 15 días de salario.

Aunque el recurso económico no debe ser menor a lo equivalente a 15 días, sí puede ser mayor. Por ejemplo, hay profesionistas que reciben hasta 90 días su salario, pero ello depende de las condiciones que ofrezca cada patrón o que cada sindicato haya podido negociar previamente.

Esta prestación se debe entregar completa cuando los empleados hayan cumplido un año en la empresa. Sin embargo, también quienes lleven menos de ese tiempo contratado, tienen derecho a percibir la parte proporcional del aguinaldo.

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Así lo especifica la Ley Federal del Trabajo: “Los que no hayan cumplido el año de servicio, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuera este”.

Lo que significa que si un trabajador inició labores con la empresa en enero y terminó relación laboral en julio, la firma debe pagarle la parte proporcional de esta prestación, aunque el trabajador ya no esté en la empresa. En la mayoría de los casos, esta parte proporcional se entrega una vez que el empleado renuncia o es despedido.

El Artículo 1002 de la ley, señala que las violaciones a las normas de trabajo, se sancionarán con multas de 15 a 315 veces el salario mínimo general. Tomando en cuenta que el salario mínimo es de 88.36 pesos en México, el empleador puede pagar multas desde mil 325.4 pesos o 27 mil 833.4 pesos, si es que no reincide.

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Luisa María Alcalde, titular de la STPS, advirtió que las multas por no entregar aguinaldo pueden superar los 403 mil pesos.

El trabajador que no reciba aguinaldo correspondiente a 2018, tiene un año a partir del 21 de noviembre, para hacer su exigencia mediante una demanda laboral. Este juicio lo puede abrir durante todo un año, mediante la STPS.

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, los empleados de Puebla y el país deben recibir su aguinaldo antes del 20 de diciembre, que corresponde a 15 días de salario, como mínimo.

Diciembre es una de las fechas más esperadas para los empleados que gozan de esta prestación, aunque podrían presentarse anomalías que empañen esa expectativa, como entrega incompleta del recurso o a destiempo. Por ello, cada año, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) se pone al servicio de los asalariados para recibir quejas, además de hacer un operativo para verificar que se cumpla la ley.

El Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo señala que “Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos”.

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Esto significa que si un empleado gana 6 mil pesos al mes (200 pesos diarios), en su aguinaldo, la empresa para la que labora debe pagarle por lo menos 3 mil pesos, equivalente a 15 días de salario.

Aunque el recurso económico no debe ser menor a lo equivalente a 15 días, sí puede ser mayor. Por ejemplo, hay profesionistas que reciben hasta 90 días su salario, pero ello depende de las condiciones que ofrezca cada patrón o que cada sindicato haya podido negociar previamente.

Esta prestación se debe entregar completa cuando los empleados hayan cumplido un año en la empresa. Sin embargo, también quienes lleven menos de ese tiempo contratado, tienen derecho a percibir la parte proporcional del aguinaldo.

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Así lo especifica la Ley Federal del Trabajo: “Los que no hayan cumplido el año de servicio, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuera este”.

Lo que significa que si un trabajador inició labores con la empresa en enero y terminó relación laboral en julio, la firma debe pagarle la parte proporcional de esta prestación, aunque el trabajador ya no esté en la empresa. En la mayoría de los casos, esta parte proporcional se entrega una vez que el empleado renuncia o es despedido.

El Artículo 1002 de la ley, señala que las violaciones a las normas de trabajo, se sancionarán con multas de 15 a 315 veces el salario mínimo general. Tomando en cuenta que el salario mínimo es de 88.36 pesos en México, el empleador puede pagar multas desde mil 325.4 pesos o 27 mil 833.4 pesos, si es que no reincide.

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Luisa María Alcalde, titular de la STPS, advirtió que las multas por no entregar aguinaldo pueden superar los 403 mil pesos.

El trabajador que no reciba aguinaldo correspondiente a 2018, tiene un año a partir del 21 de noviembre, para hacer su exigencia mediante una demanda laboral. Este juicio lo puede abrir durante todo un año, mediante la STPS.

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