A partir del próximo 30 de septiembre, será obligatorio que las personas que transportan mercancías emitan facturas electrónicas con el complemento Carta Porte, a fin de amparar el traslado de los bienes.
¿QUÉ DEBE INCLUIR LA CARTA PORTE?
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que la información que contiene el documento es toda la relacionada a los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, así como lo referente al medio por el que se transportan; ya sea por vía terrestre, aérea, marítima o ferroviaria.
BENEFICIOS DE LA CARTA PORTE PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCÍA
Los beneficios de dicha iniciativa serán el identificar a detalle las mercancías para tener la certeza de qué se transporta y las rutas que sigue, así como conocer el origen y su destino.
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También permitirá brindar información para establecer estrategias que garanticen la seguridad de tránsito en las distintas rutas; contar con elementos que permitan verificar las operaciones realizadas por las personas que participan en el traslado de mercancías.
De igual forma, proporcionará elementos a las dependencias públicas responsables de la vigilancia y control de las vías de paso para verificar las mercancías y acreditar su legal tenencia durante su traslado; y lo más importante es que se busca fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.
¿CÓMO EMITIR CFDI DE TIPO INGRESO CON CARTA PORTE?
Si se dedican a la prestación de servicios de traslado de bienes o mercancías, deben estar dados de alta en el RFC y contar con el permiso correspondiente, otorgado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) o Secretaría de Marina, según sea el caso.
Deben solicitar al cliente que les proporcione la información relacionada al traslado de los bienes o mercancías.
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A la hora de realizar la captura en el CFDI, de los servicios de transportación que se prestarán y en el complemento Carta Porte, informe los bienes o mercancías a transportar, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores, así como los datos del autotransporte.
Realice el traslado de bienes o mercancías, con el complemento Carta Porte para acreditar la legal tenencia mediante su representación impresa o el archivo digital correspondiente.
Para mayor información sobre la Carta Porte para el transporte de mercancías, el SAT pone a su disposición el teléfono de atención a clientes 55 627 22 728, o su sitio de internet oficial www.sat.gob.mx.
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