/ martes 31 de octubre de 2017

¡Oficial! A partir del 8 de noviembre pasajeros estarán protegidos por nueva ley de aviación

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT),confirmó que la industria aérea se encuentra lista paraaplicar los cambios de la Ley de Aviación Civil, la cualentrará en vigor el 8 de noviembre próximo, en virtud deque los días naturales comprometidos se recorrieron con motivode los sismos del 7 y 19 de septiembre.

Lo anterior debido a que se publicó el 21 de septiembrepasado un acuerdo por el que declaró inhábiles losdías 19, 20, 21, 22 y 25 de septiembre.

Una vez que entre en vigor el nuevo marco legal de laAviación Civil, tanto la SCT como la Procuraduría Federaldel Consumidor (Profeco), vigilarán el cumplimiento de lasnuevas disposiciones legales y estarán preparadas para recibirlas quejas de los usuarios y consumidores al respecto.

Derivado de las reformas a la legislación en materia deaviación civil y a la Ley Federal de Protección alConsumidor, las aerolíneas tenían hasta el 31 de octubrepasado para registrar ante la SCT y la Profeco las políticasde compensación que aplicarían por las demoras, retrasosy cancelaciones en sus vuelos.

“Este registro deberá efectuarse cada seis meses. Delas 67 aerolíneas que operan en el territorio nacional, al 30de octubre Profeco ha recibido 41 solicitudes de registro de susPolíticas de Compensación, las cuales se han analizado ensu totalidad”, precisó la terminal aérea en uncomunicado.

De igual manera, informó que se ha realizado un dictamensobre las mismas y se ha solicitado a las aerolíneas quesubsanen algunos puntos para otorgar el registrocorrespondiente.

Una vez obtenido el registro, se publicarán dichaspolíticas en las páginas de internet de la SCT y deProfeco.

Aunque las nuevas políticas de compensacióndeberán, como mínimo, otorgar las aerolíneas a lospasajeros en caso de retraso, demora o cancelación de susvuelos, descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino oalimentos y bebidas.

De dos a cuatro horas, los descuentos por compensación nopodrán ser menores al 7.5 por ciento del precio del boleto,cuando sea mayor a cuatro horas, descuentos para vuelos en fechaposterior hacia el destino contratado y/o alimentos y bebidas,además se deberá indemnizar conforme a los términosde cancelación del vuelo.

En caso se cancelación, se deberá ofrecer lasustitución en primer vuelo disponible, hospedaje (incluyetransporte aeropuerto-hotel-aeropuerto), reintegración delmonto del boleto, indemnización mínima del 25 por ciento,y transporte de pasajeros en la fecha posterior que éstosconvengan.

La SCT dijo que la Dirección General de Quejas yConciliación de la Profeco se están elaborando losLineamientos para los Módulos de Atención al Pasajero,que tienen por objeto establecer los mecanismos para regular losmódulos de atención al pasajero con que deberáncontar las aerolíneas en cada una de las terminales.

/amg

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT),confirmó que la industria aérea se encuentra lista paraaplicar los cambios de la Ley de Aviación Civil, la cualentrará en vigor el 8 de noviembre próximo, en virtud deque los días naturales comprometidos se recorrieron con motivode los sismos del 7 y 19 de septiembre.

Lo anterior debido a que se publicó el 21 de septiembrepasado un acuerdo por el que declaró inhábiles losdías 19, 20, 21, 22 y 25 de septiembre.

Una vez que entre en vigor el nuevo marco legal de laAviación Civil, tanto la SCT como la Procuraduría Federaldel Consumidor (Profeco), vigilarán el cumplimiento de lasnuevas disposiciones legales y estarán preparadas para recibirlas quejas de los usuarios y consumidores al respecto.

Derivado de las reformas a la legislación en materia deaviación civil y a la Ley Federal de Protección alConsumidor, las aerolíneas tenían hasta el 31 de octubrepasado para registrar ante la SCT y la Profeco las políticasde compensación que aplicarían por las demoras, retrasosy cancelaciones en sus vuelos.

“Este registro deberá efectuarse cada seis meses. Delas 67 aerolíneas que operan en el territorio nacional, al 30de octubre Profeco ha recibido 41 solicitudes de registro de susPolíticas de Compensación, las cuales se han analizado ensu totalidad”, precisó la terminal aérea en uncomunicado.

De igual manera, informó que se ha realizado un dictamensobre las mismas y se ha solicitado a las aerolíneas quesubsanen algunos puntos para otorgar el registrocorrespondiente.

Una vez obtenido el registro, se publicarán dichaspolíticas en las páginas de internet de la SCT y deProfeco.

Aunque las nuevas políticas de compensacióndeberán, como mínimo, otorgar las aerolíneas a lospasajeros en caso de retraso, demora o cancelación de susvuelos, descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino oalimentos y bebidas.

De dos a cuatro horas, los descuentos por compensación nopodrán ser menores al 7.5 por ciento del precio del boleto,cuando sea mayor a cuatro horas, descuentos para vuelos en fechaposterior hacia el destino contratado y/o alimentos y bebidas,además se deberá indemnizar conforme a los términosde cancelación del vuelo.

En caso se cancelación, se deberá ofrecer lasustitución en primer vuelo disponible, hospedaje (incluyetransporte aeropuerto-hotel-aeropuerto), reintegración delmonto del boleto, indemnización mínima del 25 por ciento,y transporte de pasajeros en la fecha posterior que éstosconvengan.

La SCT dijo que la Dirección General de Quejas yConciliación de la Profeco se están elaborando losLineamientos para los Módulos de Atención al Pasajero,que tienen por objeto establecer los mecanismos para regular losmódulos de atención al pasajero con que deberáncontar las aerolíneas en cada una de las terminales.

/amg

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