Los integrantes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales y la titular de la Secretaría de Planeación y Finanzas, Josefina Morales Guerrero, sostendrán una reunión el viernes 7 de julio como parte de los trabajos para analizar la Ley de Responsabilidad Patrimonial que envió el gobernador Sergio Salomón Céspedes Peregrina donde plantea la indemnización a los ciudadanos por los daños generados a causa del gobierno y los ayuntamientos.
La presidenta del órgano legislativo, Mónica Silva Ruiz, señaló que el documento remitido al parlamento poblano contiene los lineamientos mediante los cuales se estipulan las fórmulas para reparar el daño ocasionado a la sociedad. Sin embargo, es necesario tener un encuentro con la integrante del gabinete estatal con el fin de abordar la ley.
La reunión será a las 11 de la mañana del próximo viernes 7 de julio, de acuerdo con lo declarado por la presidenta de la Comisión de Gobernación del parlamento.
“Contempla las bases para definir las características del daño resarcible, y aquellas que permitan regular la cuantificación del daño, el procedimiento de reclamación para exigir las indemnizaciones resarcitorias provenientes de la responsabilidad patrimonial del Estado, y los medios de impugnación”, dice la ley.
La propuesta de ley del mandatario estatal está conformada por 52 artículos, seis de ellos transitorios. En ella se estipuló que la indemnización podrá pagarse con moneda nacional o en especie. La cuantificación será calculada conforme a la fecha en la que se produjo el daño.
En los casos de retraso procederá la actualización de conformidad con lo previsto en las disposiciones legales. Para los casos personales la indemnización será conforme a lo dispuesto en relación a riesgos de trabajo en la Ley Federal del Trabajo.
Además, el reclamante tendrá derecho a que se le cubran los gastos médicos que en su caso se eroguen.
En lo que respecta a los casos con daño moral la retribución de una afectación será de acuerdo con los criterios establecidos en el Código Civil y no podrá exceder las 39 mil 907 Unidades de Medida y Actualización (UMAS) por cada afectado, es decir, los 4 millones 139 mil 952 pesos.
El documento también dejó por sentado que el reclamante deberá presentar en su oficio a la autoridad competente ante la que se promueve, la descripción de los hechos, el cálculo estimado del monto del daño causado y las pruebas documentales.
El quinto artículo transitorio estipuló que después de la entrada en vigor de la ley, la Secretaría de Planeación y Finanzas, así como los ayuntamientos deberán incluir en el proyecto de egresos como parámetro inicial, una previsión de recursos para cubrir los pagos que deriven de responsabilidad patrimonial.
Dicho monto deberá ser equivalente al .03 al millar del presupuesto de gasto programable, sin considerar los recursos destinados a servicios personales, participaciones y aportaciones.
Según la legisladora del PT, derivado de la omisión legislativa para atender el tema, desde el 2017 a la fecha el Congreso local ha recibido 10 amparos, por lo que se plantea atender a la brevedad el tema con el fin de intentar que la propuesta de ley sea expedida antes del 15 de julio, fecha en la que termina el periodo ordinario en curso.