/ jueves 24 de febrero de 2022

Diputada propone aumentar causales de feminicidio en Puebla

La iniciativa consiste en adicionar diversas fracciones al artículo 338 del Código Penal del Estado

La diputada local del PRI, Isabel Merlo Talavera, propuso ampliar las causales del delito de feminicidio e incluir algunas que se encuentran establecidas en los estados de Veracruz, Oaxaca, Nayarit, Colima, Chihuahua y Aguascalientes, que actualmente no tiene el Código Penal del Estado de Puebla.

La iniciativa consiste en adicionar diversas fracciones al artículo 338 a fin de considerar que comete el delito de feminicidio “quien prive de la vida a una mujer en estado de gravidez; cuando el sujeto activo abuse de su cargo público para la comisión del delito o que el sujeto activo haya obligado a la víctima a realizar una actividad o trabajo, o que haya ejercido sobre ella cualquier forma de explotación”.


Cuando la víctima se haya encontrado en estado de indefensión, entiéndase este como la situación de desprotección real o incapacidad que imposibilite su defensa, ya sea por la dificultad de comunicación para recibir auxilio por razón de distancia o porque exista algún impedimento físico o material para solicitar la ayuda.

Cuando se cometa para ocultar una violación o evitar que se denuncie o sancione el ilícito; exista o haya existido entre el activo y la víctima una relación laboral, escolar o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad.

De igual forma se considerará feminicidio cuando el sujeto activo se haya valido de su relación como conductor de un vehículo de pasajeros público o de turismo o cuando haya otra modalidad para privar de la vida a una mujer.

La diputada del PRI aseguró que en conjunto con un equipo técnico de mujeres y jóvenes prestadores de servicio social realizaron un estudio comparando los códigos penales de las 32 entidades federativas del país, lo que arrojó la propuesta de reforma que presentó con la finalidad de dotar de mayores elementos a los órganos de investigación, de seguridad pública y procuración de justicia.

Declaró que los tipos penales deben ser claros para ayudar al Ministerio Público y al juzgador a fin de que el feminicidio no quede impune y sea sancionado.

En lo que va del año 2022 se han registrado al menos diez feminicidios en el estado de Puebla. Algunas víctimas son Mayra N.; María Isabel N.; Liliana N.; Elizabeth N.; Monserrat N.; María Engracia N.; Adamina N. y María Luisa N.

El delito de feminicidio se castiga con prisión de cuarenta a sesenta años y multa de 500 a mil días de salario, de acuerdo con el Código Penal del Estado.

La diputada local del PRI, Isabel Merlo Talavera, propuso ampliar las causales del delito de feminicidio e incluir algunas que se encuentran establecidas en los estados de Veracruz, Oaxaca, Nayarit, Colima, Chihuahua y Aguascalientes, que actualmente no tiene el Código Penal del Estado de Puebla.

La iniciativa consiste en adicionar diversas fracciones al artículo 338 a fin de considerar que comete el delito de feminicidio “quien prive de la vida a una mujer en estado de gravidez; cuando el sujeto activo abuse de su cargo público para la comisión del delito o que el sujeto activo haya obligado a la víctima a realizar una actividad o trabajo, o que haya ejercido sobre ella cualquier forma de explotación”.


Cuando la víctima se haya encontrado en estado de indefensión, entiéndase este como la situación de desprotección real o incapacidad que imposibilite su defensa, ya sea por la dificultad de comunicación para recibir auxilio por razón de distancia o porque exista algún impedimento físico o material para solicitar la ayuda.

Cuando se cometa para ocultar una violación o evitar que se denuncie o sancione el ilícito; exista o haya existido entre el activo y la víctima una relación laboral, escolar o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad.

De igual forma se considerará feminicidio cuando el sujeto activo se haya valido de su relación como conductor de un vehículo de pasajeros público o de turismo o cuando haya otra modalidad para privar de la vida a una mujer.

La diputada del PRI aseguró que en conjunto con un equipo técnico de mujeres y jóvenes prestadores de servicio social realizaron un estudio comparando los códigos penales de las 32 entidades federativas del país, lo que arrojó la propuesta de reforma que presentó con la finalidad de dotar de mayores elementos a los órganos de investigación, de seguridad pública y procuración de justicia.

Declaró que los tipos penales deben ser claros para ayudar al Ministerio Público y al juzgador a fin de que el feminicidio no quede impune y sea sancionado.

En lo que va del año 2022 se han registrado al menos diez feminicidios en el estado de Puebla. Algunas víctimas son Mayra N.; María Isabel N.; Liliana N.; Elizabeth N.; Monserrat N.; María Engracia N.; Adamina N. y María Luisa N.

El delito de feminicidio se castiga con prisión de cuarenta a sesenta años y multa de 500 a mil días de salario, de acuerdo con el Código Penal del Estado.

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