/ jueves 9 de mayo de 2024

SAT: nuevo subsidio al empleo 2024,¿cómo me beneficia?

Este subsidio del SAT busca garantizar un apoyo adecuado a los trabajadores con bajos ingresos y para quienes tienen ingresos mensuales que no exceden los 9,081 pesos

Dentro de los apoyos para los trabajadores, el pasado 1 de mayo entró en vigor un nuevo Subsidio al Empleo, un beneficio fiscal que está diseñado para apoyar a los trabajadores renumerados con bajos ingresos y para que su salario no se vea más afectado por el impuesto sobre la renta (ISR).

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El subsidio fue publicado por el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 1 de mayo en un decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley al Impuesto al Valor Agregado, la Ley de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo.

Dentro de las consideraciones del decreto explica que se busca apoyar a los trabajadores que perciben ingresos por la presentación de un servicio personal subordinado y con el propósito de apoyar a aquellos con menores ingresos y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales sin comprometer su ingreso disponible.

También hace mención del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 donde se establece como objetivo la recuperación del poder adquisitivo de los salarios al menos en 20 por ciento.

Destaca que la política salarial actual implementada por el Gobierno de México ha generado beneficios para los trabajadores y, para consolidar esos beneficios, se debe mantener una colaboración constante entre el gobierno, las empresas y los trabajadores.

¿Cómo funciona el nuevo subsidio y a quién beneficia?

Respecto a la forma en que funciona el nuevo subsidio, explica que a los trabajadores a los que se refiere el artículo 94, primer párrafo y fracción I, de la Ley del Impuesto sobre la Renta pueden gozar del subsidio para el empleo, que son: los funcionarios y trabajadores de la Federación, de las entidades federativas y de los municipios, aun cuando sean por concepto de gastos no sujetos a comprobación, así como los obtenidos por los miembros de las fuerzas armadas.

De igual forma, el nuevo subsidio implementa una cuota fija mensual de 11.82 por ciento del valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) lo que equivale a 390 pesos.

La cantidad se resta directamente del ISR del mes correspondiente, pero solo aplica a trabajadores con ingresos mensuales que no exceden los 9,081 pesos.

En cuanto a las reglas, si el impuesto a cargo es menor que el subsidio, la diferencia no se aplicará para futuros impuestos ni tampoco será responsable para el trabajo. Tampoco aplica al dinero percibido por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnización u otros pagos por separación.

Para quienes realicen pagos por salarios correspondientes a periodos menores a un mes, para calcular el subsidio para el empleo correspondiente a cada pago, dividirán la cantidad que resulte de multiplicar el valor mensual de la UMA por 11.82 por ciento entre 30.4. El resultado se multiplicará por el número de días al que corresponda el periodo de pagos para determinar el monto del subsidio para el empleo que le corresponde al trabajador por esos pagos.

Si el trabajador cuenta con más de un empleo, antes de recibir el primer pago que les corresponda por la prestación de servicios personales subordinados en el año calendario que se trate, al empleador que les aplica el subsidio para el empleo. Esta situación debe comunicarse por escrito a los demás empleadores, para que ya no aplique el subsidio para el empleo correspondiente.

Para concluir, señala que el subsidio para el empleo al que refiere el decreto no se considerará como ingreso acumulable ni formará parte del cálculo de la base gravable de cualquier otra contribución al no tratarse de una remuneración al trabajo personal subordinado.

Dentro de los apoyos para los trabajadores, el pasado 1 de mayo entró en vigor un nuevo Subsidio al Empleo, un beneficio fiscal que está diseñado para apoyar a los trabajadores renumerados con bajos ingresos y para que su salario no se vea más afectado por el impuesto sobre la renta (ISR).

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El subsidio fue publicado por el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 1 de mayo en un decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley al Impuesto al Valor Agregado, la Ley de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo.

Dentro de las consideraciones del decreto explica que se busca apoyar a los trabajadores que perciben ingresos por la presentación de un servicio personal subordinado y con el propósito de apoyar a aquellos con menores ingresos y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales sin comprometer su ingreso disponible.

También hace mención del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 donde se establece como objetivo la recuperación del poder adquisitivo de los salarios al menos en 20 por ciento.

Destaca que la política salarial actual implementada por el Gobierno de México ha generado beneficios para los trabajadores y, para consolidar esos beneficios, se debe mantener una colaboración constante entre el gobierno, las empresas y los trabajadores.

¿Cómo funciona el nuevo subsidio y a quién beneficia?

Respecto a la forma en que funciona el nuevo subsidio, explica que a los trabajadores a los que se refiere el artículo 94, primer párrafo y fracción I, de la Ley del Impuesto sobre la Renta pueden gozar del subsidio para el empleo, que son: los funcionarios y trabajadores de la Federación, de las entidades federativas y de los municipios, aun cuando sean por concepto de gastos no sujetos a comprobación, así como los obtenidos por los miembros de las fuerzas armadas.

De igual forma, el nuevo subsidio implementa una cuota fija mensual de 11.82 por ciento del valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) lo que equivale a 390 pesos.

La cantidad se resta directamente del ISR del mes correspondiente, pero solo aplica a trabajadores con ingresos mensuales que no exceden los 9,081 pesos.

En cuanto a las reglas, si el impuesto a cargo es menor que el subsidio, la diferencia no se aplicará para futuros impuestos ni tampoco será responsable para el trabajo. Tampoco aplica al dinero percibido por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnización u otros pagos por separación.

Para quienes realicen pagos por salarios correspondientes a periodos menores a un mes, para calcular el subsidio para el empleo correspondiente a cada pago, dividirán la cantidad que resulte de multiplicar el valor mensual de la UMA por 11.82 por ciento entre 30.4. El resultado se multiplicará por el número de días al que corresponda el periodo de pagos para determinar el monto del subsidio para el empleo que le corresponde al trabajador por esos pagos.

Si el trabajador cuenta con más de un empleo, antes de recibir el primer pago que les corresponda por la prestación de servicios personales subordinados en el año calendario que se trate, al empleador que les aplica el subsidio para el empleo. Esta situación debe comunicarse por escrito a los demás empleadores, para que ya no aplique el subsidio para el empleo correspondiente.

Para concluir, señala que el subsidio para el empleo al que refiere el decreto no se considerará como ingreso acumulable ni formará parte del cálculo de la base gravable de cualquier otra contribución al no tratarse de una remuneración al trabajo personal subordinado.

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