La Ley Federal del Trabajo protege los derechos de los empleados al interior del país, en ella se encuentran cuáles son los días de descanso oficiales, el aguinaldo, el pago por hacer horas extras, capacitaciones, despidos injustificados y más.
También aquí se contemplan las vacaciones, que son el periodo de asueto que se le otorga al trabajador después de tener varios meses laborando en la misma organización, y los patrones están obligados a liberarlas.
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Las dudas que surgen sobre el ámbito laboral son muchas, pero aquí exponemos qué dice la ley sobre las vacaciones, cuántos te toca y cómo aumentan.
DÍAS DE VACACIONES POR LEY
El personal que haya laborado un año en la empresa tiene derecho a este temporada de asueto pagada que, se proporcionará de manera anual, no será menor a seis días e irá creciendo dos por año; es decir, la primera vez son seis, la segunda ocho y así consecutivamente.
Esto aplica hasta llegar a los 4 en los que se dan 12 días, a partir de aquí se aumentarán dos pero cada cinco años, esto quiere decir que desde el quinto año de trabajo hasta el noveno serán 14 días, del décimo al quinceavo serán 16.
Un ejemplo es que en si en tu primer año sales un miércoles de vacaciones, regresarías hasta el jueves, cabe señalar que el día de descanso habitual no se cuenta. Tampoco se pueden compensar con remuneración.
PRIMA VACACIONAL
En este periodo se paga la prima vacacional, que es una cantidad extra que se les brinda a los empleados para que disfruten de sus vacaciones; el monto depende del salario de cada persona, y de los años que lleve en la compañía.
Para saber a cuánto corresponde es necesario conocer la paga diaria, se multiplica por los días de vacaciones, y después ese resultado por .25, y esto será lo que te depositarán.
En caso de no percibirla existe la opción de levantar un reporte ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), los números dependen del estado en donde radiques, en Puebla puedes llamar al 222 249 8814.