TEEP ordena a IEE revisar otra vez solicitud del ayuntamiento para organizar plebiscitos

En sesión virtual se declaró que el IEE no fue exhaustivo en su respuesta al ayuntamiento, por lo cual deberá analizar nuevamente la petición

Berenice Martínez | El Sol de Puebla

  · miércoles 29 de diciembre de 2021

La magistrada Norma Angélica Sandoval explicó que el IEE no se avocó a realizar un pronunciamiento puntual y completo sobre la petición del ayuntamiento. Foto: Captura de Pantalla

El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) revocó el acuerdo del IEE y ordenó revisar nuevamente la solicitud del ayuntamiento de Puebla en la cual respondió que no está facultado legalmente para organizar los plebiscitos en las juntas auxiliares de la capital, previstos para enero de 2022.

Así lo determinó al resolver el asunto especial con número TEEP-A-064/2021, promovido por la síndica municipal Guadalupe Arrubarrena García, quien controvirtió la negativa del Instituto Electoral del Estado ante la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), instancia que ordenó al tribunal local resolver la queja.

Debido a que el 28 de diciembre la Sala Regional instruyó al TEEP resolver la demanda, este miércoles en sesión virtual declaró que el IEE no fue exhaustivo en su respuesta al ayuntamiento que preside Eduardo Rivera Pérez, por lo cual deberá analizar nuevamente la petición de la comuna.

“En cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional dentro del expediente identificado con la clave SCM-JE-212/2021. Del análisis del escrito de demanda se desprende que la parte actora señala como agravio, entre otras cuestiones, que la autoridad responsable no fue exhaustiva en la respuesta que emitió a su solicitud a través del acuerdo impugnado, incumpliendo con ello su obligación de garantizar el derecho de organización y participación de la ciudadanía en el próximo proceso plebiscitario”, determinó.

A juicio de la magistrada Norma Angélica Sandoval Sánchez que se encargó de analizar el caso, el IEE no se avocó a realizar un pronunciamiento puntual y completo sobre la petición del ayuntamiento, “dejando de examinar con exhaustividad todas las cuestiones atinentes al proceso”, por lo que en consecuencia declaró fundado el agravio expuesto por la síndica municipal.

El 10 de diciembre, el Consejo General del IEE rechazó la solicitud de organizar los plebiscitos en las juntas auxiliares de la capital, debido a que no está en sus facultades legales, pues les corresponde a los ayuntamientos.

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