La Sala Regional Ciudad de México del TEPJF desechó la impugnación promovida por la síndica del municipio de Tlatlauquitepec que pretendía revocar una sentencia del tribunal local que ordenó la restitución de inspectores municipales.
Por unanimidad de votos, los tres magistrados desecharon la demanda del juicio electoral, ya que la funcionaria carece de legitimación para controvertir la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), dado que los medios de defensa en materia electoral tienen como finalidad defender los derechos de las personas justiciables, pero no de las autoridades que tuvieron el carácter de responsables en el proceso.
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Además, en la sesión se precisó que la síndica municipal no refirió haber sufrido alguna afectación en su ámbito individual con motivo de la resolución, ni cuestionó la competencia del tribunal local, por lo que no se actualizó alguna excepción.
El 4 de agosto el TEEP ordenó al alcalde de Tlatlauquitepec, Porfirio Loeza Aguilar, la restitución a sus cargos de los inspectores de las comunidades de Ajocotzingo, El Mirador, Túnel 2, Chinampa y Gómez Poniente, así como la asignación presupuestal, reconociendo su autodeterminación, autonomía y autogobierno, es decir, el derecho que detentan para establecer su condición política y perseguir libremente su desarrollo integral.