/ jueves 12 de noviembre de 2020

Discutirá SCJN legalidad de la reforma que prohibió la propaganda electoral

Dicho decreto fue publicado en el Periódico Oficial del Estado el 24 de julio de este año

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá la próxima semana la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Movimiento Ciudadano en contra de la reforma que prohibió la colocación de propaganda electoral en el transporte público, libros, portadas de revistas, anuncios de entrevistas o de diarios.

El recurso legal 262/2020 promovido por el partido naranja fue enlistado por primera vez el pasado 9 de noviembre, en el cual demandó la invalidez del decreto por el que se reforma la fracción IV y se adiciona la fracción IV Bis del artículo 232 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla.

Dicho decreto fue publicado en el Periódico Oficial del Estado el 24 de julio de este año, dos días después de que el Congreso del Estado aprobó las modificaciones.

El asunto está a cargo del ministro Luis María Aguilar Morales y es posible que se discuta entre lunes, martes y jueves, los días que el Pleno de la Corte sesionará.

La reforma que el partido nacional Movimiento Ciudadano impugnó es la que prohíbe la colocación de propaganda electoral en espectaculares, elementos del equipamiento urbano, mamparas, bastidores, equipamiento carretero o ferroviario, pantallas electrónicas, taxis, autobuses, microbuses, camionetas de pasajeros y todo vehículo del Servicio Público de Transporte de Pasajeros, servicio mercantil, auxiliares y servicio ejecutivo, en terminales, sitios, bases u oficinas.

El 10 de noviembre, el Pleno de la Suprema Corte declaró la validez de la reforma que eliminó la figura de primera minoría, así como la que regula los bloques de competitividad electoral, aprobadas en julio por el Congreso del Estado.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá la próxima semana la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Movimiento Ciudadano en contra de la reforma que prohibió la colocación de propaganda electoral en el transporte público, libros, portadas de revistas, anuncios de entrevistas o de diarios.

El recurso legal 262/2020 promovido por el partido naranja fue enlistado por primera vez el pasado 9 de noviembre, en el cual demandó la invalidez del decreto por el que se reforma la fracción IV y se adiciona la fracción IV Bis del artículo 232 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla.

Dicho decreto fue publicado en el Periódico Oficial del Estado el 24 de julio de este año, dos días después de que el Congreso del Estado aprobó las modificaciones.

El asunto está a cargo del ministro Luis María Aguilar Morales y es posible que se discuta entre lunes, martes y jueves, los días que el Pleno de la Corte sesionará.

La reforma que el partido nacional Movimiento Ciudadano impugnó es la que prohíbe la colocación de propaganda electoral en espectaculares, elementos del equipamiento urbano, mamparas, bastidores, equipamiento carretero o ferroviario, pantallas electrónicas, taxis, autobuses, microbuses, camionetas de pasajeros y todo vehículo del Servicio Público de Transporte de Pasajeros, servicio mercantil, auxiliares y servicio ejecutivo, en terminales, sitios, bases u oficinas.

El 10 de noviembre, el Pleno de la Suprema Corte declaró la validez de la reforma que eliminó la figura de primera minoría, así como la que regula los bloques de competitividad electoral, aprobadas en julio por el Congreso del Estado.

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