El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) resolverá 22 impugnaciones en contra del reglamento de reelección del Instituto Electoral del Estado (IEE), que establece que presidentes municipales, regidores y diputados locales que busquen reelegirse deberán solicitar licencia al cargo 120 días antes de la elección.
Esto luego que la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) reencauzó al TEEP los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovidos por los interesados en la elección consecutiva, ya que deben separarse del cargo el 6 de febrero.
Del total de impugnaciones, 14 fueron interpuestas por presidentes municipales y se trata de: Judith Fernández Gutiérrez, de Aquixtla, quien interpuso dos juicios; María de Lourdes Carrera Carrera, de Cañada Morelos; Filadelfo Vergara Tapia, de Petlalcingo; Cecilia Hernández Orduña, de Ahuatlán; Pablo Galindo Hernández, de Chichiquila; Juan Luna Luna, de Atexcal; José Ángel González Carpinteyro, de Huehuetlán el Grande, así como Arturo Cruz García, de Chinantla.
También Aubdón Calderón Jiménez, de Tenampulco; Eusebio de Gante Rodríguez, de Hueytamalco; Carlos Herrera González, de Atempan; Josué Osvaldo Guzmán Sánchez, de Tlacuilotepec, y Vidal Roa Benítez, alcalde de Tlahuapan.
Además, seis regidores manifestaron su inconformidad con el reglamento de reelección: Miguel Ángel Ordóñez Ramírez, del ayuntamiento de Atlixco; María Isabel Cortés Santiago, de Puebla capital; María Cristina López Márquez, de Cuetzalan; Beatriz Pérez Fragozo, de San Pedro Cholula; Amada Borbolla Antonio, de San Antonio Cañada, y Sergio Quiroz Corona, de San Andrés Cholula.
El síndico del ayuntamiento de Puebla, Gonzalo Castillo Pérez también promovió un juicio ciudadano, al igual que el diputado local del PAN, Oswaldo Jiménez López.
Todos impugnan la obligación de renunciar al cargo 120 días antes de la jornada electoral del 6 de junio de 2021 si quieren la reelección. El reglamento además señala que los diputados locales podrán ser electos hasta por cuatro periodos y los integrantes de los ayuntamientos podrán reelegirse por un periodo adicional.