El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) declaró el sobreseimiento de los recursos de apelación promovidos por el diputado local Héctor Alonso Granados, luego que este desistió en su impugnación contra las medidas cautelares que le impuso el Instituto Electoral del Estado (IEE) por presuntamente cometer violencia política de género.
Este viernes en sesión pública no presencial, los magistrados determinaron sobreseer (terminar) la demanda del legislador sin partido político que supuestamente cometió violencia política de género contra su par Nora Merino Escamilla durante la sesión de 4 de junio, cuando le gritó “cállate tú” y “ya estuvo bueno que estas niñitas se estén metiendo”.
El magistrado presidente Gerardo Saravia Rivera explicó que el artículo 372 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, señala que el sobreseimiento procede cuando el promovente se desista expresamente, lo que en este caso ocurrió.
“El actor compareció de manera personal para sobreseerse de cada uno de ellos (los recursos), entonces ya no tenemos materia para pronunciarnos al respecto”, dijo.
Y es que tras las expresiones hechas el 4 de junio, Merino pidió que el video y la versión estenográfica del momento en que Alonso le faltó el respeto, se enviaran a la Conavim, al IEE y al órgano interno de control del Congreso local para que emitieran alguna sanción.
Fue por eso que el 15 de junio la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del IEE emitió tutela preventiva al diputado local para frenar la posible violencia política que ejerció contra su compañera, y advirtió que si incurre nuevamente en una conducta similar se procederá inmediatamente a ordenar su separación provisional del cargo.
Esto con el fin de salvaguardar los derechos humanos y en cumplimiento a las leyes en materia de violencia política contra las mujeres por razón de género, así como dar protección integral a Merino por la posible vulneración de sus derechos político-electorales.