El presidente municipal suplente de Tehuacán, Andrés Artemio Caballero López, recurrió nuevamente ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), esta vez para solicitar el amparo y protección de la justicia federal, ante la desaparición del Ayuntamiento que aprobó el Congreso del Estado.
Sin embargo, el Alto Tribunal requirió al alcalde que en un plazo de cinco días hábiles aclare qué medio de control constitucional promueve, ya que por un lado solicitó el amparo y protección de la justicia federal y por otro manifestó la intención de que el asunto se tramite como controversia constitucional.
“Con el escrito y los anexos, fórmese y regístrese el expediente físico y electrónico relativo al cuaderno Varios que corresponda, por medio de los cuales quien se ostenta como Presidente Municipal Suplente del Ayuntamiento de Tehuacán, Puebla”, señala la notificación del 16 de octubre.
Y es que el 21 de septiembre, con 26 votos a favor el Congreso del Estado aprobó la desaparición del Ayuntamiento de Tehuacán y el nombramiento de un Concejo Municipal que estará en lo que resta del gobierno; sin embargo la medida no se ejecutará hasta que la Suprema Corte resuelva el fondo de la controversia constitucional presentada por Andrés Caballero.
CONGRESO RECLAMA SUSPENSIÓN
Luego de la suspensión provisional otorgada por la Corte al municipio de Tehuacán, el 30 de septiembre el Congreso interpuso dos recursos de reclamación contra la medida que impidió ejecutar la desaparición del Cabildo.
Los asuntos quedaron registrados con los expedientes 97/2020 y 99/2020, derivado de la controversia constitucional 118/2020 interpuesta por el edil.
El 13 de octubre, el Poder Legislativo promovió dos nuevos recursos de reclamación 103/2020 y 104/2020 derivado del incidente de suspensión de la controversia constitucional 120/2020 interpuesta también por Caballero López.
Ahora reclama la resolución del 23 de septiembre por la cual la Suprema Corte concedió al municipio de Tehuacán otra suspensión en relación con la ejecución de las determinaciones a las que se pudiera arribar en el procedimiento de desaparición, hasta en tanto se resolviera el fondo de la controversia.
En ambos casos, el máximo tribunal constitucional en el país notificó al gobierno municipal y a la Fiscalía General de la República del recurso interpuesto por el Congreso del Estado y del auto impugnado, para que dentro del plazo de cinco días hábiles manifiesten lo que a su derecho convenga.