/ lunes 11 de noviembre de 2019

Permanecen  275 indígenas en cárceles de Puebla

2017, el año con más encarcelamientos de personas integrantes de este sector poblacional

En los centros penitenciarios estatales de Puebla, Tepexi de Rodríguez y Ciudad Serdán hay 275 hombres y mujeres indígenas que están privadas de su libertad en los últimos 25 años, de acuerdo con la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) estatal, sin embargo, no cuentan con un traductor y si lo requieren son apoyados por los reos o servidores públicos.

En respuesta a una solicitud de información, la Unidad de Transparencia de la SSP, indicó que desde el año 1994 hasta junio de 2019, 268 hombres y siete mujeres están recluidos en los centros penitenciarios del estado. El año que más encarcelamientos de indígenas registró fue el 2017 con 40 personas, seguido del 2002 con 34 y 2004 con 25 personas.

Los años que hubo menos de diez ingresos de hombres y mujeres indígenas son 1994, 1995, 1996, 1998, 1999, 2000, 2001, 2007, 2009, 2012, 2014, 2015, 2016 y 2019.

La dependencia estatal aseguró que existe un programa enfocado a la población autóctona en prisión denominado “Atención a Etnias”, que se integra por diversas actividades: pláticas, talleres y periódico mural, que fortalecen el desarrollo de las personas indígenas y la preservación de su cultura tendente a su bienestar social, durante su estancia institucional y futura reinserción social, por ejemplo “Reflexiones de vida, amor y amistad”.

Sin embargo, no cuentan con un traductor, ya que según la SSP las personas privadas de su libertad además de hablar su lengua entienden el español y en caso de necesitarlo reciben el apoyo de otros reclusos o incluso de servidores públicos que conocen el dialecto.

La Secretaría de Seguridad Pública aseguró que estas personas cuentan con las atenciones y servicios básicos para llevar una vida digna y segura, que incluye a quienes están en situación de vulnerabilidad, reciben un trato digno sin diferencias fundadas en prejuicios, como lo establece el artículo 9 de la Ley Nacional de Ejecución Penal.

Es importante mencionar que el 9 de septiembre el Congreso de Puebla aprobó por mayoría el dictamen de decreto para reformar el artículo 122 del Código Penal del Estado, con el objetivo de conceder indulto a presos políticos, adultos mayores y mujeres que abortaron.

En el caso de los presos políticos, incluye a los indígenas que les fueron violados sus derechos humanos al ingresar, cuyos expedientes serán analizados con base a los usos y costumbres de la población de donde provengan, según lo aprobado por el legislativo.

El decreto aún no se publica en el Periódico Oficial del Estado y antes de la reforma el artículo 122 señala que el Ejecutivo, en este caso Luis Miguel Barbosa, podrá discrecionalmente conceder indulto a los reos que sean merecedores de él por razones humanitarias o sociales o que el delito por el que se le condenó no sea grave, entre otros.

En los centros penitenciarios estatales de Puebla, Tepexi de Rodríguez y Ciudad Serdán hay 275 hombres y mujeres indígenas que están privadas de su libertad en los últimos 25 años, de acuerdo con la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) estatal, sin embargo, no cuentan con un traductor y si lo requieren son apoyados por los reos o servidores públicos.

En respuesta a una solicitud de información, la Unidad de Transparencia de la SSP, indicó que desde el año 1994 hasta junio de 2019, 268 hombres y siete mujeres están recluidos en los centros penitenciarios del estado. El año que más encarcelamientos de indígenas registró fue el 2017 con 40 personas, seguido del 2002 con 34 y 2004 con 25 personas.

Los años que hubo menos de diez ingresos de hombres y mujeres indígenas son 1994, 1995, 1996, 1998, 1999, 2000, 2001, 2007, 2009, 2012, 2014, 2015, 2016 y 2019.

La dependencia estatal aseguró que existe un programa enfocado a la población autóctona en prisión denominado “Atención a Etnias”, que se integra por diversas actividades: pláticas, talleres y periódico mural, que fortalecen el desarrollo de las personas indígenas y la preservación de su cultura tendente a su bienestar social, durante su estancia institucional y futura reinserción social, por ejemplo “Reflexiones de vida, amor y amistad”.

Sin embargo, no cuentan con un traductor, ya que según la SSP las personas privadas de su libertad además de hablar su lengua entienden el español y en caso de necesitarlo reciben el apoyo de otros reclusos o incluso de servidores públicos que conocen el dialecto.

La Secretaría de Seguridad Pública aseguró que estas personas cuentan con las atenciones y servicios básicos para llevar una vida digna y segura, que incluye a quienes están en situación de vulnerabilidad, reciben un trato digno sin diferencias fundadas en prejuicios, como lo establece el artículo 9 de la Ley Nacional de Ejecución Penal.

Es importante mencionar que el 9 de septiembre el Congreso de Puebla aprobó por mayoría el dictamen de decreto para reformar el artículo 122 del Código Penal del Estado, con el objetivo de conceder indulto a presos políticos, adultos mayores y mujeres que abortaron.

En el caso de los presos políticos, incluye a los indígenas que les fueron violados sus derechos humanos al ingresar, cuyos expedientes serán analizados con base a los usos y costumbres de la población de donde provengan, según lo aprobado por el legislativo.

El decreto aún no se publica en el Periódico Oficial del Estado y antes de la reforma el artículo 122 señala que el Ejecutivo, en este caso Luis Miguel Barbosa, podrá discrecionalmente conceder indulto a los reos que sean merecedores de él por razones humanitarias o sociales o que el delito por el que se le condenó no sea grave, entre otros.

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