/ sábado 3 de diciembre de 2022

Aguinaldo y otras prestaciones obligatorias que debes recibir este fin de año

El aguinaldo no es el único beneficio que pueden recibir los trabajadores luego de un año de arduo trabajo

Con la llegada del último mes del año los trabajadores esperan la llegada del aguinaldo, pues este representa un desahogo económico, pues suele ser destinado tanto para los festejos de diciembre como para el pago de algunas deudas, pero esta no es la única prestación que un empleado tiene derecho a recibir luego de 12 meses de trabajo, sino que existen otras más.

Y es que si bien en lo que respecta al pago del aguinaldo, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, las empresas deben hacer entrega de este recurso antes del 20 de diciembre, siendo esta misma normativa la que establece otras prestaciones que deben ser entregadas a los trabajadores durante la temporada navideña, mismas de las que aquí te contaremos más al respecto.

¿Cuáles son las prestaciones que se entregan en la temporada decembrina?

La primera de estas prestaciones se debe entregar entre diciembre y los primeros días de enero, pues cuando se presentan días festivos, los cuales son considerados como “inhábiles”, por lo que implican un descanso obligatorio con goce de sueldo, mientras que si la empresas requiere de los servicios de algún empleado este deberá recibir el triple de su sueldo.

Aunado a este beneficio, debido a que en este 2022 algunos de los días feriados de diciembre y enero caerán en día domingo esto trae otra prestación más que corresponde a la llamada prima dominical, la cual corresponde a recibir el 25 por ciento extra sobre el salario de un día ordinario trabajado, esto de manera independiente al extra por trabajar durante un día feriado.

Otra de las prestaciones, en caso de que se cuente con días disponibles, son las vacaciones, pues hay quienes deciden guardar este periodo de tiempo para utilizarlo en estas fechas, cuya cantidad de días por ley debe ser mínimo de seis días en el primer año, tras lo que incrementará un día por año, teniendo que entregar además la compañía una prima vacacional, la cual es mayor al 25 por ciento del salario.

¿Qué debo hacer en caso de no recibir una prestación laboral?

La dependencia encargada de atender todas las denuncias de índole laboral es la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), la cual brinda orientación legal y acompañamiento en cuanto a leyes laborales se refiere, buscando en una primera instancia la mediación y en caso de que esta no surta efecto proceder a un procedimiento legal.

Para la presentación de una queja ante la Profedet, la dependencia cuenta con diversos medios de contacto a disposición de los trabajadores, el primero de ellos es el número telefónico 3000 2700 con las extensiones 65338, 65388 y 65394 funcionando en un horario de lunes a viernes de 9 de la mañana a 6 de la tarde, así como el correo electrónico inspeccionfederal@stps.gob.mx.

Finalmente, cabe puntualizar que para presentar la denuncia correspondiente es necesario especificar el nombre de la empresa o razón social, la actividad que el demandante realiza, el domicilio de la misma, el nombre del representante legal, el RFC de la empresa, así como una descripción de los motivos por los que es presentada la querella.

Con la llegada del último mes del año los trabajadores esperan la llegada del aguinaldo, pues este representa un desahogo económico, pues suele ser destinado tanto para los festejos de diciembre como para el pago de algunas deudas, pero esta no es la única prestación que un empleado tiene derecho a recibir luego de 12 meses de trabajo, sino que existen otras más.

Y es que si bien en lo que respecta al pago del aguinaldo, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, las empresas deben hacer entrega de este recurso antes del 20 de diciembre, siendo esta misma normativa la que establece otras prestaciones que deben ser entregadas a los trabajadores durante la temporada navideña, mismas de las que aquí te contaremos más al respecto.

¿Cuáles son las prestaciones que se entregan en la temporada decembrina?

La primera de estas prestaciones se debe entregar entre diciembre y los primeros días de enero, pues cuando se presentan días festivos, los cuales son considerados como “inhábiles”, por lo que implican un descanso obligatorio con goce de sueldo, mientras que si la empresas requiere de los servicios de algún empleado este deberá recibir el triple de su sueldo.

Aunado a este beneficio, debido a que en este 2022 algunos de los días feriados de diciembre y enero caerán en día domingo esto trae otra prestación más que corresponde a la llamada prima dominical, la cual corresponde a recibir el 25 por ciento extra sobre el salario de un día ordinario trabajado, esto de manera independiente al extra por trabajar durante un día feriado.

Otra de las prestaciones, en caso de que se cuente con días disponibles, son las vacaciones, pues hay quienes deciden guardar este periodo de tiempo para utilizarlo en estas fechas, cuya cantidad de días por ley debe ser mínimo de seis días en el primer año, tras lo que incrementará un día por año, teniendo que entregar además la compañía una prima vacacional, la cual es mayor al 25 por ciento del salario.

¿Qué debo hacer en caso de no recibir una prestación laboral?

La dependencia encargada de atender todas las denuncias de índole laboral es la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), la cual brinda orientación legal y acompañamiento en cuanto a leyes laborales se refiere, buscando en una primera instancia la mediación y en caso de que esta no surta efecto proceder a un procedimiento legal.

Para la presentación de una queja ante la Profedet, la dependencia cuenta con diversos medios de contacto a disposición de los trabajadores, el primero de ellos es el número telefónico 3000 2700 con las extensiones 65338, 65388 y 65394 funcionando en un horario de lunes a viernes de 9 de la mañana a 6 de la tarde, así como el correo electrónico inspeccionfederal@stps.gob.mx.

Finalmente, cabe puntualizar que para presentar la denuncia correspondiente es necesario especificar el nombre de la empresa o razón social, la actividad que el demandante realiza, el domicilio de la misma, el nombre del representante legal, el RFC de la empresa, así como una descripción de los motivos por los que es presentada la querella.

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