/ miércoles 18 de agosto de 2021

Dueños de animales que causen accidentes enfrentarían cargos

La tarde del pasado domingo un motociclista murió al chocar contra un caballo desbocado en el Periférico Ecológico

Aunque el Código Penal del Estado de Puebla no considera algún delito en específico para el dueño de un animal que provoque la muerte de una persona, los actos de omisión o inactividad en los que pudiera incurrir para no evitar este tipo de situaciones, podría derivar en cargos de homicidio culposo, por lo que en caso de hallar al propietario del caballo suelto que ocasionó que la tarde del domingo un motociclista derrapara y sufriera varias lesiones que le cobraron la vida en Periférico Ecológico, podría enfrentar diversas acusaciones. Cabe decir que de 2020 a lo que va de este año, el 9-1-1 recibió 40 llamadas por animales sueltos en el municipio de Puebla.

Rubenell Fernández Rodríguez, especialista en Derecho, explicó en entrevista para El Sol de Puebla, que “en este tipo de asuntos es complicado fincar alguna responsabilidad, ya que deben acreditarse o comprobarse diversas circunstancias, por ejemplo, que hubo un descuido del dueño para que el caballo se escapara, que mantenía al equino en un corral donde no estaba cercado y fácilmente pudiera escapar, o bien, para este hecho en específico, que el propietario tenía amarrado solo con un lazo al caballo y a orilla de Periférico Ecológico, sabiendo que podría desatarse y correr hacia esa zona por donde pasan diversos vehículos y ocasionar un accidente”.

Solo bajo los anteriores supuestos y con una investigación sólida, autoridades ministeriales y judiciales podrían sancionar al dueño del caballo que provocó el fatal accidente el pasado 15 de agosto.

Es así como podría encuadrarse responsabilidades por homicidio culposo con comisión por omisión o inactividad que finalmente, resultó en el deceso del joven motociclista de 23 años de edad, señala el abogado. Además de adicionarse cargos por daño a propiedad ajena por las afectaciones a la motocicleta en la que viajaba el hoy occiso.

Caso contrario ocurre, indica el entrevistado, si se justifica que el corral o el lugar donde se encontraba el caballo tenía todas las medidas, si cuando el animal escapó el dueño hizo todo lo posible para atraparlo y su condición física no permitió que lo evitara, en estos supuestos, por ningún motivo, existiría responsabilidad alguna en contra del dueño del caballo, puntualiza el litigante.

En este sentido, el Artículo 11 del Código Penal del Estado de Puebla señala que delito es el acto o la omisión que sancionan las leyes penales.

Mientras que el Artículo 23 refiere que “en los delitos de resultado material será atribuible el resultado típico producido a quien omita impedirlo, si éste tenía el deber jurídico de evitarlo, si: III.- Su inactividad es, en su eficacia, equivalente a la actividad prohibida en el tipo”.

Respecto a su sanción, el Artículo 83 precisa que los delitos culposos se sancionarán con prisión de tres días a cinco años y suspensión hasta de dos años del derecho de ejercer la profesión o el oficio, en cuyo ejercicio se hubiera cometido el delito.

Por otro lado, el delito de daño en propiedad ajena, según el Artículo 414 en su fracción primera, se castiga con un mes a dos años de prisión y multa de uno a tres días de salario, si los daños no son superiores al equivalente de cinco veces el salario mínimo, siendo necesaria la querella de la parte ofendida, no obstante, cuando por imprudencia se ocasionare daño en propiedad ajena, que no sea mayor de lo equivalente a cien días el salario mínimo, sólo se perseguirá a petición de parte y se sancionará con multa hasta por trescientos días de salario.

Siendo este el marco jurídico bajo el cual podría juzgarse los hechos ocurridos el pasado domingo en Periférico Ecológico, en la zona de San Francisco Totimehuacan, donde este medio observó varios puntos donde hay caballos sin vigilancia de los dueños.

Por su parte, al cierre de esta edición, la Fiscalía de Puebla no precisó si el caso sería investigado y si se buscaría al dueño del animal, cuyas características no se han dado a conocer.

DE 2020 A LA FECHA, 40 REPORTES POR ANIMALES SUELTOS

Sobre este tema, es de señalar que en un año y ocho meses, de enero 2020 a agosto de 2021, a través del número de emergencias 9-1-1, en la capital hubo un total de 40 reportes de animales sueltos que atendió Protección Civil del municipio de Puebla.

Incluso a través de redes sociales, en diversas ocasiones se alertó sobre caballos sueltos en Periférico Ecológico, representando un riesgo para automovilistas y motociclistas que circulaban por el sitio.

Al respecto, Eliezer Roldán Pérez, jefe del Departamento de Rescate Urbano y Grupo Relámpagos de la Secretaría de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos, dijo en entrevista para El Sol de Puebla que, durante los servicios atendidos por reportes de animales sueltos, a él y a su equipo le ha tocado rescatar víboras, abejas, aves, animales de bosque, perros y caballos.

Dependiendo el tipo de animales, es como se determina el uso de equipo especial y también, a dónde serán llevados, algunos son entregados Protección Animal, regresados a su hábitat o bien, se ponen a resguardo de alguna otra instancia encargada de velar por el cuidado de los animales.

En el caso de los caballos, estos son entregados a sus dueños, una vez que aparecen.

El entrevistado recuerda un caso de este tipo el año pasado, donde tuvieron que perseguir al caballo hasta alcanzarlo y enviarlo a resguardo hasta que apareció el propietario al cual le fue devuelto.

Aunque Protección Civil solo atiene este tipo de asuntos y no tiene la facultad de sancionar, piden tener mayor precaución en el cuidado de los animales y así evitar situaciones de riesgo.

Aunque el Código Penal del Estado de Puebla no considera algún delito en específico para el dueño de un animal que provoque la muerte de una persona, los actos de omisión o inactividad en los que pudiera incurrir para no evitar este tipo de situaciones, podría derivar en cargos de homicidio culposo, por lo que en caso de hallar al propietario del caballo suelto que ocasionó que la tarde del domingo un motociclista derrapara y sufriera varias lesiones que le cobraron la vida en Periférico Ecológico, podría enfrentar diversas acusaciones. Cabe decir que de 2020 a lo que va de este año, el 9-1-1 recibió 40 llamadas por animales sueltos en el municipio de Puebla.

Rubenell Fernández Rodríguez, especialista en Derecho, explicó en entrevista para El Sol de Puebla, que “en este tipo de asuntos es complicado fincar alguna responsabilidad, ya que deben acreditarse o comprobarse diversas circunstancias, por ejemplo, que hubo un descuido del dueño para que el caballo se escapara, que mantenía al equino en un corral donde no estaba cercado y fácilmente pudiera escapar, o bien, para este hecho en específico, que el propietario tenía amarrado solo con un lazo al caballo y a orilla de Periférico Ecológico, sabiendo que podría desatarse y correr hacia esa zona por donde pasan diversos vehículos y ocasionar un accidente”.

Solo bajo los anteriores supuestos y con una investigación sólida, autoridades ministeriales y judiciales podrían sancionar al dueño del caballo que provocó el fatal accidente el pasado 15 de agosto.

Es así como podría encuadrarse responsabilidades por homicidio culposo con comisión por omisión o inactividad que finalmente, resultó en el deceso del joven motociclista de 23 años de edad, señala el abogado. Además de adicionarse cargos por daño a propiedad ajena por las afectaciones a la motocicleta en la que viajaba el hoy occiso.

Caso contrario ocurre, indica el entrevistado, si se justifica que el corral o el lugar donde se encontraba el caballo tenía todas las medidas, si cuando el animal escapó el dueño hizo todo lo posible para atraparlo y su condición física no permitió que lo evitara, en estos supuestos, por ningún motivo, existiría responsabilidad alguna en contra del dueño del caballo, puntualiza el litigante.

En este sentido, el Artículo 11 del Código Penal del Estado de Puebla señala que delito es el acto o la omisión que sancionan las leyes penales.

Mientras que el Artículo 23 refiere que “en los delitos de resultado material será atribuible el resultado típico producido a quien omita impedirlo, si éste tenía el deber jurídico de evitarlo, si: III.- Su inactividad es, en su eficacia, equivalente a la actividad prohibida en el tipo”.

Respecto a su sanción, el Artículo 83 precisa que los delitos culposos se sancionarán con prisión de tres días a cinco años y suspensión hasta de dos años del derecho de ejercer la profesión o el oficio, en cuyo ejercicio se hubiera cometido el delito.

Por otro lado, el delito de daño en propiedad ajena, según el Artículo 414 en su fracción primera, se castiga con un mes a dos años de prisión y multa de uno a tres días de salario, si los daños no son superiores al equivalente de cinco veces el salario mínimo, siendo necesaria la querella de la parte ofendida, no obstante, cuando por imprudencia se ocasionare daño en propiedad ajena, que no sea mayor de lo equivalente a cien días el salario mínimo, sólo se perseguirá a petición de parte y se sancionará con multa hasta por trescientos días de salario.

Siendo este el marco jurídico bajo el cual podría juzgarse los hechos ocurridos el pasado domingo en Periférico Ecológico, en la zona de San Francisco Totimehuacan, donde este medio observó varios puntos donde hay caballos sin vigilancia de los dueños.

Por su parte, al cierre de esta edición, la Fiscalía de Puebla no precisó si el caso sería investigado y si se buscaría al dueño del animal, cuyas características no se han dado a conocer.

DE 2020 A LA FECHA, 40 REPORTES POR ANIMALES SUELTOS

Sobre este tema, es de señalar que en un año y ocho meses, de enero 2020 a agosto de 2021, a través del número de emergencias 9-1-1, en la capital hubo un total de 40 reportes de animales sueltos que atendió Protección Civil del municipio de Puebla.

Incluso a través de redes sociales, en diversas ocasiones se alertó sobre caballos sueltos en Periférico Ecológico, representando un riesgo para automovilistas y motociclistas que circulaban por el sitio.

Al respecto, Eliezer Roldán Pérez, jefe del Departamento de Rescate Urbano y Grupo Relámpagos de la Secretaría de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos, dijo en entrevista para El Sol de Puebla que, durante los servicios atendidos por reportes de animales sueltos, a él y a su equipo le ha tocado rescatar víboras, abejas, aves, animales de bosque, perros y caballos.

Dependiendo el tipo de animales, es como se determina el uso de equipo especial y también, a dónde serán llevados, algunos son entregados Protección Animal, regresados a su hábitat o bien, se ponen a resguardo de alguna otra instancia encargada de velar por el cuidado de los animales.

En el caso de los caballos, estos son entregados a sus dueños, una vez que aparecen.

El entrevistado recuerda un caso de este tipo el año pasado, donde tuvieron que perseguir al caballo hasta alcanzarlo y enviarlo a resguardo hasta que apareció el propietario al cual le fue devuelto.

Aunque Protección Civil solo atiene este tipo de asuntos y no tiene la facultad de sancionar, piden tener mayor precaución en el cuidado de los animales y así evitar situaciones de riesgo.

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