/ domingo 27 de agosto de 2023

Mier Velazco presenta impugnación a investigación por actos anticipados de campaña

Con esta impugnación entregada a la Sala Superior del TEPJF se busca echar abajo el inicio de una investigación por parte del IEE por la presunta realización de actos anticipados

El aspirante a la gubernatura de Puebla Ignacio Mier Velazco presentó una impugnación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en contra de un procedimiento de investigación por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña.

Con esta impugnación entregada a la Sala Superior del TEPJF, registrada bajo el expediente SUP-JE-1438/2023, se busca echar abajo el inicio de una investigación por parte del Instituto Electoral del Estado (IEE) por la presunta realización de actos anticipados de precampaña y campaña con motivo del proceso electoral local 2023-2024.

Esto porque lo ordenó el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) al resolver un juicio de inconformidad promovido por un ciudadano, quien acusó que la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del IEE hizo un indebido e ilegal desechamiento al realizar un análisis erróneo, así como una indebida interpretación y valoración de las pruebas aportadas en la denuncia, por lo que el Tribunal Electoral le dio la razón.

Entre los actos denunciados estuvo la pinta de bardas a favor del legislador federal por Morena expuestas en el periodo de agosto, octubre y noviembre del año pasado; sin embargo, el órgano interno del IEE desechó la denuncia bajo el argumento de que las pruebas presentadas no acreditaban los actos anticipados de campaña, uso de recursos públicos y promoción personalizada.

Por ello, el denunciante recurrió al Tribunal Electoral para apelar dicha resolución debido a que el órgano competente tiene la obligación de realizar las investigaciones necesarias para el esclarecimiento de los hechos, y no basarse únicamente en las evidencias que se presenten. “Procedimiento administrativo sancionador electoral. Los hechos denunciados sólo son la base del inicio de la investigación”, argumentó el denunciante.

El TEEP le dio la razón al señalar que los actos debían seguir siendo investigados, pues no bastaba con que la autoridad administrativa electoral desahogara los enlaces presentados, sino que debía continuar con la investigación para que, en el momento procesal oportuno, el tribunal se pronunciara respecto a la existencia o inexistencia de los hechos.

En este sentido, el Tribunal Electoral revocó la resolución para que la Comisión Responsable admita la queja presentada y realice la investigación.

En diferentes puntos del territorio poblano se han colocado anuncios espectaculares en las que se promueve la imagen del legislador federal, bajo el argumento de ser la portada de algunas revistas, también bardas pintadas con su nombre y apellido.

El aspirante a la gubernatura de Puebla Ignacio Mier Velazco presentó una impugnación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en contra de un procedimiento de investigación por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña.

Con esta impugnación entregada a la Sala Superior del TEPJF, registrada bajo el expediente SUP-JE-1438/2023, se busca echar abajo el inicio de una investigación por parte del Instituto Electoral del Estado (IEE) por la presunta realización de actos anticipados de precampaña y campaña con motivo del proceso electoral local 2023-2024.

Esto porque lo ordenó el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) al resolver un juicio de inconformidad promovido por un ciudadano, quien acusó que la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del IEE hizo un indebido e ilegal desechamiento al realizar un análisis erróneo, así como una indebida interpretación y valoración de las pruebas aportadas en la denuncia, por lo que el Tribunal Electoral le dio la razón.

Entre los actos denunciados estuvo la pinta de bardas a favor del legislador federal por Morena expuestas en el periodo de agosto, octubre y noviembre del año pasado; sin embargo, el órgano interno del IEE desechó la denuncia bajo el argumento de que las pruebas presentadas no acreditaban los actos anticipados de campaña, uso de recursos públicos y promoción personalizada.

Por ello, el denunciante recurrió al Tribunal Electoral para apelar dicha resolución debido a que el órgano competente tiene la obligación de realizar las investigaciones necesarias para el esclarecimiento de los hechos, y no basarse únicamente en las evidencias que se presenten. “Procedimiento administrativo sancionador electoral. Los hechos denunciados sólo son la base del inicio de la investigación”, argumentó el denunciante.

El TEEP le dio la razón al señalar que los actos debían seguir siendo investigados, pues no bastaba con que la autoridad administrativa electoral desahogara los enlaces presentados, sino que debía continuar con la investigación para que, en el momento procesal oportuno, el tribunal se pronunciara respecto a la existencia o inexistencia de los hechos.

En este sentido, el Tribunal Electoral revocó la resolución para que la Comisión Responsable admita la queja presentada y realice la investigación.

En diferentes puntos del territorio poblano se han colocado anuncios espectaculares en las que se promueve la imagen del legislador federal, bajo el argumento de ser la portada de algunas revistas, también bardas pintadas con su nombre y apellido.

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