En mayo habrá cuatro suspensiones oficiales de clases, te decimos cuándo

Este martes un millón 651 mil alumnos regresaron a clases después del primer puente de mayo

Maricarmen Hernández | El Sol de Puebla

  · martes 2 de mayo de 2023

La última suspensión será el 26 de mayo con motivo del Consejo Técnico Escolar. Foto: Archivo | El Sol de Puebla

Este martes, un millón 651 mil alumnos regresaron a clases luego de la suspensión de actividades que se llevó a cabo por motivo del Día Internacional del Trabajador, hecho que se conmemora cada 1º de Mayo.

De acuerdo al calendario oficial de la Secretaría de Educación Pública (SEP), durante este mes habrá cuatro suspensiones escolares derivadas de los días feriados para los alumnos y docentes.

El primero de ellos fue justamente el reciente descanso por el Día del Trabajo, mientras que la segunda suspensión se tiene programado para el próximo 5 de Mayo con el objetivo de recordar la gesta heroica que encabezó el general Ignacio Zaragoza al defender la ciudad del ejército francés.

El tercer descanso que se tiene previsto es para el próximo 15 de mayo, fecha en el que se festeja el Día del Maestro y que además se reconoce la labor de los docentes al frente de los miles de alumnos de todos los niveles escolares.

La cuarta fecha de suspensión de clases se tiene programada para el 26 de mayo, esto con motivo del Consejo Técnico Escolar que se realiza el último viernes de cada mes. En estas reuniones participan los profesores de las diversas materias, así como los asesores técnicos, con el fin de abordar los procesos de enseñanza y aprendizaje para analizar y tomar decisiones que beneficien el desarrollo educativo de los alumnos.

Cabe señalar que, a pesar de que el 10 de Mayo, fecha en la que se festeja a las mamás, no es un descanso considerado como oficial, en algunas escuelas e instituciones se autoriza el descanso de aquellas maestras que son mamás, o incluso se destina el día para efectuar algunas actividades para celebrarlas.

Es importante señalar que la Ley Federal del Trabajo señala que los trabajadores no están obligados a prestar servicios durante los días feriados oficiales (específicamente hablando del 1º y 5 de mayo), sin embargo, hay casos en los que el empleador solicita al trabajador cubrir la jornada laboral. De ser el caso, el patrón tendrá que pagar el doble de un día de trabajo regular a su empleado, según dicta el artículo 73 de dicha ley.