/ lunes 11 de diciembre de 2023

IEE Puebla aprueba lineamientos para propaganda de partidos en espacios públicos

La presidencial del Consejo signará con los gobiernos municipales los convenios de apoyo y colaboración relativos

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) aprobó los lineamientos que deberán de seguir los consejos distritales para la colocación de propaganda de los partidos políticos en espacios públicos, excluyendo zonas de monumentos o valor históricos, equipamiento férreo y carretero, entre otros.

Durante sesión ordinaria, las y los consejeros avalaron las bases para la asignación de lugares de uso común para la instalación de promoción electoral que utilizarán los diez institutos políticos con registro en Puebla una vez que inicie el periodo de campaña.

El proyecto de acuerdo establece que la propaganda electoral no podrá colgarse, fijarse o pintarse en elementos del equipamiento urbano, carretero o ferroviario. Tampoco se podrá contener portadas de revistas, libros, anuncios de entrevistas o de diarios, o cualquier otro elemento que contenga la imagen, nombre, símbolos, siglas o elementos que induzcan a la persona a saber que se trata de determinada candidatura a un cargo de elección popular.

De igual manera, se precisa que no se podrá obstaculizar en forma alguna la visibilidad de los señalamientos que permiten a las personas transitar y orientarse dentro de los centros de población, de lo contrario, el Instituto ordenará el retiro de la propaganda electoral.

Cabe precisar que para lograr esto, la presidencial del Consejo signará con los gobiernos municipales los convenios de apoyo y colaboración relativos a la utilización de los lugares de uso común.

El documento establece que los espacios se designan mediante sorteo entre las fuerzas partidistas, por lo que dentro de los diez días posteriores se deben realizar recorridos dentro del territorio de su distrito para verificar la utilización de los lugares de uso común. Aquellos espacios que no sea utilizados deberán ser remitidos al Consejo General del organismo electoral con la finalidad de que se ocupen para la difusión de campañas institucionales.

Por último, los partidos políticos deberán retirar la propaganda electoral utilizada en un plazo no mayor a siete días posteriores a la jornada electoral.

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) aprobó los lineamientos que deberán de seguir los consejos distritales para la colocación de propaganda de los partidos políticos en espacios públicos, excluyendo zonas de monumentos o valor históricos, equipamiento férreo y carretero, entre otros.

Durante sesión ordinaria, las y los consejeros avalaron las bases para la asignación de lugares de uso común para la instalación de promoción electoral que utilizarán los diez institutos políticos con registro en Puebla una vez que inicie el periodo de campaña.

El proyecto de acuerdo establece que la propaganda electoral no podrá colgarse, fijarse o pintarse en elementos del equipamiento urbano, carretero o ferroviario. Tampoco se podrá contener portadas de revistas, libros, anuncios de entrevistas o de diarios, o cualquier otro elemento que contenga la imagen, nombre, símbolos, siglas o elementos que induzcan a la persona a saber que se trata de determinada candidatura a un cargo de elección popular.

De igual manera, se precisa que no se podrá obstaculizar en forma alguna la visibilidad de los señalamientos que permiten a las personas transitar y orientarse dentro de los centros de población, de lo contrario, el Instituto ordenará el retiro de la propaganda electoral.

Cabe precisar que para lograr esto, la presidencial del Consejo signará con los gobiernos municipales los convenios de apoyo y colaboración relativos a la utilización de los lugares de uso común.

El documento establece que los espacios se designan mediante sorteo entre las fuerzas partidistas, por lo que dentro de los diez días posteriores se deben realizar recorridos dentro del territorio de su distrito para verificar la utilización de los lugares de uso común. Aquellos espacios que no sea utilizados deberán ser remitidos al Consejo General del organismo electoral con la finalidad de que se ocupen para la difusión de campañas institucionales.

Por último, los partidos políticos deberán retirar la propaganda electoral utilizada en un plazo no mayor a siete días posteriores a la jornada electoral.

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