/ viernes 17 de mayo de 2019

Ordenan amparo por consulta de gasoducto

Los afectados reclamaron que se violó su derecho a la consulta indígena y libre determinación

El Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra y el Agua Morelos, Puebla y Tlaxcala celebró que tribunales federales reconocieran que la consulta sobre el funcionamiento del Proyecto Integral Morelos, que ordenó el presidente Andrés Manuel López Obrador pudo haber violado el derecho de los pueblos indígenas.

El Primer y Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa dio la razón a ocho comunidades de los estados de Puebla, Morelos y Tlaxcala y ordenó a los jueces que admitieran el amparo que interpusieron en febrero pasado contra la consulta ciudadana realizada por el gobierno federal para dar luz verde al PIM.

Los tribunales resolvieron las quejas 62/2019 y 55/2019 respectivamente, interpuestas por las comunidades de Huexca, Jantetelco, Amayuca, Amilcingo, Santa María Zacatepec, San Damián Texoloc, San Jorge Tezoquipan y San Vicente Xiloxochitla de los estados de Morelos, Puebla y Tlaxcala contra el desechamiento de los amparos que promovieron el pasado 18 de febrero.

Los afectados reclamaron que se violó su derecho a la consulta indígena y libre determinación en la consulta del 23 y 24 de febrero sobre el funcionamiento del Proyecto Integral Morelos.

Anteriormente, los juzgados Primero y Cuarto de Distrito en Puebla desecharon los amparos 199/2019 y 209/2019 por considerar que la consulta promovida por López Obrador no era un acto de autoridad, y que las comunidades afectadas no tenían interés legítimo en la consulta y el proyecto.

El Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra y el Agua Morelos, Puebla y Tlaxcala celebró que tribunales federales reconocieran que la consulta sobre el funcionamiento del Proyecto Integral Morelos, que ordenó el presidente Andrés Manuel López Obrador pudo haber violado el derecho de los pueblos indígenas.

El Primer y Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa dio la razón a ocho comunidades de los estados de Puebla, Morelos y Tlaxcala y ordenó a los jueces que admitieran el amparo que interpusieron en febrero pasado contra la consulta ciudadana realizada por el gobierno federal para dar luz verde al PIM.

Los tribunales resolvieron las quejas 62/2019 y 55/2019 respectivamente, interpuestas por las comunidades de Huexca, Jantetelco, Amayuca, Amilcingo, Santa María Zacatepec, San Damián Texoloc, San Jorge Tezoquipan y San Vicente Xiloxochitla de los estados de Morelos, Puebla y Tlaxcala contra el desechamiento de los amparos que promovieron el pasado 18 de febrero.

Los afectados reclamaron que se violó su derecho a la consulta indígena y libre determinación en la consulta del 23 y 24 de febrero sobre el funcionamiento del Proyecto Integral Morelos.

Anteriormente, los juzgados Primero y Cuarto de Distrito en Puebla desecharon los amparos 199/2019 y 209/2019 por considerar que la consulta promovida por López Obrador no era un acto de autoridad, y que las comunidades afectadas no tenían interés legítimo en la consulta y el proyecto.

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