/ jueves 6 de mayo de 2021

Tumban candidaturas pluris de Garmendia, Evangelista, Mier y Tonantzin en Morena

La Sala Regional señala que se vulneró los principios de definitividad, certeza y legalidad por cambiar las reglas de selección a la designación directa

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las candidaturas plurinominales al Congreso del Estado de Puebla otorgadas por Morena a Daniela Mier Bañuelos, Tonantzin Fernández Díaz, Carlos Evangelista Aniceto y Edgar Garmendia de los Santos.

Lo anterior debido a que el acuerdo de la Comisión Nacional de Elecciones no se ajustó a la convocatoria emitida, pues el órgano partidista debió otorgar las cuatro postulaciones a través del método de insaculación y no por designación directa.

Así lo determinó al resolver el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SCM-JDC-815/2021, promovido por Juan Manuel Castillo Martínez, quien se ostenta como aspirante a una posición plurinominal.

El militante impugnó la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena que declaró infundados sus agravios y confirmó el acuerdo que reservó los primeros cuatro lugares de las listas de representación proporcional para acciones afirmativas de grupos de atención prioritaria.

En consecuencia, el Pleno de la Sala Regional Ciudad de México determinó que la Comisión Nacional de Elecciones vulneró los principios de definitividad, certeza y legalidad por cambiar las reglas de selección y optar por la designación directa.

El magistrado presidente Héctor Romero Bolaños acusó al órgano partidista de utilizar como pretexto la implementación de acciones afirmativas para repartir los primeros cuatro lugares de la lista, sin tomar en cuenta el sorteo que realizó y que se estableció en la convocatoria, lo cual vulnera los derechos de la militancia.

Refirió que la convocatoria establece que los métodos de elección serían la insaculación o encuesta, pero a la mitad del proceso se cambiaron las reglas.

“Dentro de las impugnantes había mujeres y decían: yo había sido insaculada. Si la justificación (de reservar los primeros cuatro lugares) era garantizar las acciones afirmativas, deben tomarse en consideración las personas insaculadas”, dijo.

Explicó que los cuatro primeros lugares de la lista son los que más posibilidades tienen de acceder al cargo de diputados plurinominales en el Congreso local y lo que Morena hizo fue empujar a las personas inscritas después del quinto lugar.

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las candidaturas plurinominales al Congreso del Estado de Puebla otorgadas por Morena a Daniela Mier Bañuelos, Tonantzin Fernández Díaz, Carlos Evangelista Aniceto y Edgar Garmendia de los Santos.

Lo anterior debido a que el acuerdo de la Comisión Nacional de Elecciones no se ajustó a la convocatoria emitida, pues el órgano partidista debió otorgar las cuatro postulaciones a través del método de insaculación y no por designación directa.

Así lo determinó al resolver el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SCM-JDC-815/2021, promovido por Juan Manuel Castillo Martínez, quien se ostenta como aspirante a una posición plurinominal.

El militante impugnó la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena que declaró infundados sus agravios y confirmó el acuerdo que reservó los primeros cuatro lugares de las listas de representación proporcional para acciones afirmativas de grupos de atención prioritaria.

En consecuencia, el Pleno de la Sala Regional Ciudad de México determinó que la Comisión Nacional de Elecciones vulneró los principios de definitividad, certeza y legalidad por cambiar las reglas de selección y optar por la designación directa.

El magistrado presidente Héctor Romero Bolaños acusó al órgano partidista de utilizar como pretexto la implementación de acciones afirmativas para repartir los primeros cuatro lugares de la lista, sin tomar en cuenta el sorteo que realizó y que se estableció en la convocatoria, lo cual vulnera los derechos de la militancia.

Refirió que la convocatoria establece que los métodos de elección serían la insaculación o encuesta, pero a la mitad del proceso se cambiaron las reglas.

“Dentro de las impugnantes había mujeres y decían: yo había sido insaculada. Si la justificación (de reservar los primeros cuatro lugares) era garantizar las acciones afirmativas, deben tomarse en consideración las personas insaculadas”, dijo.

Explicó que los cuatro primeros lugares de la lista son los que más posibilidades tienen de acceder al cargo de diputados plurinominales en el Congreso local y lo que Morena hizo fue empujar a las personas inscritas después del quinto lugar.

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