/ miércoles 9 de marzo de 2022

PAN en contra de que menores trans cambien acta de nacimiento

La exigencia de tener 18 años se debe conservar en todos los casos, reiteró la diputada local Mónica Rodríguez Della Vecchia

La diputada local Mónica Rodríguez Della Vecchia se pronunció en contra de que las infancias trans puedan corregir su acta de nacimiento con identidad de género autopercibida, por considerar que no tienen edad ni capacidad para tomar decisiones.

Cuestionada sobre lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que invalidó el requisito que exigía contar con 18 años cumplidos para solicitar una nueva acta de nacimiento, la panista consideró que esa exigencia se debe mantener en el Código Civil para el Estado de Puebla, pues indicó que por ley se necesita mayoría de edad para manejar o votar porque hasta entonces se tiene la capacidad de tomar decisiones.

Esa edad se tiene que mantener para la toma de decisiones tan importantes como esta, porque según la ley no puedes comprar alcohol, pero sí te puedes cambiar el género, me parece que está un poco desfasado. Me parece muy delicado que antes de esa edad puedas tomar una decisión tan determinante como el cambio de género”, dijo.

Rodríguez estimó que la exigencia de tener 18 años se debe conservar en todos los casos y más en este, por lo cual insistió en que la toma de decisiones empieza a esa edad, pues es cuando una persona puede comprar una botella de alcohol o ejercer el voto.

El 7 de marzo, la Suprema Corte dio al Congreso del Estado un año para crear un procedimiento que permita a las infancias y adolescencias trans modificar su acta de nacimiento con identidad de género autopercibida en el estado de Puebla.

Dicho procedimiento deberá ser ágil, expedito, gratuito, sencillo y eficaz. A las niñas, niños y adolescentes se les deberá permitir registrar o cambiar, rectificar o adecuar su nombre y demás componentes de su identidad, mediante la emisión de un acta nueva, sin verse obligados a detentar otra identidad que no representa su individualidad.

No se les podrá exigir requisitos basados en prejuicios o estereotipos, como la acreditación de procedimientos quirúrgicos u hormonales, certificaciones médicas, psicológicas o de cualquier otro tipo que resulte estigmatizante o irrazonable.

La diputada local Mónica Rodríguez Della Vecchia se pronunció en contra de que las infancias trans puedan corregir su acta de nacimiento con identidad de género autopercibida, por considerar que no tienen edad ni capacidad para tomar decisiones.

Cuestionada sobre lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que invalidó el requisito que exigía contar con 18 años cumplidos para solicitar una nueva acta de nacimiento, la panista consideró que esa exigencia se debe mantener en el Código Civil para el Estado de Puebla, pues indicó que por ley se necesita mayoría de edad para manejar o votar porque hasta entonces se tiene la capacidad de tomar decisiones.

Esa edad se tiene que mantener para la toma de decisiones tan importantes como esta, porque según la ley no puedes comprar alcohol, pero sí te puedes cambiar el género, me parece que está un poco desfasado. Me parece muy delicado que antes de esa edad puedas tomar una decisión tan determinante como el cambio de género”, dijo.

Rodríguez estimó que la exigencia de tener 18 años se debe conservar en todos los casos y más en este, por lo cual insistió en que la toma de decisiones empieza a esa edad, pues es cuando una persona puede comprar una botella de alcohol o ejercer el voto.

El 7 de marzo, la Suprema Corte dio al Congreso del Estado un año para crear un procedimiento que permita a las infancias y adolescencias trans modificar su acta de nacimiento con identidad de género autopercibida en el estado de Puebla.

Dicho procedimiento deberá ser ágil, expedito, gratuito, sencillo y eficaz. A las niñas, niños y adolescentes se les deberá permitir registrar o cambiar, rectificar o adecuar su nombre y demás componentes de su identidad, mediante la emisión de un acta nueva, sin verse obligados a detentar otra identidad que no representa su individualidad.

No se les podrá exigir requisitos basados en prejuicios o estereotipos, como la acreditación de procedimientos quirúrgicos u hormonales, certificaciones médicas, psicológicas o de cualquier otro tipo que resulte estigmatizante o irrazonable.

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