/ domingo 3 de marzo de 2024

IEE aprueba lineamientos para garantizar imparcialidad en el proceso electoral local

Las referidas disposiciones tienen por objeto definir las reglas y mandatos que deben cumplir los sujetos obligados

El Instituto Electoral del Estado (IEE) aprobó los Lineamientos para garantizar la imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, en el proceso electoral local vigente, en el que destaca la restricción de funcionarios relacionados con la entrega de programas sociales como observadores electorales.

Las referidas disposiciones tienen por objeto definir las reglas y mandatos que deben cumplir los sujetos obligados, a fin de garantizar los principios de certeza, legalidad e imparcialidad en dicha contienda, en la que se elegirán el 2 de junio de este año al jefe del Ejecutivo local, legisladores locales y federales, así como alcaldes para los 217 ayuntamientos.

En el documento se expone que estos son obligatorios para las personas servidoras públicas de cualquiera de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito geográfico de la entidad poblana, así como aquellos que tengan injerencia en programas sociales, ya sea difusión, empadronamiento o entrega.

Se establece que estos personajes no podrán participar como observadores electorales, con la finalidad de blindar el día de la contienda electoral. Esto también aplica para quienes pretendan ser representantes de partidos políticos o de una candidatura independiente, por lo que en los escritos de la toma de protesta se incluirán leyendas en donde se proteste no ser servidora pública.

“Aquellas personas que se desempeñen como funcionarias públicas de confianza con mando superior, en cualquiera de los tres órdenes de gobierno, vinculadas con programas sociales, las personas operadoras de programas sociales y actividades institucionales, así como las personas servidoras de la nación, estarán impedidas para acreditarse como observadoras electorales”, se menciona.

Asimismo, se refiere que las personas vinculadas a los programas sociales no pueden emitir opiniones que impliquen una promoción personalizada a favor de una candidatura o instituto políticos, asistir a los eventos de entrega o el condicionamiento de las ayudas

La suspensión de los apoyos, amenaza de no hacerlo o el prometer más ayudas, también forman parte de las acciones que no se encuentran permitidas para los funcionarios públicos.

“Deberán conducir su actuar de manera institucional, sin realizar actos o manifestaciones que generen la percepción en la ciudadanía de que los beneficios entregados son atribuibles a una persona o partido político”, se establece.

Finalmente se señala que cualquier infracción a los Lineamientos será conocida a través del trámite y sustanciación del procedimiento especial sancionador, contemplado en la Ley Procesal Electoral del Estado de Puebla.

El Instituto Electoral del Estado (IEE) aprobó los Lineamientos para garantizar la imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, en el proceso electoral local vigente, en el que destaca la restricción de funcionarios relacionados con la entrega de programas sociales como observadores electorales.

Las referidas disposiciones tienen por objeto definir las reglas y mandatos que deben cumplir los sujetos obligados, a fin de garantizar los principios de certeza, legalidad e imparcialidad en dicha contienda, en la que se elegirán el 2 de junio de este año al jefe del Ejecutivo local, legisladores locales y federales, así como alcaldes para los 217 ayuntamientos.

En el documento se expone que estos son obligatorios para las personas servidoras públicas de cualquiera de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito geográfico de la entidad poblana, así como aquellos que tengan injerencia en programas sociales, ya sea difusión, empadronamiento o entrega.

Se establece que estos personajes no podrán participar como observadores electorales, con la finalidad de blindar el día de la contienda electoral. Esto también aplica para quienes pretendan ser representantes de partidos políticos o de una candidatura independiente, por lo que en los escritos de la toma de protesta se incluirán leyendas en donde se proteste no ser servidora pública.

“Aquellas personas que se desempeñen como funcionarias públicas de confianza con mando superior, en cualquiera de los tres órdenes de gobierno, vinculadas con programas sociales, las personas operadoras de programas sociales y actividades institucionales, así como las personas servidoras de la nación, estarán impedidas para acreditarse como observadoras electorales”, se menciona.

Asimismo, se refiere que las personas vinculadas a los programas sociales no pueden emitir opiniones que impliquen una promoción personalizada a favor de una candidatura o instituto políticos, asistir a los eventos de entrega o el condicionamiento de las ayudas

La suspensión de los apoyos, amenaza de no hacerlo o el prometer más ayudas, también forman parte de las acciones que no se encuentran permitidas para los funcionarios públicos.

“Deberán conducir su actuar de manera institucional, sin realizar actos o manifestaciones que generen la percepción en la ciudadanía de que los beneficios entregados son atribuibles a una persona o partido político”, se establece.

Finalmente se señala que cualquier infracción a los Lineamientos será conocida a través del trámite y sustanciación del procedimiento especial sancionador, contemplado en la Ley Procesal Electoral del Estado de Puebla.

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