/ martes 16 de agosto de 2022

¡Es oficial! Violencia Vicaria se sancionará en Puebla tras publicación en el POE

La Violencia Vicaria fue anexada al Código Penal del Estado como una agravante a la violencia familia

Las reformas aprobadas a diversas leyes para castigar hasta con 10 años y ocho meses de cárcel a los hombres que busquen dañar a las mujeres mediante sus hijos fueron publicadas en el Periódico Oficial del Estado (POE), por lo que oficialmente la Violencia Vicaria ya está penada en Puebla.

Dos semanas después de que los diputados del Poder Legislativo avalaron tipificar como delito esta modalidad de agresión, la minuta de decreto fue publicada el 3 de agosto en el diario, lo que significa que ya entró en vigor y el estado se convirtió en la quinta entidad en sancionar la violencia vicaria.

La anterior se define como aquellos actos intencionales que tienen el objetivo de dañar a la víctima mediante sus hijos.

“Es todo acto u omisión intencional, con el objeto de causar daño a la víctima a través del perjuicio, maltrato, descuido y/o manipulación de las hijas y los hijos; así como el daño o menoscabo del vínculo filial con la víctima”, señala el artículo.

En las reformas que reconocen la violencia vicaria también se incluye a las mujeres con hijos adoptivos, así como a quienes tienen a una persona bajo su responsabilidad, hijastros, dependientes económicos y demás formas de construcción familiar.

¿Cuáles son las sanciones?

La Violencia Vicaria fue anexada al Código Penal del Estado como una agravante a la violencia familiar, la cual establece que se impondrán de dos a ocho años de prisión.

Esto quiere decir que aquellos varones que violenten a las personas del sexo femenino mediante sus hijos podrían ser acreedores de dos años y medio de cárcel a 10 años con ocho meses de cárcel.

En lo que respecta a las multas económicas van de los seis mil 350 pesos hasta los 25 mil 594 pesos.

Reformas Sobre Violencia Vicaria by El Sol de Puebla on Scribd

Las reformas aprobadas a diversas leyes para castigar hasta con 10 años y ocho meses de cárcel a los hombres que busquen dañar a las mujeres mediante sus hijos fueron publicadas en el Periódico Oficial del Estado (POE), por lo que oficialmente la Violencia Vicaria ya está penada en Puebla.

Dos semanas después de que los diputados del Poder Legislativo avalaron tipificar como delito esta modalidad de agresión, la minuta de decreto fue publicada el 3 de agosto en el diario, lo que significa que ya entró en vigor y el estado se convirtió en la quinta entidad en sancionar la violencia vicaria.

La anterior se define como aquellos actos intencionales que tienen el objetivo de dañar a la víctima mediante sus hijos.

“Es todo acto u omisión intencional, con el objeto de causar daño a la víctima a través del perjuicio, maltrato, descuido y/o manipulación de las hijas y los hijos; así como el daño o menoscabo del vínculo filial con la víctima”, señala el artículo.

En las reformas que reconocen la violencia vicaria también se incluye a las mujeres con hijos adoptivos, así como a quienes tienen a una persona bajo su responsabilidad, hijastros, dependientes económicos y demás formas de construcción familiar.

¿Cuáles son las sanciones?

La Violencia Vicaria fue anexada al Código Penal del Estado como una agravante a la violencia familiar, la cual establece que se impondrán de dos a ocho años de prisión.

Esto quiere decir que aquellos varones que violenten a las personas del sexo femenino mediante sus hijos podrían ser acreedores de dos años y medio de cárcel a 10 años con ocho meses de cárcel.

En lo que respecta a las multas económicas van de los seis mil 350 pesos hasta los 25 mil 594 pesos.

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