/ martes 7 de julio de 2020

Se niega Derechos Humanos de Puebla a reabrir caso Chalchihuapan

El organismo local asegura que no tiene atribuciones para hacerlo y es competencia de la Comisión Nacional 

A seis años de la protesta que provocó la muerte de un menor de edad en San Bernardino Chalchihuapan, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH), informó que no reabrirá la investigación del caso debido a que no tiene atribuciones legales para hacerlo y es competencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

En un comunicado señaló que tras analizar la solicitud de reapertura del expediente de los hechos ocurridos el 9 de julio de 2014 en la junta auxiliar de Chalchihuapan, concluyó que no tiene facultades, ya que en su momento la CNDH atrajo la investigación y resolvió que hubo violaciones a los derechos humanos de las personas agraviadas en la manifestación.

Recordó que el 11 de septiembre de 2014 la CNDH emitió la recomendación 2VG/2014 donde determinó que existían elementos necesarios para acreditar las violaciones a los derechos humanos de las víctimas directas e indirectas, en la que se requirió al entonces gobernador Rafael Moreno Valle Rosas la reparación integral a los afectados.

Posteriormente el organismo nacional abrió el expediente de seguimiento de la recomendación para observar el cumplimiento de cada uno de los puntos recomendatorios por parte del gobierno estatal, proceso en el que no intervino la CDH.

El 21 de noviembre de 2019, la Comisión de Derechos Humanos de Puebla recibió el escrito de una víctima (Elia Tamayo), por lo que abrió el expediente 7433/2019 en el que requería la reapertura de las investigaciones y señalaba omisiones y hechos violatorios a sus derechos humanos que no fueron contemplados en la recomendación de la CNDH.

“Una vez descrita la situación en la que se encuentra el caso, impide legalmente a la CDH Puebla revisar el asunto ya determinado por la CNDH, ya que una vez emitida la declaración de violación grave a los derechos humanos y asumida la facultad de atracción del expediente de queja, aunado a que este organismo estatal no cuenta con atribuciones legales para tal efecto… es competencia de la Comisión nacional”, informó.

SOLICITUD DE REAPERTURA DEBE TURNARSE A CNDH

La CDH explicó que la institución que debe conocer de una reapertura, de omisiones o bien sobre hechos nuevos relacionados con el caso, es estrictamente la CNDH.

Elia Tamayo solicitó al organismo estatal que se investigue a quien fue en su momento secretario de Seguridad Pública del Estado de Puebla, Facundo Rosas Rosas, y el Fiscal General del Estado, Víctor Carrancá Bourget, en el gobierno de Moreno Valle.

No obstante, la CDH refirió que de las actuaciones en el expediente de queja que integró la CNDH –los funcionarios– fueron investigados, por lo que concluyó que las manifestaciones de la madre del niño José Luis Tehuatlie Tamayo, son los mismos hechos materia de la recomendación de la CNDH y que debe ser turnado para su conocimiento y resolución.


A seis años de la protesta que provocó la muerte de un menor de edad en San Bernardino Chalchihuapan, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH), informó que no reabrirá la investigación del caso debido a que no tiene atribuciones legales para hacerlo y es competencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

En un comunicado señaló que tras analizar la solicitud de reapertura del expediente de los hechos ocurridos el 9 de julio de 2014 en la junta auxiliar de Chalchihuapan, concluyó que no tiene facultades, ya que en su momento la CNDH atrajo la investigación y resolvió que hubo violaciones a los derechos humanos de las personas agraviadas en la manifestación.

Recordó que el 11 de septiembre de 2014 la CNDH emitió la recomendación 2VG/2014 donde determinó que existían elementos necesarios para acreditar las violaciones a los derechos humanos de las víctimas directas e indirectas, en la que se requirió al entonces gobernador Rafael Moreno Valle Rosas la reparación integral a los afectados.

Posteriormente el organismo nacional abrió el expediente de seguimiento de la recomendación para observar el cumplimiento de cada uno de los puntos recomendatorios por parte del gobierno estatal, proceso en el que no intervino la CDH.

El 21 de noviembre de 2019, la Comisión de Derechos Humanos de Puebla recibió el escrito de una víctima (Elia Tamayo), por lo que abrió el expediente 7433/2019 en el que requería la reapertura de las investigaciones y señalaba omisiones y hechos violatorios a sus derechos humanos que no fueron contemplados en la recomendación de la CNDH.

“Una vez descrita la situación en la que se encuentra el caso, impide legalmente a la CDH Puebla revisar el asunto ya determinado por la CNDH, ya que una vez emitida la declaración de violación grave a los derechos humanos y asumida la facultad de atracción del expediente de queja, aunado a que este organismo estatal no cuenta con atribuciones legales para tal efecto… es competencia de la Comisión nacional”, informó.

SOLICITUD DE REAPERTURA DEBE TURNARSE A CNDH

La CDH explicó que la institución que debe conocer de una reapertura, de omisiones o bien sobre hechos nuevos relacionados con el caso, es estrictamente la CNDH.

Elia Tamayo solicitó al organismo estatal que se investigue a quien fue en su momento secretario de Seguridad Pública del Estado de Puebla, Facundo Rosas Rosas, y el Fiscal General del Estado, Víctor Carrancá Bourget, en el gobierno de Moreno Valle.

No obstante, la CDH refirió que de las actuaciones en el expediente de queja que integró la CNDH –los funcionarios– fueron investigados, por lo que concluyó que las manifestaciones de la madre del niño José Luis Tehuatlie Tamayo, son los mismos hechos materia de la recomendación de la CNDH y que debe ser turnado para su conocimiento y resolución.


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