/ domingo 29 de octubre de 2023

Eduardo Alcántara promueve juicio para protección de derechos político-electorales ante el TEEP

El documento fue presentado ante el Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional (PAN) con la finalidad de que se remita al Tribunal Electoral

El diputado local Eduardo Alcántara Montiel promovió un juicio para la protección de sus derechos político-electorales ante el Tribunal Electoral del Estado de Puebla contra su dirigente estatal, después de que Augusta Díaz de Rivera afirmó que está imposibilitado para inscribirse al procedimiento para el registro de candidatos del partido para la elección de 2024.

El documento fue presentado ante el Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional (PAN) con la finalidad de que se remita al Tribunal Electoral, el acto reclamado corresponde a la declaración manifestada por su líder estatal sobre que no es elegible en términos de los estatutos del partido para la elección del siguiente año, toda vez que fue integrado al padrón de personas sancionadas a nivel nacional como medida de no repetición tras una resolución en materia de violencia política de género.

Aseguró que Díaz de Rivera busca dar un alcance adicional al Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Político contra las Mujeres en Razón de Género, siendo que, no tiene competencia para ello, además de que contraviene lo resuelto por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, donde se determinó que sí incurrió en violencia, pero algunas medidas de castigo fueron excesivas.

“Actuaciones que, no solamente son ilegales,sino que, además,al emanar de las autoridades demandadas del Partido Acción Nacional de Puebla, y en atención a la temporalidad en la que se están llevando a cabo (antes de un proceso electoral), se traducen en graves, de mala fe y anticipadas; por lo que deben ser objeto de control judicial y constitucional; de ahí que se presenta este mecanismo de defensa”, dice el documento.

A la par, añadió que se está dando una interpretación errónea a dos artículos de los estatutos del Instituto albiazul, toda vez que uno de ellos, el artículo 94, señala que no es aceptable la precandidatura a quien se encuentre inhabilitado al haber sido sancionado por ejercer violencia política contra las mujeres.

En esa lógica, Eduardo Alcántara descartó que la sentencia le impida participar en el próximo proceso electoral, pues no existió sanción que suspendiera el ejercicio de sus derechos políticos electorales.

Será en próximos días cuando el TEEP haga un análisis sobre los argumentos y pruebas presentada por el legislador local en contra de Augusta Díaz para dictar una resolución.

No hay que olvidar que el diputado panista fue señalado de solicitar favores de tipo sexual y económica a Erika de la Vega en 2021 a cambio de la candidatura a la alcaldía municipal de San Pedro Cholula.

El diputado local Eduardo Alcántara Montiel promovió un juicio para la protección de sus derechos político-electorales ante el Tribunal Electoral del Estado de Puebla contra su dirigente estatal, después de que Augusta Díaz de Rivera afirmó que está imposibilitado para inscribirse al procedimiento para el registro de candidatos del partido para la elección de 2024.

El documento fue presentado ante el Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional (PAN) con la finalidad de que se remita al Tribunal Electoral, el acto reclamado corresponde a la declaración manifestada por su líder estatal sobre que no es elegible en términos de los estatutos del partido para la elección del siguiente año, toda vez que fue integrado al padrón de personas sancionadas a nivel nacional como medida de no repetición tras una resolución en materia de violencia política de género.

Aseguró que Díaz de Rivera busca dar un alcance adicional al Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Político contra las Mujeres en Razón de Género, siendo que, no tiene competencia para ello, además de que contraviene lo resuelto por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, donde se determinó que sí incurrió en violencia, pero algunas medidas de castigo fueron excesivas.

“Actuaciones que, no solamente son ilegales,sino que, además,al emanar de las autoridades demandadas del Partido Acción Nacional de Puebla, y en atención a la temporalidad en la que se están llevando a cabo (antes de un proceso electoral), se traducen en graves, de mala fe y anticipadas; por lo que deben ser objeto de control judicial y constitucional; de ahí que se presenta este mecanismo de defensa”, dice el documento.

A la par, añadió que se está dando una interpretación errónea a dos artículos de los estatutos del Instituto albiazul, toda vez que uno de ellos, el artículo 94, señala que no es aceptable la precandidatura a quien se encuentre inhabilitado al haber sido sancionado por ejercer violencia política contra las mujeres.

En esa lógica, Eduardo Alcántara descartó que la sentencia le impida participar en el próximo proceso electoral, pues no existió sanción que suspendiera el ejercicio de sus derechos políticos electorales.

Será en próximos días cuando el TEEP haga un análisis sobre los argumentos y pruebas presentada por el legislador local en contra de Augusta Díaz para dictar una resolución.

No hay que olvidar que el diputado panista fue señalado de solicitar favores de tipo sexual y económica a Erika de la Vega en 2021 a cambio de la candidatura a la alcaldía municipal de San Pedro Cholula.

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