/ domingo 3 de mayo de 2020

Proponen hasta 25 años de cárcel por asaltar estudiantes en Puebla

La Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estado analiza la iniciativa

En el estado de Puebla los delitos de asalto y atraco cometidos contra la comunidad estudiantil podrían castigarse hasta con 25 años de prisión y multa de 100 a mil días de salario, de acuerdo con una iniciativa de reforma al artículo 297 del Código Penal del Estado.

La ley actual establece que si estos delitos se realizan de noche o si el asaltante o atracador estuviere armado, o si se cometieren por varias personas conjuntamente, la prisión será de 12 a 25 años y multa de 100 a mil días de salario, independientemente de las penas que correspondan por cualquier otro hecho delictuoso que resulte cometido al mismo tiempo o con motivo de ellos.

La reforma que propone la diputada local de Morena, Paola Ruiz García, es para incluir en el artículo 297 que la pena aplique en caso de que los ilícitos se realicen a la comunidad estudiantil.

La iniciativa se encuentra en análisis de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estado y en caso de aprobarse quedaría de la siguiente manera:

“Artículo 297: Si los delitos a que se refieren los artículos 294 y 295, se realice a la comunidad estudiantil de noche o si el asaltante o atracador estuviere armado, o si aquellos delitos se cometieren por varias personas conjuntamente, la prisión será de doce a veinticinco años y multa de cien a mil días de salario, independientemente de las penas que correspondan por cualquier otro hecho delictuoso que resulte cometido al mismo tiempo o con motivo de ellos”.

PROPONEN REFORZAR SEGURIDAD ESCOLAR

Por otra parte, diputados de Movimiento Ciudadano, PRD y Compromiso por Puebla propusieron que la seguridad escolar sea la condición referida al resguardo de la integridad física y psicosocial de la comunidad escolar, al interior de la escuela y alrededor de la misma, derivada del conjunto de acciones preventivas y de atención, coordinadas por la autoridad competente en la materia.

Se busca reformar la Ley de Seguridad Integral Escolar para el Estado que ya establece un Consejo de Participación Social, integrado por padres de familia y representantes de sus asociaciones, maestros y representantes de su organización sindical, directivos de la escuela, exalumnos, así como otros miembros de la comunidad interesados en el desarrollo de la institución.

También un Consejo Estatal de Seguridad Escolar, Consejo Municipal de Seguridad Escolar y una Secretaría de Educación del Estado de Puebla, que se encarguen de la seguridad escolar.

PLANTEAN REFORMAR LEY DE LOS DERECHOS DE NIÑOS

Por separado, la diputada María del Carmen Saavedra Fernández planteó reformar el quinto párrafo del artículo 2 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, en cuanto a medidas, actuaciones y procedimientos, por lo que quedaría de la siguiente manera:

“El interés superior de la niñez deberá ser considerado de manera primordial en la toma de decisiones, medidas, actuaciones y procedimientos sobre una cuestión debatida que involucre niñas, niños y adolescentes. Cuando se presenten diferentes interpretaciones, se atenderá a lo establecido en la Constitución y en los tratados internacionales de la materia de los que México forma parte, eligiendo la opción que satisfaga de manera más efectiva este principio rector”.

En el estado de Puebla los delitos de asalto y atraco cometidos contra la comunidad estudiantil podrían castigarse hasta con 25 años de prisión y multa de 100 a mil días de salario, de acuerdo con una iniciativa de reforma al artículo 297 del Código Penal del Estado.

La ley actual establece que si estos delitos se realizan de noche o si el asaltante o atracador estuviere armado, o si se cometieren por varias personas conjuntamente, la prisión será de 12 a 25 años y multa de 100 a mil días de salario, independientemente de las penas que correspondan por cualquier otro hecho delictuoso que resulte cometido al mismo tiempo o con motivo de ellos.

La reforma que propone la diputada local de Morena, Paola Ruiz García, es para incluir en el artículo 297 que la pena aplique en caso de que los ilícitos se realicen a la comunidad estudiantil.

La iniciativa se encuentra en análisis de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estado y en caso de aprobarse quedaría de la siguiente manera:

“Artículo 297: Si los delitos a que se refieren los artículos 294 y 295, se realice a la comunidad estudiantil de noche o si el asaltante o atracador estuviere armado, o si aquellos delitos se cometieren por varias personas conjuntamente, la prisión será de doce a veinticinco años y multa de cien a mil días de salario, independientemente de las penas que correspondan por cualquier otro hecho delictuoso que resulte cometido al mismo tiempo o con motivo de ellos”.

PROPONEN REFORZAR SEGURIDAD ESCOLAR

Por otra parte, diputados de Movimiento Ciudadano, PRD y Compromiso por Puebla propusieron que la seguridad escolar sea la condición referida al resguardo de la integridad física y psicosocial de la comunidad escolar, al interior de la escuela y alrededor de la misma, derivada del conjunto de acciones preventivas y de atención, coordinadas por la autoridad competente en la materia.

Se busca reformar la Ley de Seguridad Integral Escolar para el Estado que ya establece un Consejo de Participación Social, integrado por padres de familia y representantes de sus asociaciones, maestros y representantes de su organización sindical, directivos de la escuela, exalumnos, así como otros miembros de la comunidad interesados en el desarrollo de la institución.

También un Consejo Estatal de Seguridad Escolar, Consejo Municipal de Seguridad Escolar y una Secretaría de Educación del Estado de Puebla, que se encarguen de la seguridad escolar.

PLANTEAN REFORMAR LEY DE LOS DERECHOS DE NIÑOS

Por separado, la diputada María del Carmen Saavedra Fernández planteó reformar el quinto párrafo del artículo 2 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, en cuanto a medidas, actuaciones y procedimientos, por lo que quedaría de la siguiente manera:

“El interés superior de la niñez deberá ser considerado de manera primordial en la toma de decisiones, medidas, actuaciones y procedimientos sobre una cuestión debatida que involucre niñas, niños y adolescentes. Cuando se presenten diferentes interpretaciones, se atenderá a lo establecido en la Constitución y en los tratados internacionales de la materia de los que México forma parte, eligiendo la opción que satisfaga de manera más efectiva este principio rector”.

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