/ sábado 6 de mayo de 2023

Durante el 2022 se abrieron cinco carpetas por delitos de tortura en Puebla

De acuerdo con la Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE), en el 2022, se abrieron y se judicializaron, cinco carpetas de investigación por dicho delito.

En todo el año 2022, se abrieron en Puebla, cinco carpetas de investigación por el delito de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes, es decir, que los victimarios buscaron castigar o quebrantar la resistencia física o emocional de estas personas sin propósito concreto.

De acuerdo con la Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE), en el 2022, se abrieron y se judicializaron, cinco carpetas de investigación por dicho delito, lo que dio como resultado, un total de 12 víctimas. De esta cifra, 11 fueron hombres y un caso correspondió a una mujer.

La Fiscalía no detalló la edad de las víctimas, ni el tipo de trato crueles que vivieron. Tampoco se sabe el municipio en donde se abrió la indagatoria y si el victimario era cercano a las personas que fue torturada.

Estos casos fueron atendidos por la Unidad Especializada de Investigación del Delito de Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, la cual está adscrita a la Fiscalía Especializada en Derechos Humanos de la FGE.

De acuerdo con la Secretaría de Gobernación a nivel federal, los tratos crueles e inhumanos, son actos que agreden o maltratan intencionalmente a una persona. Estas acciones buscan castigar o quebrantar la resistencia física o emocional de una persona.

Mientras que los tratos degradantes son los actos que provocan miedo, ansia y sentimientos de inferioridad con el fin de humillar, degradar y romper la resistencia física y moral de la víctima.

La Secretaría citó a la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de 1984, pues estableció a la tortura como un acto que implica dolores y sufrimientos graves.

En consecuencia, se consideraba que la diferencia entre tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes, radica en la intensidad de los sufrimientos provocados. Sin embargo, la definición de tortura de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura de 1985, no indica que el dolor o sufrimiento causado tiene que ser grave, por lo tanto, es necesario que una autoridad u organismo competente revise cada caso.

A quien cometa el delito de tortura se le aplicará prisión de 3 a 12 años, una multa de 200 a 500 días y se le inhabilitará para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos hasta por el doble del tiempo de prisión impuesto.

La información de este material se obtuvo gracias a la solicitud de información con folio 210421523000284 y 210421523000352 que otorgó la Fiscalía de Puebla.

En todo el año 2022, se abrieron en Puebla, cinco carpetas de investigación por el delito de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes, es decir, que los victimarios buscaron castigar o quebrantar la resistencia física o emocional de estas personas sin propósito concreto.

De acuerdo con la Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE), en el 2022, se abrieron y se judicializaron, cinco carpetas de investigación por dicho delito, lo que dio como resultado, un total de 12 víctimas. De esta cifra, 11 fueron hombres y un caso correspondió a una mujer.

La Fiscalía no detalló la edad de las víctimas, ni el tipo de trato crueles que vivieron. Tampoco se sabe el municipio en donde se abrió la indagatoria y si el victimario era cercano a las personas que fue torturada.

Estos casos fueron atendidos por la Unidad Especializada de Investigación del Delito de Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, la cual está adscrita a la Fiscalía Especializada en Derechos Humanos de la FGE.

De acuerdo con la Secretaría de Gobernación a nivel federal, los tratos crueles e inhumanos, son actos que agreden o maltratan intencionalmente a una persona. Estas acciones buscan castigar o quebrantar la resistencia física o emocional de una persona.

Mientras que los tratos degradantes son los actos que provocan miedo, ansia y sentimientos de inferioridad con el fin de humillar, degradar y romper la resistencia física y moral de la víctima.

La Secretaría citó a la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de 1984, pues estableció a la tortura como un acto que implica dolores y sufrimientos graves.

En consecuencia, se consideraba que la diferencia entre tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes, radica en la intensidad de los sufrimientos provocados. Sin embargo, la definición de tortura de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura de 1985, no indica que el dolor o sufrimiento causado tiene que ser grave, por lo tanto, es necesario que una autoridad u organismo competente revise cada caso.

A quien cometa el delito de tortura se le aplicará prisión de 3 a 12 años, una multa de 200 a 500 días y se le inhabilitará para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos hasta por el doble del tiempo de prisión impuesto.

La información de este material se obtuvo gracias a la solicitud de información con folio 210421523000284 y 210421523000352 que otorgó la Fiscalía de Puebla.

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