/ viernes 25 de junio de 2021

Avanza iniciativa para cancelar por 10 años la licencia por arrancones en Puebla

El dictamen será discutido en la sesión ordinaria del próximo 30 de junio

La Comisión de Transportes y Movilidad del Congreso del Estado aprobó la iniciativa del gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta para cancelar por diez años la licencia a las personas que sean sorprendidas en arrancones.

Además, la Secretaría de Movilidad y Transporte se coordinará con la Secretaría de Planeación y Finanzas, ambas del estado de Puebla, para mantener un banco de datos que contenga la información de los sujetos sancionados y la temporalidad en los supuestos establecidos, información que deberá ser consultada por la autoridad en la tramitación de las licencias.

La iniciativa –presentada luego que Yamil Gómez, conductor de un Mercedes Benz atropelló y mató al estudiante Juan Carlos Medel– adiciona el artículo 51 Bis a la Ley de Vialidad para el Estado de Puebla, para quedar como sigue:

“Artículo 51 Bis. En los casos a que se refiere la fracción XXXVII del artículo 19, se impondrá a los conductores de vehículos de propulsión mecánica además de las sanciones señaladas en el artículo anterior, la cancelación de licencia para conducir, sin que se pueda expedir una nueva en una temporalidad de diez años, considerando el modo, tiempo y lugar en que se cometió la infracción, así como las condiciones y circunstancias, independientemente de las demás sanciones que por el hecho se pudieran generar”.

La fracción XXXVII del artículo 19 menciona que los conductores de vehículos tienen prohibido establecer cualquier tipo de competencia de velocidad, mientras que el artículo 51 señala que las autoridades viales impondrán una amonestación y multa que deberán determinar en los términos del tabulador que se establezca en el Reglamento de la Ley de Vialidad para el Estado.

En la sesión de la Comisión de Transportes y Movilidad, el diputado Jonathan Collantes Cabañas refirió que en diferentes días de la semana y por la noche, integrantes de clubes de autos y motos deportivos recorren a gran velocidad la zona metropolitana de Puebla, haciéndolo en muchos casos sin placas para no ser detectados por las cámaras de seguridad pública ni por las fotomultas.

Así, dijo, los amantes de la velocidad ponen en riesgo no solo su vida sino la de terceras personas al rebasar los límites de velocidad, pues dichas maniobras las realizan a pesar de que más vehículos transitan sobre la misma vía. En estas competencias clandestinas también hay carreras donde se hacen fuertes apuestas, incluso han registrado incidentes de violencia por esta causa.

Aseguró que los pilotos de estas unidades gustan de hacer arrancones en la Vía Atlixcáyotl, Municipio Libre, Circuito Juan Pablo II, Esteban de Antuñano, Hermanos Serdán, Forjadores y Periférico Ecológico, entre otras vialidades.

El dictamen aprobado por cuatro votos a favor y dos abstenciones, fue enviado al Pleno para su aprobación final en la sesión ordinaria del próximo 30 de junio.

La Comisión de Transportes y Movilidad del Congreso del Estado aprobó la iniciativa del gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta para cancelar por diez años la licencia a las personas que sean sorprendidas en arrancones.

Además, la Secretaría de Movilidad y Transporte se coordinará con la Secretaría de Planeación y Finanzas, ambas del estado de Puebla, para mantener un banco de datos que contenga la información de los sujetos sancionados y la temporalidad en los supuestos establecidos, información que deberá ser consultada por la autoridad en la tramitación de las licencias.

La iniciativa –presentada luego que Yamil Gómez, conductor de un Mercedes Benz atropelló y mató al estudiante Juan Carlos Medel– adiciona el artículo 51 Bis a la Ley de Vialidad para el Estado de Puebla, para quedar como sigue:

“Artículo 51 Bis. En los casos a que se refiere la fracción XXXVII del artículo 19, se impondrá a los conductores de vehículos de propulsión mecánica además de las sanciones señaladas en el artículo anterior, la cancelación de licencia para conducir, sin que se pueda expedir una nueva en una temporalidad de diez años, considerando el modo, tiempo y lugar en que se cometió la infracción, así como las condiciones y circunstancias, independientemente de las demás sanciones que por el hecho se pudieran generar”.

La fracción XXXVII del artículo 19 menciona que los conductores de vehículos tienen prohibido establecer cualquier tipo de competencia de velocidad, mientras que el artículo 51 señala que las autoridades viales impondrán una amonestación y multa que deberán determinar en los términos del tabulador que se establezca en el Reglamento de la Ley de Vialidad para el Estado.

En la sesión de la Comisión de Transportes y Movilidad, el diputado Jonathan Collantes Cabañas refirió que en diferentes días de la semana y por la noche, integrantes de clubes de autos y motos deportivos recorren a gran velocidad la zona metropolitana de Puebla, haciéndolo en muchos casos sin placas para no ser detectados por las cámaras de seguridad pública ni por las fotomultas.

Así, dijo, los amantes de la velocidad ponen en riesgo no solo su vida sino la de terceras personas al rebasar los límites de velocidad, pues dichas maniobras las realizan a pesar de que más vehículos transitan sobre la misma vía. En estas competencias clandestinas también hay carreras donde se hacen fuertes apuestas, incluso han registrado incidentes de violencia por esta causa.

Aseguró que los pilotos de estas unidades gustan de hacer arrancones en la Vía Atlixcáyotl, Municipio Libre, Circuito Juan Pablo II, Esteban de Antuñano, Hermanos Serdán, Forjadores y Periférico Ecológico, entre otras vialidades.

El dictamen aprobado por cuatro votos a favor y dos abstenciones, fue enviado al Pleno para su aprobación final en la sesión ordinaria del próximo 30 de junio.

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