/ jueves 19 de mayo de 2022

TEPJF sanciona otra vez a Eduardo Rivera por propaganda en veda electoral

Los magistrados confirmaron que el munícipe panista incurrió en difusión de propaganda en periodo prohibido

El presidente municipal de Puebla, Eduardo Rivera Pérez, fue otra vez sancionado por la difusión de propaganda gubernamental en veda electoral.

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió el expediente SRE-PSL-11/2022, promovido por el ciudadano Isaac Velásquez Rojas, quien denunció al edil por difundir propaganda gubernamental en periodo prohibido, durante el proceso de revocación de mandato.

Este jueves 18 de mayo, los magistrados confirmaron que el munícipe panista incurrió en difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido durante la consulta de revocación del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Al tiempo, descartaron los agravios relacionados con uso de recursos públicos.

Una vez dictada la sentencia, la Contraloría Municipal del Ayuntamiento de Puebla tendrá que determinar otra sanción aplicable para el alcalde.

Es decir que si Rivera Pérez no impugna la sanción, será el segundo castigo que reciba el por difundir publicidad gubernamental en veda electoral.

Hay que recordar que la queja contra el panista fue presentada ante la Junta Local número 21 del INE en Puebla el pasado 31 de marzo, por lo cual la autoridad electoral creó el expediente JL/PE/IVR/RM/PEF/PUE/2/2022 del procedimiento especial sancionador.

El presidente municipal de Puebla, Eduardo Rivera Pérez, fue otra vez sancionado por la difusión de propaganda gubernamental en veda electoral.

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió el expediente SRE-PSL-11/2022, promovido por el ciudadano Isaac Velásquez Rojas, quien denunció al edil por difundir propaganda gubernamental en periodo prohibido, durante el proceso de revocación de mandato.

Este jueves 18 de mayo, los magistrados confirmaron que el munícipe panista incurrió en difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido durante la consulta de revocación del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Al tiempo, descartaron los agravios relacionados con uso de recursos públicos.

Una vez dictada la sentencia, la Contraloría Municipal del Ayuntamiento de Puebla tendrá que determinar otra sanción aplicable para el alcalde.

Es decir que si Rivera Pérez no impugna la sanción, será el segundo castigo que reciba el por difundir publicidad gubernamental en veda electoral.

Hay que recordar que la queja contra el panista fue presentada ante la Junta Local número 21 del INE en Puebla el pasado 31 de marzo, por lo cual la autoridad electoral creó el expediente JL/PE/IVR/RM/PEF/PUE/2/2022 del procedimiento especial sancionador.

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