/ lunes 21 de febrero de 2022

¿Perdiste tu acta de nacimiento? Aquí el trámite, requisitos y costo para la búsqueda en Puebla

Este proceso también se puede realizar para la localización de actas de matrimonio, defunción, divorcio o reconocimiento

Si requieres realizar un trámite, pero perdiste tu acta de nacimiento y al momento de querer descargarla en línea te percatas que no se encuentra en el sistema, existe un proceso mediante el que podrás buscarla para recuperarla y tenerla disponible para trámites futuros.

Cabe señalar que este proceso se encuentra dirigido principalmente para quienes desconocen los datos de ubicación registral, es decir del sitio en el que fue generada el acta, entre los que se encuentran el juzgado, año, libro y número de acta.

Los requisitos que el interesado debe presentar son el nombre del titular del acta, el juzgado en el que el interesado desea realizar la búsqueda, indicar los años en los cuales se desea realizar la búsqueda, así como una fecha probable de registro.

¿CUÁL ES EL PROCESO PARA REALIZAR LA BÚSQUEDA DE UN ACTA DE NACIMIENTO?

Para que las autoridades puedan realizar la búsqueda del acta de nacimiento de una persona, el interesado debe acudir a la ventanilla de folios a fin de verificar si el documento se encuentra o no cargado en el sistema.

Una vez que se haya confirmado que el documento no existe en el sistema, el ciudadano o la ciudadana debe presentar sus datos y realizar el pago correspondiente en cajas.

Cabe señalar que el costo de este trámite es de 53 pesos por cada año y juzgado que se revise, por el concepto de búsqueda de actas en el archivo de los juzgados o de la Dirección General del Registro del Estado Civil de las Personas.

Para concluir el trámite, el interesado debe presentarse a los cinco días hábiles de iniciado el trámite con su comprobante de pago a fin de recoger el resultado que haya arrojado la búsqueda.

Por su pare la Dirección General del Registro del Estado Civil de las Personas destaca que el solicitante es quien decide los juzgados y años de búsqueda, además de que entre más datos se puedan proporcionar, mayor será la posibilidad de éxito.

Finalmente, es importante indicar que este tipo de búsquedas no sólo aplica para un acta de nacimiento, sino también de matrimonio, defunción. divorcio o reconocimiento.

Si requieres realizar un trámite, pero perdiste tu acta de nacimiento y al momento de querer descargarla en línea te percatas que no se encuentra en el sistema, existe un proceso mediante el que podrás buscarla para recuperarla y tenerla disponible para trámites futuros.

Cabe señalar que este proceso se encuentra dirigido principalmente para quienes desconocen los datos de ubicación registral, es decir del sitio en el que fue generada el acta, entre los que se encuentran el juzgado, año, libro y número de acta.

Los requisitos que el interesado debe presentar son el nombre del titular del acta, el juzgado en el que el interesado desea realizar la búsqueda, indicar los años en los cuales se desea realizar la búsqueda, así como una fecha probable de registro.

¿CUÁL ES EL PROCESO PARA REALIZAR LA BÚSQUEDA DE UN ACTA DE NACIMIENTO?

Para que las autoridades puedan realizar la búsqueda del acta de nacimiento de una persona, el interesado debe acudir a la ventanilla de folios a fin de verificar si el documento se encuentra o no cargado en el sistema.

Una vez que se haya confirmado que el documento no existe en el sistema, el ciudadano o la ciudadana debe presentar sus datos y realizar el pago correspondiente en cajas.

Cabe señalar que el costo de este trámite es de 53 pesos por cada año y juzgado que se revise, por el concepto de búsqueda de actas en el archivo de los juzgados o de la Dirección General del Registro del Estado Civil de las Personas.

Para concluir el trámite, el interesado debe presentarse a los cinco días hábiles de iniciado el trámite con su comprobante de pago a fin de recoger el resultado que haya arrojado la búsqueda.

Por su pare la Dirección General del Registro del Estado Civil de las Personas destaca que el solicitante es quien decide los juzgados y años de búsqueda, además de que entre más datos se puedan proporcionar, mayor será la posibilidad de éxito.

Finalmente, es importante indicar que este tipo de búsquedas no sólo aplica para un acta de nacimiento, sino también de matrimonio, defunción. divorcio o reconocimiento.

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