/ miércoles 5 de febrero de 2020

Ratifica TEEP triunfo de Zaldívar como dirigente municipal del PAN

El principio de certeza no fue vulnerado, como lo señaló su opositor Eduardo Alcántara

Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) confirmaron el triunfo de Jesús Zaldívar Benavides como dirigente del PAN en el municipio de Puebla tras declarar infundados los agravios del recurso de apelación que presentó Eduardo Alcántara Montiel, candidato que perdió en la elección del 25 de agosto de 2019.

En la sesión pública este miércoles declararon inoperantes los 13 agravios presentados por Alcántara, ex aspirante a presidente del Comité Directivo Municipal del PAN en Puebla, quien pretendía dejar sin efecto la resolución de la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del blanquiazul del 29 de octubre que confirmó a Zaldívar como ganador.

Los magistrados determinaron infundada la irregularidad denunciada sobre que se violó la cadena de custodia, debido a que los paquetes electorales estuvieron a la vista de los votantes y no se alteraron, por lo que el principio de certeza no fue vulnerado.

Confirmaron que en la elección se entregaron 2 mil 562 boletas electorales, pero solo 2 mil 433 se depositaron en las urnas, es decir hubo una diferencia de 181 votos, hecho que no resultó determinante. Tampoco se calificó como grave el hallazgo de boletas tiradas en el baño de una cafetería cercana al salón Country de San Manuel donde se realizó la votación.

Se declaró infundado el agravio de los actos de violencia ocurridos en la asamblea del 25 de agosto, ya que fue circunstancial y no determinante para el resultado de la votación.

Sobre el padrón de militantes, el tribunal reconoció que hasta después de la votación el Instituto Nacional Electoral (INE) detectó anomalías y ordenó depurarlo, no obstante, Alcántara pudo conocer el listado nominal desde julio del año anterior y no lo impugnó.

Solo la violación a su derecho de petición, los magistrados declararon fundada la queja tras comprobarse que la Comisión Organizadora ignoró su solicitud de que en la votación se utilizara tinta indeleble, sin embargo, esto tampoco resultó determinante en la elección.

Aunque Alcántara presentó escritos para ampliar su demanda, estas manifestaciones fueron desechadas debido a que los agravios expuestos fueron confusos y no fue claro en las violaciones y causas para anular los resultados de la asamblea municipal del PAN

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Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) confirmaron el triunfo de Jesús Zaldívar Benavides como dirigente del PAN en el municipio de Puebla tras declarar infundados los agravios del recurso de apelación que presentó Eduardo Alcántara Montiel, candidato que perdió en la elección del 25 de agosto de 2019.

En la sesión pública este miércoles declararon inoperantes los 13 agravios presentados por Alcántara, ex aspirante a presidente del Comité Directivo Municipal del PAN en Puebla, quien pretendía dejar sin efecto la resolución de la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del blanquiazul del 29 de octubre que confirmó a Zaldívar como ganador.

Los magistrados determinaron infundada la irregularidad denunciada sobre que se violó la cadena de custodia, debido a que los paquetes electorales estuvieron a la vista de los votantes y no se alteraron, por lo que el principio de certeza no fue vulnerado.

Confirmaron que en la elección se entregaron 2 mil 562 boletas electorales, pero solo 2 mil 433 se depositaron en las urnas, es decir hubo una diferencia de 181 votos, hecho que no resultó determinante. Tampoco se calificó como grave el hallazgo de boletas tiradas en el baño de una cafetería cercana al salón Country de San Manuel donde se realizó la votación.

Se declaró infundado el agravio de los actos de violencia ocurridos en la asamblea del 25 de agosto, ya que fue circunstancial y no determinante para el resultado de la votación.

Sobre el padrón de militantes, el tribunal reconoció que hasta después de la votación el Instituto Nacional Electoral (INE) detectó anomalías y ordenó depurarlo, no obstante, Alcántara pudo conocer el listado nominal desde julio del año anterior y no lo impugnó.

Solo la violación a su derecho de petición, los magistrados declararon fundada la queja tras comprobarse que la Comisión Organizadora ignoró su solicitud de que en la votación se utilizara tinta indeleble, sin embargo, esto tampoco resultó determinante en la elección.

Aunque Alcántara presentó escritos para ampliar su demanda, estas manifestaciones fueron desechadas debido a que los agravios expuestos fueron confusos y no fue claro en las violaciones y causas para anular los resultados de la asamblea municipal del PAN

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