/ martes 12 de noviembre de 2019

Conceden amparos a Marín, Nacif y Karam para que magistrada subsane vicios

La disposición federal también fue otorgada a Kamel Nacif y Adolfo Karam

La justicia federal amparó a Mario Marín Torres, Kamel Nacif Borge y Hugo Adolfo Karam Beltrán, para efectos de que la magistrada que libró las órdenes de arresto en su contra, revise y subsane algunos vicios encontrados en dicha orden, según los acuerdos publicados este martes en el Poder de la Judicatura Federal. Ante lo cual, la periodista Lydia Cacho publicó en su cuenta de Twitter que la resolución anterior no elimina las órdenes de aprehensión por el delito federal de tortura cometido en su contra.

El amparo es solamente para que la magistrada cambie de tortura federal a ley de Quintana Roo. No se eliminan las órdenes de aprehensión.El castigo será el mismo. No nos rendiremos hasta que todos estén en prisión y sentenciados escribió la autora del libro los Demonios del Edén, en el que se denuncian actos de pornografía infantil.

Aunque en la versión pública de los acuerdos a los que se llegó el 11 de noviembre dentro de los expedientes 15, 16 y 40 radicados en 2019 en el Segundo Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito, con sede en Cancún, Quintana Roo, solo se señala el sobreseimiento de un juicio de amparo ante los actos reclamados por una autoridad, y como segundo punto, el amparo y protección de la justicia federal a los quejosos, en el documento exhibido por la periodista se precisa en qué sentido se dieron las anteriores conclusiones.

Sobre la resolución, se precisa que el amparo solo es en contra de la sentencia del 11 de abril de 2019, dictada por la magistrada del Primer Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito, en el toca penal 4/2019 mediante el cual se libró orden de arresto en contra del ex gobernador de Puebla, del llamado “Rey de la Mezclilla” y el ex jefe de la entonces Policía Judicial que habrían ordenando torturar a Lydia Cacho.

No obstante, tras hallar algunos vicios en las órdenes de aprehensión, los acusados interpusieron los recursos de amparo entre el 22 de abril y el 11 de julio de 2019, por lo que hoy, la magistrada en referencia deberá subsanar tal situación.

Cabe recordar que el 16 de diciembre de 2005, Lydia Cacho fue detenida por la entonces policía judicial de Puebla en la ciudad de Cancún, Quintana Roo, afuera del Centro Integral de Atención a la Mujer y sus Hijos A.C. (CIAM), para luego ser trasladada por carretera hacia la capital poblana.

Por lo anterior, los días 16 y ‪19 de diciembre‬ del mismo año, José Cacho Ribeiro presentó una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos, mientras que la misma Lydia Cacho, ‪el día 18 de diciembre‬, presentó dos escritos en los que narró los hechos cometidos en su contra.

El 23 de diciembre de 2005 la juez quinto de lo penal de Puebla dictó auto de formal prisión contra la escritora, por los delitos de difamación y calumnia, sin embargo, tras el pago de una fianza consiguió su libertad, además de que fue obligada a firmar cada mes.

Sin embargo, el 17 de enero de 2006 Lydia Cacho fue exonerada tras una apelación de su defensa ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, por lo que la periodista el 13 de marzo de 2006 interpuso una contrademanda ante la entonces Procuraduría General de la República (PGR) y la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Relacionados con actos de Violencia en Contra de las Mujeres (FEMIV).

Asimismo, el 4 de diciembre de 2018, Alejandro N, agente ministerial que participó en la detención de la periodista, fue capturado en Puebla por agentes de Quintana Roo por el delito de tortura.

La justicia federal amparó a Mario Marín Torres, Kamel Nacif Borge y Hugo Adolfo Karam Beltrán, para efectos de que la magistrada que libró las órdenes de arresto en su contra, revise y subsane algunos vicios encontrados en dicha orden, según los acuerdos publicados este martes en el Poder de la Judicatura Federal. Ante lo cual, la periodista Lydia Cacho publicó en su cuenta de Twitter que la resolución anterior no elimina las órdenes de aprehensión por el delito federal de tortura cometido en su contra.

El amparo es solamente para que la magistrada cambie de tortura federal a ley de Quintana Roo. No se eliminan las órdenes de aprehensión.El castigo será el mismo. No nos rendiremos hasta que todos estén en prisión y sentenciados escribió la autora del libro los Demonios del Edén, en el que se denuncian actos de pornografía infantil.

Aunque en la versión pública de los acuerdos a los que se llegó el 11 de noviembre dentro de los expedientes 15, 16 y 40 radicados en 2019 en el Segundo Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito, con sede en Cancún, Quintana Roo, solo se señala el sobreseimiento de un juicio de amparo ante los actos reclamados por una autoridad, y como segundo punto, el amparo y protección de la justicia federal a los quejosos, en el documento exhibido por la periodista se precisa en qué sentido se dieron las anteriores conclusiones.

Sobre la resolución, se precisa que el amparo solo es en contra de la sentencia del 11 de abril de 2019, dictada por la magistrada del Primer Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito, en el toca penal 4/2019 mediante el cual se libró orden de arresto en contra del ex gobernador de Puebla, del llamado “Rey de la Mezclilla” y el ex jefe de la entonces Policía Judicial que habrían ordenando torturar a Lydia Cacho.

No obstante, tras hallar algunos vicios en las órdenes de aprehensión, los acusados interpusieron los recursos de amparo entre el 22 de abril y el 11 de julio de 2019, por lo que hoy, la magistrada en referencia deberá subsanar tal situación.

Cabe recordar que el 16 de diciembre de 2005, Lydia Cacho fue detenida por la entonces policía judicial de Puebla en la ciudad de Cancún, Quintana Roo, afuera del Centro Integral de Atención a la Mujer y sus Hijos A.C. (CIAM), para luego ser trasladada por carretera hacia la capital poblana.

Por lo anterior, los días 16 y ‪19 de diciembre‬ del mismo año, José Cacho Ribeiro presentó una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos, mientras que la misma Lydia Cacho, ‪el día 18 de diciembre‬, presentó dos escritos en los que narró los hechos cometidos en su contra.

El 23 de diciembre de 2005 la juez quinto de lo penal de Puebla dictó auto de formal prisión contra la escritora, por los delitos de difamación y calumnia, sin embargo, tras el pago de una fianza consiguió su libertad, además de que fue obligada a firmar cada mes.

Sin embargo, el 17 de enero de 2006 Lydia Cacho fue exonerada tras una apelación de su defensa ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, por lo que la periodista el 13 de marzo de 2006 interpuso una contrademanda ante la entonces Procuraduría General de la República (PGR) y la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Relacionados con actos de Violencia en Contra de las Mujeres (FEMIV).

Asimismo, el 4 de diciembre de 2018, Alejandro N, agente ministerial que participó en la detención de la periodista, fue capturado en Puebla por agentes de Quintana Roo por el delito de tortura.

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