Un total de 423 mujeres de alguno de los 217 municipios del estado de Puebla acudió del 2018 al 2021 a la Ciudad de México (CDMX) para realizarse en alguna unidad médica inscrita a la Secretaría de Salud una Interrupción Legal del Embarazo (ILE), así lo reveló una solicitud de información hecha a la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT).
En el 2007, la CDMX fue la primera demarcación a nivel nacional en aprobar la despenalización del aborto hasta las 12 semanas de gestación y actualmente hay 15 unidades médicas que brindan el servicio con procedimiento medicado y quirúrgico de manera gratuita, las cuales se encuentran distribuidas en hospitales y algunos centros de salud de 11 alcaldías.
De acuerdo con la respuesta a la solicitud 090163323000157 realizada por El Sol de Puebla a la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, del 2018 al 2021 la dependencia tiene un registro de que 423 mujeres con residencia en Puebla accedieron al procedimiento.
En el desglose se especificó que durante el 2018 fueron 129 mujeres las que acudieron a alguno de los ocho hospitales o siete unidades médicas a abortar, un año después, es decir, en el 2019, el total fue de 151, por lo que fue la cifra más alta del periodo mencionado.
Para el 2020, año en el que se registró el primer caso de coronavirus en México y Puebla que obligó, de manera inicial al confinamiento por la falta de vacunas para atender el virus de Wuhan, China, la cifra disminuyó a 69, menos de la mitad del número de mujeres que acudieron en el 2019.
En el 2021, año en el que se realizaron las primeras jornadas de vacunación para atender el COVID- 19 en la entidad, el registro de mujeres que abortaron en alguna clínica de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México fue de 74.
Hasta la publicación de esta nota, la ILE es legal hasta las 12 semanas de gestación en la Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Baja California, Colima, Guerrero, Baja California Sur, Coahuila y Quintana Roo, mientras que en Sinaloa lo es hasta la semana 13.
En lo que respecta a Puebla, la interrupción del embarazo únicamente está permitida cuando es producto de una violación o la mujer embarazada corra peligro de muerte. El artículo 342 del Código Penal del Estado especifica que, aquellas madres que “voluntariamente procuren su aborto o consienta que otro la haga abortar” se le impondrá una pena de seis meses a un año de prisión.
La normativa vigente también estipula que, si el aborto es ocasionado por un médico, cirujano o partera, además de las sanciones que le correspondan conforme al artículo anterior, se le suspenderá de dos a cinco años en el ejercicio de su oficio o profesión.
En la pasada manifestación del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, una de las exigencias de las colectivas, feministas y algunas mujeres de la sociedad civil fue para exigir al Congreso de Puebla con mayoría de espacios para Morena despenalizar el aborto, un tema que se encuentra en la congeladora porque no ha sido analizado en comisiones.