El aumento de siete pesos en el salario mínimo general noafectará prácticamente a trabajadores ni a empresas. El alzaapenas impactará en las cuotas de seguridad social, sólo aplicapara aquellos empleados que ahora cobran 73.04 pesos al día y nointerfiere en las negociaciones de los contratos colectivos detrabajo, coincidieron especialistas.
La decisión de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos(Conasami) de establecer a partir de 2017 el salario mínimogeneral en 80.04 pesos apenas tendría efectos prácticos en lasrelaciones laborales.
Francisco Martínez Alpízar, especialista en derecho laboral ycatedrático de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla(BUAP), recordó que las compañías poblanas están obligadas apartir del 1 de enero a aumentar el salario a aquellos trabajadoresque cobran ahora esta remuneración mínima y a reflejar dichoincremento en cuotas como el pago de las Afores o Infonavit.
El acrecentamiento se reflejará, por tanto, en lasnegociaciones salariales entre las empresas y los empleados, perosólo en aquellas firmas que no cuenten con contrato colectivo detrabajo. Aquellas que sí poseen estos convenios laboralesaumentarán, indicó, el salario de sus trabajadores segúnacuerdos internos.
“Una cortina de humo”. Así definió el experto en derecholaboral y catedrático de la Escuela Libre de Derecho (ELD), JuanFrancisco Tirado Ramírez, la decisión tomada el pasado jueves porla Conasami.
El académico descartó que la ampliación del salario mínimogeneral vaya a tener más efecto que el encarecimiento de losbienes y servicios. “No se encuentra acompañado de alza deproductividad por lo que sí tendrá impacto en el nivel deprecios”, advirtió.
El salario mínimo, establecido hasta el próximo 31 dediciembre en 73.04 pesos, está desfasado, añadió el académico,respecto a los salarios reales. Es decir, expuso también AnselmoChávez Capó, catedrático investigador de la Facultad deAdministración Financiera y Bursátil de la Universidad PopularAutónoma del estado de Puebla (UPAEP), son pocos los trabajadorespoblanos y mexicanos que reciben dicha remuneración.
INSUFICIENTE SALARIO MÍNIMO.
Las empresas, insistió Chávez Capó, están obligadas a acatarel salario mínimo diario a partir de 2017, o sea, a reflejarlo enprestaciones. Sin embargo, apuntó, el alza fue tan insignificanteque no afectará a las compañías en sus gastos pero tampocobeneficiará a los empleados. La decisión de la comisiónfederal sí causará, coincidió con su colega, un incrementogeneralizado de precios.
La decisión de la Consami resulta, reflexionó el catedráticode la BUAP, Martínez Alpízar, más un gesto político que unamejora para las condiciones laborales de los trabajadores delestado y del país.
Durante el próximo año, auguró el académico de la EscuelaLibre de Derecho, es posible que concurra una“reestructuración” del monto mediante alzas adicionales,precisamente con el fin de alcanzar una cantidad suficiente parasufragar las necesidades básicas de los empleados.