/ viernes 16 de octubre de 2020

El despido… en materia laboral

La otra pandemia que estamos viviendo, no solo en México sino en el mundo entero, es la económica, y una de sus funestas consecuencias es el cierre de empresas, por un lado, y el despido de trabajadores por el otro, circunstancias que son ya preocupantes para los gobiernos. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) señala la cantidad de 25 millones de trabajadores despedidos en el mundo a consecuencia de la pandemia. México tiene como cifra oficial la cantidad de 2 millones 100 mil trabajadores formales despedidos y 10 millones 400 mil trabajadores informales despedidos, según informe de Jonathan Heath, Subgobernador del Banco de México.

Como estudioso de la materia y entendiendo claramente que su finalidad es buscar la dignidad del trabajador y la permanencia de los empleos, considero que hoy, agravado por la crisis sanitaria, nuestro Derecho del Trabajo atraviesa por la más severa fractura de su historia. Y el despido, en la forma exponencial que se está dando, es precisamente la cara de esa triste realidad. Ya de suyo el llamado neoliberalismo había transformado el Derecho del Trabajo en el Derecho del empleo y lo había reducido a un simple instrumento de cambio en el mercado. Fue precisamente en México, con la reforma laboral del Presidente Felipe Calderón, cuando hizo su aparición en nuestro Derecho, vulnerando los dos principios básicos en los que se sostiene: a) La Justicia Social y b) la Estabilidad en el Empleo, abaratando el despido e introduciendo los trabajos precarios.

Hoy los salarios vencidos, o caídos como se les conoce, que son los salarios que un trabajador despedido injustificadamente ha dejado de percibir durante el juicio de reinstalación o de indemnización, se han reducido a doce meses solamente, y si el juicio aún no concluye en ese tiempo se pagará al trabajador los intereses que genere sobre el importe de 15 meses de salario, a razón del 2% mensual.

Con esta triste y deplorable realidad, al empleador le resulta barato despedir a un trabajador injustificadamente, y a su vez, al trabajador lo están obligando a conciliaciones forzadas para recibir una cantidad de dinero que atenúe un poco sus necesidades ingentes. La reforma laboral del 2019 no revertió este dislate y relativizo aún más la formalidad del aviso de despido, todo ello en beneficio de los empleadores. A mayor abundamiento de este panorama tenemos la transición de la nueva justicia laboral y la desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, con el enorme rezago de asuntos que éstas traen, que hace que los nuevos juicios tarden en radicarse, y aún más habiendo estado cerradas las oficinas por la pandemia.

Existen dos iniciativas en el Senado de la República, la primera del Senador Napoleón Gómez Urrutia, quien funge como Presidente de la Comisión del Trabajo y que pretende volver a la antigua normatividad en materia de salarios caídos, para que estos corran hasta la total conclusión del juicio; y otra, que solo duplica a un año más la vigencia de los intereses, aumentando estos en un 2% más. La realidad es que el abuso del Derecho por parte de litigantes venales dio pauta a abolir el derecho de los trabajadores en cuanto a los salario vencidos, de percibirlos hasta que sus juicios concluyeran con el pago decretado por la autoridad. La dilación dolosa del procedimiento para abultar más las indemnizaciones y lógicamente los honorarios de algunos abogados que patrocinan a trabajadores, obligó al legislador a cancelar este derecho, pagando justos por pecadores

Ante esta deplorable realidad, considero que es tiempo de pensar, por parte de estudiosos y legisladores, en que la materia del despido laboral pase a ser parte de la Seguridad Social, y que el trabajador despedido no tenga que recorrer el terrible viacrucis de un juicio laboral, con resultados inciertos.

GRACIAS PUEBLA.

La otra pandemia que estamos viviendo, no solo en México sino en el mundo entero, es la económica, y una de sus funestas consecuencias es el cierre de empresas, por un lado, y el despido de trabajadores por el otro, circunstancias que son ya preocupantes para los gobiernos. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) señala la cantidad de 25 millones de trabajadores despedidos en el mundo a consecuencia de la pandemia. México tiene como cifra oficial la cantidad de 2 millones 100 mil trabajadores formales despedidos y 10 millones 400 mil trabajadores informales despedidos, según informe de Jonathan Heath, Subgobernador del Banco de México.

Como estudioso de la materia y entendiendo claramente que su finalidad es buscar la dignidad del trabajador y la permanencia de los empleos, considero que hoy, agravado por la crisis sanitaria, nuestro Derecho del Trabajo atraviesa por la más severa fractura de su historia. Y el despido, en la forma exponencial que se está dando, es precisamente la cara de esa triste realidad. Ya de suyo el llamado neoliberalismo había transformado el Derecho del Trabajo en el Derecho del empleo y lo había reducido a un simple instrumento de cambio en el mercado. Fue precisamente en México, con la reforma laboral del Presidente Felipe Calderón, cuando hizo su aparición en nuestro Derecho, vulnerando los dos principios básicos en los que se sostiene: a) La Justicia Social y b) la Estabilidad en el Empleo, abaratando el despido e introduciendo los trabajos precarios.

Hoy los salarios vencidos, o caídos como se les conoce, que son los salarios que un trabajador despedido injustificadamente ha dejado de percibir durante el juicio de reinstalación o de indemnización, se han reducido a doce meses solamente, y si el juicio aún no concluye en ese tiempo se pagará al trabajador los intereses que genere sobre el importe de 15 meses de salario, a razón del 2% mensual.

Con esta triste y deplorable realidad, al empleador le resulta barato despedir a un trabajador injustificadamente, y a su vez, al trabajador lo están obligando a conciliaciones forzadas para recibir una cantidad de dinero que atenúe un poco sus necesidades ingentes. La reforma laboral del 2019 no revertió este dislate y relativizo aún más la formalidad del aviso de despido, todo ello en beneficio de los empleadores. A mayor abundamiento de este panorama tenemos la transición de la nueva justicia laboral y la desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, con el enorme rezago de asuntos que éstas traen, que hace que los nuevos juicios tarden en radicarse, y aún más habiendo estado cerradas las oficinas por la pandemia.

Existen dos iniciativas en el Senado de la República, la primera del Senador Napoleón Gómez Urrutia, quien funge como Presidente de la Comisión del Trabajo y que pretende volver a la antigua normatividad en materia de salarios caídos, para que estos corran hasta la total conclusión del juicio; y otra, que solo duplica a un año más la vigencia de los intereses, aumentando estos en un 2% más. La realidad es que el abuso del Derecho por parte de litigantes venales dio pauta a abolir el derecho de los trabajadores en cuanto a los salario vencidos, de percibirlos hasta que sus juicios concluyeran con el pago decretado por la autoridad. La dilación dolosa del procedimiento para abultar más las indemnizaciones y lógicamente los honorarios de algunos abogados que patrocinan a trabajadores, obligó al legislador a cancelar este derecho, pagando justos por pecadores

Ante esta deplorable realidad, considero que es tiempo de pensar, por parte de estudiosos y legisladores, en que la materia del despido laboral pase a ser parte de la Seguridad Social, y que el trabajador despedido no tenga que recorrer el terrible viacrucis de un juicio laboral, con resultados inciertos.

GRACIAS PUEBLA.