/ viernes 22 de enero de 2021

Realizan prueba Covid a poblano que ganó amparo para ser vacunado

El vecino de Zacatlán espera el resultado el lunes para que le definan la viabilidad de la primera dosis

Luego de que un poblano del municipio de Zacatlán ganara un amparo para recibir la vacuna de Covid-19, médicos del Hospital General del municipio serrano valoraron la condición física general del hombre de 78 años y le realizaron una prueba Covid-19 para descartar que sea portador del virus.

Fernando Giovanni Hernández González, abogado del ciudadano, confirmó que será hasta el próximo lunes cuando se defina la aplicación o no de la dosis vacuna contra el Covid, una vez que se tengan los resultados de la prueba aplicada a su cliente.

Como El Sol de Puebla informó este jueves, se llevó a cabo la valoración del estado médico del hombre para determinar la factibilidad o no de la inoculación, debido a que en días previos reportó signos y síntomas similares a los del virus SARS-CoV-2.

La explicación que le dieron los médicos del hospital es que tiene que salir negativo en la prueba para que le apliquen la vacuna, porque según el especialista que lo valoró, si el resultado es positivo podrían regresar los síntomas asociados al virus.

De acuerdo con lo informado por el abogado, el amparo 33/2021 fue interpuesto ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y del Trabajo en Juicios Federales en el Estado de Puebla, donde la mañana del miércoles fue concedida la sentencia a favor del poblano, quien argumentó presentar dos comorbilidades: diabetes e hipertensión.

En la resolución el juzgado ordenó la valoración del ciudadano a fin de que le sea aplicada la dosis requerida. En el documento de sentencia se puede leer: "valore el estado de salud de la parte quejosa y, bajo su más estricta consideración, le suministre la vacuna al promovente en el momento que considere oportuno, debiendo priorizar en todo momento la integridad física del quejoso”.

Los actos reclamados eran por violación al artículo constitucional 1, párrafo segundo y cuatro, en el que se ampara la protección a los derechos humanos con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Luego de que un poblano del municipio de Zacatlán ganara un amparo para recibir la vacuna de Covid-19, médicos del Hospital General del municipio serrano valoraron la condición física general del hombre de 78 años y le realizaron una prueba Covid-19 para descartar que sea portador del virus.

Fernando Giovanni Hernández González, abogado del ciudadano, confirmó que será hasta el próximo lunes cuando se defina la aplicación o no de la dosis vacuna contra el Covid, una vez que se tengan los resultados de la prueba aplicada a su cliente.

Como El Sol de Puebla informó este jueves, se llevó a cabo la valoración del estado médico del hombre para determinar la factibilidad o no de la inoculación, debido a que en días previos reportó signos y síntomas similares a los del virus SARS-CoV-2.

La explicación que le dieron los médicos del hospital es que tiene que salir negativo en la prueba para que le apliquen la vacuna, porque según el especialista que lo valoró, si el resultado es positivo podrían regresar los síntomas asociados al virus.

De acuerdo con lo informado por el abogado, el amparo 33/2021 fue interpuesto ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y del Trabajo en Juicios Federales en el Estado de Puebla, donde la mañana del miércoles fue concedida la sentencia a favor del poblano, quien argumentó presentar dos comorbilidades: diabetes e hipertensión.

En la resolución el juzgado ordenó la valoración del ciudadano a fin de que le sea aplicada la dosis requerida. En el documento de sentencia se puede leer: "valore el estado de salud de la parte quejosa y, bajo su más estricta consideración, le suministre la vacuna al promovente en el momento que considere oportuno, debiendo priorizar en todo momento la integridad física del quejoso”.

Los actos reclamados eran por violación al artículo constitucional 1, párrafo segundo y cuatro, en el que se ampara la protección a los derechos humanos con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

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