/ martes 12 de mayo de 2020

Nueva Ley de Educación prohíbe condicionar compra de uniformes, materiales y actividades extraescolares

Además, los colegios no podrán retener documentos por falta de pago

El gobernador Luis Miguel Barbosa plantea, en la nueva Ley de Educación para el Estado, que las escuelas privadas se abstengan de condicionar la prestación del servicio educativo a la adquisición de uniformes y materiales didácticos, así como de actividades extraescolares, además de no retener documentos personales y académicos por falta de pago u operar en lugares que cuenten con algún espacio destinado a casa habitación o conserjería.

El lunes 11 de mayo el gobernador envió el documento a la Comisión Permanente del Congreso del Estado, el cual fue turnado a la Comisión de Educación y será aprobado antes del 15 de mayo, pues se trata de una armonización de la Ley General de Educación.

La ley señala que las escuelas privadas forman parte del Sistema Educativo Estatal, que a decir de especialistas, no necesariamente quiere decir que la Secretaría de Educación Pública (SEP) o el Estado tendrán injerencia sobre el patrimonio de los particulares y que tampoco regulará los nombres y colores de las instituciones educativas privadas.

El documento establece que la educación impartida por particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios es un servicio público y se agregan obligaciones como la de abstenerse de condicionar la prestación del servicio a la adquisición de uniformes y materiales didácticos, así como de actividades extraescolares, además de no retener documentos personales y académicos por falta de pago, o prestar el servicio en lugares que cuenten con algún espacio destinado a casa habitación o conserjería.

El Estado establecerá el mecanismo administrativo para que se cerciore que los particulares que imparten educación cumplan con sus obligaciones. Vigilará que, la educación que ofrecen cumpla con las normas de orden público que rigen al proceso educativo y al Sistema Educativo Estatal que se determinen en esta ley y demás disposiciones aplicables.

Actualmente la Ley de Educación del Estado de Puebla señala que las escuelas privadas son parte del Sistema Educativo Estatal, igual que los educandos, madres y padres de familia o tutores, entre otras autoridades educativas, así como los planes y programas de estudio.

NUEVA LEY: MUEBLES E INMUEBLES FORMAN PARTE DEL SISTEMA

El artículo 105 de la nueva ley dice que los muebles e inmuebles destinados a la educación impartida por autoridades educativas estatal y municipales y por los particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, los servicios e instalaciones necesarios para proporcionar educación, forman parte del Sistema Educativo Estatal.

También señala que los particulares, ya sea personas físicas o morales, podrán coadyuvar en el mantenimiento de las escuelas públicas, previo acuerdo con la SEP.

“Las acciones que se deriven de la aplicación de este párrafo, en ningún caso implicarán la sustitución de los servicios del personal de la escuela, tampoco generarán cualquier tipo de contraprestación a favor de los particulares”, precisa el documento.

COLORES NEUTROS; SEP ESTABLECERÁ DENOMINACIONES OFICIALES

El artículo 112 de la nueva norma establece que los colores que se utilicen en los inmuebles destinados al servicio público educativo serán de color neutro.

Los planteles educativos de cualquier nivel que formen parte del Sistema Educativo Estatal no deberán consignar los nombres de funcionarios públicos y representantes populares durante el desempeño de su encargo, el de sus cónyuges o parientes hasta el segundo grado, ni el de los representantes sindicales del magisterio en funciones o por haber ocupado cargos de representación gremial.

La SEP será la facultada para establecer las denominaciones oficiales de los planteles públicos del Sistema Educativo Estatal y deberá hacer referencia a los valores nacionales, maestros eméritos o nombres de personas ameritadas a quienes la Nación o el Estado de Puebla deba exaltar para engrandecer, la esencia popular y los símbolos patrios.

Como en la ley actual, el documento enviado por el gobernador Barbosa indica que corresponde de manera exclusiva a la autoridad educativa estatal otorgar, negar y revocar autorización a los particulares para impartir la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de docentes de educación básica.

Otorgar, negar y retirar el reconocimiento de validez oficial a estudios distintos a los de normal y demás para la formación de docentes de educación básica que impartan los particulares; promover la transparencia en escuelas públicas y privadas en las que se imparta educación obligatoria, vigilando que el director del plantel rinda ante la comunidad, después de cada ciclo escolar, un informe de actividades y rendición de cuentas.

VIGILARÁN AUMENTO DE COSTOS INJUSTIFICADOS

Los usuarios de servicios prestados por escuelas privadas podrán solicitar a las autoridades educativas, acciones de vigilancia para verificar el cumplimiento de las disposiciones y requisitos para impartir educación, incluido el aumento de los costos que carezcan de justificación y fundamentación conforme a las disposiciones legales aplicables o que hayan sido establecidos en los instrumentos jurídicos que rige la prestación del servicio.

“Derivado de las acciones de vigilancia, si las autoridades respectivas identifican que los particulares han aumentado los costos en la prestación de los servicios educativos sin apego a las disposiciones aplicables en la materia, darán aviso a las autoridades competentes para los efectos a los que haya lugar”, precisa la nueva ley.

El gobernador Luis Miguel Barbosa plantea, en la nueva Ley de Educación para el Estado, que las escuelas privadas se abstengan de condicionar la prestación del servicio educativo a la adquisición de uniformes y materiales didácticos, así como de actividades extraescolares, además de no retener documentos personales y académicos por falta de pago u operar en lugares que cuenten con algún espacio destinado a casa habitación o conserjería.

El lunes 11 de mayo el gobernador envió el documento a la Comisión Permanente del Congreso del Estado, el cual fue turnado a la Comisión de Educación y será aprobado antes del 15 de mayo, pues se trata de una armonización de la Ley General de Educación.

La ley señala que las escuelas privadas forman parte del Sistema Educativo Estatal, que a decir de especialistas, no necesariamente quiere decir que la Secretaría de Educación Pública (SEP) o el Estado tendrán injerencia sobre el patrimonio de los particulares y que tampoco regulará los nombres y colores de las instituciones educativas privadas.

El documento establece que la educación impartida por particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios es un servicio público y se agregan obligaciones como la de abstenerse de condicionar la prestación del servicio a la adquisición de uniformes y materiales didácticos, así como de actividades extraescolares, además de no retener documentos personales y académicos por falta de pago, o prestar el servicio en lugares que cuenten con algún espacio destinado a casa habitación o conserjería.

El Estado establecerá el mecanismo administrativo para que se cerciore que los particulares que imparten educación cumplan con sus obligaciones. Vigilará que, la educación que ofrecen cumpla con las normas de orden público que rigen al proceso educativo y al Sistema Educativo Estatal que se determinen en esta ley y demás disposiciones aplicables.

Actualmente la Ley de Educación del Estado de Puebla señala que las escuelas privadas son parte del Sistema Educativo Estatal, igual que los educandos, madres y padres de familia o tutores, entre otras autoridades educativas, así como los planes y programas de estudio.

NUEVA LEY: MUEBLES E INMUEBLES FORMAN PARTE DEL SISTEMA

El artículo 105 de la nueva ley dice que los muebles e inmuebles destinados a la educación impartida por autoridades educativas estatal y municipales y por los particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, los servicios e instalaciones necesarios para proporcionar educación, forman parte del Sistema Educativo Estatal.

También señala que los particulares, ya sea personas físicas o morales, podrán coadyuvar en el mantenimiento de las escuelas públicas, previo acuerdo con la SEP.

“Las acciones que se deriven de la aplicación de este párrafo, en ningún caso implicarán la sustitución de los servicios del personal de la escuela, tampoco generarán cualquier tipo de contraprestación a favor de los particulares”, precisa el documento.

COLORES NEUTROS; SEP ESTABLECERÁ DENOMINACIONES OFICIALES

El artículo 112 de la nueva norma establece que los colores que se utilicen en los inmuebles destinados al servicio público educativo serán de color neutro.

Los planteles educativos de cualquier nivel que formen parte del Sistema Educativo Estatal no deberán consignar los nombres de funcionarios públicos y representantes populares durante el desempeño de su encargo, el de sus cónyuges o parientes hasta el segundo grado, ni el de los representantes sindicales del magisterio en funciones o por haber ocupado cargos de representación gremial.

La SEP será la facultada para establecer las denominaciones oficiales de los planteles públicos del Sistema Educativo Estatal y deberá hacer referencia a los valores nacionales, maestros eméritos o nombres de personas ameritadas a quienes la Nación o el Estado de Puebla deba exaltar para engrandecer, la esencia popular y los símbolos patrios.

Como en la ley actual, el documento enviado por el gobernador Barbosa indica que corresponde de manera exclusiva a la autoridad educativa estatal otorgar, negar y revocar autorización a los particulares para impartir la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de docentes de educación básica.

Otorgar, negar y retirar el reconocimiento de validez oficial a estudios distintos a los de normal y demás para la formación de docentes de educación básica que impartan los particulares; promover la transparencia en escuelas públicas y privadas en las que se imparta educación obligatoria, vigilando que el director del plantel rinda ante la comunidad, después de cada ciclo escolar, un informe de actividades y rendición de cuentas.

VIGILARÁN AUMENTO DE COSTOS INJUSTIFICADOS

Los usuarios de servicios prestados por escuelas privadas podrán solicitar a las autoridades educativas, acciones de vigilancia para verificar el cumplimiento de las disposiciones y requisitos para impartir educación, incluido el aumento de los costos que carezcan de justificación y fundamentación conforme a las disposiciones legales aplicables o que hayan sido establecidos en los instrumentos jurídicos que rige la prestación del servicio.

“Derivado de las acciones de vigilancia, si las autoridades respectivas identifican que los particulares han aumentado los costos en la prestación de los servicios educativos sin apego a las disposiciones aplicables en la materia, darán aviso a las autoridades competentes para los efectos a los que haya lugar”, precisa la nueva ley.

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